Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2014 (04/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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El Peruano MORDAZA 4 de MORDAZA de 2014

Reubican juzgado de trabajo transitorio y dictan disposiciones para el conocimiento de procesos judiciales a cargo de organos jurisdiccionales del distrito de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 141-2014-CE-PJ
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° 321-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 043-2014-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, respecto a la prorroga de organos jurisdiccionales transitorios liquidadores. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ del 30 de enero de 2008, y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CEPJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ de fecha 2 de marzo de 2012, y sus modificatorias, establece normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, a fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, preve que las posibles necesidades de incremento de organos jurisdiccionales deberan ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicacion y/o conversion de otros organos jurisdiccionales, permanentes o transitorios, o mediante la creacion de nuevos organos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo financiamiento. Cuarto. Que mediante Resolucion Administrativa N° 107-2014-CE-PJ, de fecha 26 de marzo del ano en curso, se dispuso la prorroga de funcionamiento del 4º Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, hasta el 30 de MORDAZA del presente ano. Quinto. Que mediante Informe N° 043-2014-GOCNDP-CE/PJ, emitido por el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, se ha realizado el analisis y evaluacion de los organos jurisdiccionales transitorios correspondientes a la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, cuya prorroga vence el 30 de MORDAZA de 2014, en el cual se ha llegado a las siguientes conclusiones: a) Se ve por conveniente que la labor liquidadora de la antigua Ley Procesal del Trabajo que realizan seis (6) organos jurisdiccionales (2 permanentes y 4 transitorios), ubicados en el Distrito de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, recaiga solamente en tres (3) organos jurisdiccionales transitorios debido a que la carga pendiente al mes de enero de 2014 ascendio a 2,221 expedientes, correspondiendole a cada dependencia judicial la cantidad de 740 expedientes en promedio. b) Respecto al requerimiento efectuado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, la Gerencia Operacional concuerda con la propuesta para que el 5º y 6º Juzgado de Trabajo

Permanentes, a partir del 1 de MORDAZA de 2014, conozcan los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para lo cual deberan iniciar sus gestiones con carga cero, distribuyendo su carga procesal de manera equitativa entre el 1º, 2º y 3º Juzgados de Trabajo Transitorios del Distrito de Chimbote. c) El 4º Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Chimbote ha presentado bajo nivel resolutivo a enero de 2014, por lo que resulta conveniente su reubicacion como Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por un periodo de seis (6) meses, en apoyo a la descarga procesal del 2º Juzgado Mixto Transitorio del mismo distrito, siendo su carga procesal pendiente redistribuida entre el 1º, 2º y 3º Juzgados de Trabajo Transitorios del Distrito de Chimbote. Sexto. Que la facultad de convertir y reubicar organos jurisdiccionales; asi como aprobar la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de su ambito de competencia territorial y funcional, es una atribucion conferida al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, conforme a lo dispuesto en el articulo 82°, inciso 25), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 2942014 de la decimo primera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reubicar a partir del 1 de MORDAZA y hasta el 31 de octubre del ano en curso, el 4º Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, como Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, Distrito Judicial de MORDAZA, (a partir del 5 de MORDAZA Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este). Articulo Segundo.- Disponer las siguientes acciones administrativas: · A partir del 1 de MORDAZA de 2014, el 5º y 6º Juzgados de Trabajo Permanentes del Distrito de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, conoceran los procesos judiciales bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo. · Redistribuir entre el 1º, 2º, y 3º Juzgado de Trabajo Transitorios del Distrito de Chimbote, la carga procesal pendiente del 5º y 6º Juzgados de Trabajo Permanentes; asi como del 4º Juzgado de Trabajo Transitorio del mismo distrito. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia MORDAZA y del Santa; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

1078846-5

ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario Uruguay, en comision de servicios
RESOLUCION DE DIRECTORIO N° 035-2014-BCRP
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014

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