Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2014 (02/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD "OMAPED" DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO
Articulo Primero.- FORMALIZAR la Creacion de la Oficina Municipal de Atencion a las Personas con Discapacidad en la Municipalidad Distrital de Carabayllo - OMAPED cuyo objetivo es establecer un vinculo entre la Municipalidad y los vecinos que sufren de algun grado de discapacidad e integrarlos para tomar acciones de prevencion, rehabilitacion y proteccion, mejorando su calidad de MORDAZA, favoreciendo al desarrollo del distrito con el fortalecimiento social de la gestion municipal. Articulo Segundo.- MODIFICAR el articulo 132º de la Ordenanza 222-2011-A/MDC, referente a las funciones; en ese sentido constituyen funciones de la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad: a) Promover y proponer que, en la formulacion, el planeamiento y la ejecucion de las politicas y los programas locales, se tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de la persona con discapacidad. b) Coordinar, supervisar y evaluar las politicas y programas locales sobre cuestiones relativas a la discapacidad. c) Participar de la formulacion y aprobacion del presupuesto local para asegurar que se destinen los recursos necesarios para la implementacion de politicas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. d) Coordinar y supervisar la ejecucion de los planes y programas nacionales en materia de discapacidad. e) Promover y organizar los procesos de consulta de caracter local. f) Promover y ejecutar campanas para la toma de conciencia respecto de la persona con discapacidad, el respeto de sus derechos y de su dignidad, y la responsabilidad del Estado y la sociedad para con ella. g) Difundir informacion sobre cuestiones relacionadas a la discapacidad, incluida informacion actualizada acerca de los programas y servicios disponibles para la persona con discapacidad y su familia. h) Administrar el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el ambito de su jurisdiccion, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad. i) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley en el ambito de su competencia y denunciar su incumplimiento ante el organo administrativo competente. Articulo Tercero.- ESTABLECER a la Oficina Municipal de Atencion de la Persona con Discapacidad en adelante OMAPED, como Programa dependiente de la Subgerencia de la Mujer, DEMUNA, OMAPED y Adulto Mayor, organo de linea de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano. Articulo Cuarto.- La OMAPED, coordinara con el Consejo Nacional de Integracion de las Personas con Discapacidad (CONADIS) el desarrollo de sus actividades. Articulo Quinto.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia disponga las medidas y complementarias necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Deroguese toda MORDAZA municipal que se oponga a la presente ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VISTO:

El Peruano Viernes 2 de MORDAZA de 2014

El Informe Nº 0111-2014-GAJ-MDSJM de fecha 11 de febrero del 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº1830-2013-SG-MDSJM de Secretaria General de fecha 19 de diciembre del 2013, el Informe Nº 136-2013-SGDCyGR-GM-MDSJM de la Sub Gerencia de Defensa Civil y Gestion del Riesgo sobre el Proyecto del Decreto de Alcaldia que Aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo para la Gestion de Desastres. CONSIDERANDO: Con Resolucion de Alcaldia Nº 983-2012-MDSJM-A de fecha 03 de diciembre del 2012 se resolvio Articulo 1."Conformar y constituir el grupo de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrtal de San MORDAZA de Miraflores, en cumplimiento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres, su Reglamento y la Directiva Nº 001-2012-PCM SINAGERD integrado de la siguiente manera: MORDAZA de la Municipalidad quien lo preside, el gerente municipal, el Gerente de Desarrollo MORDAZA, Gerente de Desarrollo Economico, Gerente de Planeamiento y de Presupuesto; Gerencia de Desarrollo E Inclusion Social, Gerente de Gestion Ambiental y el Sub Gerente de Defensa Civil y Gestion del Riesgo". Con Informe Nº 136-2013-SGDCyGR-GM-MDSJM de fecha 02 de diciembre del 2013, la Sub Gerencia de Defensa Civil y Gestion del Riesgo, informa al despacho de Alcaldia que con fecha 11 de setiembre del 2013 se llevo a cabo el evento programado por el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres CENEPRED, en el que se trato el tema de Desarrollo de Capacidades de los Gobiernos Locales para implementar la Gestion Prospectiva y Gestion Correctiva de la Gestion de Riesgo de Desastres en la Gestion Local, en la que se MORDAZA el Acta de Compromiso; por lo que requiere se apruebe el Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo para la Gestion de Desastres asi como el Plan de Actividades del Grupo de Trabajo en Gestion del Riesgo de Desastres de San MORDAZA de Miraflores. Con Memorandum Nº 1830-2013-SG-MDSJM de fecha 19 de diciembre del 2013, Secretaria General, solicita opinion legal en cuanto a la MORDAZA que apruebe el Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo para la Gestion de Desastres. Segun lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, senala que "las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Segun lo establecido en la Ley Nº 29664 Ley de Creacion del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) senala que: "Crease el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (Sinagerd) como sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, y preparacion y atencion ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres". Segun lo establecido en el numeral 6 del articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del MORDAZA "dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las Leyes y Ordenanzas." Segun lo establecido en el articulo 42 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal." Al respecto, cabe resaltar que con Resolucion de Alcaldia Nº 983-2012-MDSJM-A de fecha 03 de diciembre del 2012 se resolvio "Conformar y constituir el grupo de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres de la Municipalidad

1078415-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aprueban Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo para la Gestion de Desastres y plan de actividades
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2014-A-MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 18 de febrero del 2014