Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2014 (27/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014

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o Regionales y Rutas Vecinales o Rurales como Rutas Nacionales, con la finalidad de iniciar la inversion e intervencion del Programa de Conservacion de Niveles de Servicio en la Region Puno; Que, a traves del Oficio N° 16-2014-MTC/14 de fecha 13 de enero de 2014, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles requirio al Gobierno Regional MORDAZA que implemente la solicitud de clasificacion y reclasificacion de Rutas Vecinales o Rurales no incluidas en el Clasificador de Rutas - SINAC, a fin de proseguir con el tramite respectivo; Que, mediante Memorandum N° 076-2014-MTC/20 de fecha 16 de enero de 2014, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, senalo que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorandum N° 2753-2013-MTC/09 de fecha 11 de noviembre de 2013, informo que en el MORDAZA del Programa de Impulso a la Logistica e Integracion Regional - PRO REGION, se ha priorizado la intervencion de la Red Vial de la Region MORDAZA, para lo cual en el Presupuesto correspondiente al ano fiscal 2014, se han previsto los recursos necesarios; Que, con Oficio N° 029-2014-GR.P/DRTCVC.P/ DC.SDIV de fecha 05 de febrero de 2014, la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del Gobierno Regional MORDAZA, remitio las solicitudes de conformidad de reclasificacion temporal de los municipios que tienen jurisdiccion en la rutas propuestas, tales como las Municipalidades Distritales de Acora, Plateria, Pichacani Laraqueri, y las Municipalidades Provinciales de MORDAZA e Ilave; asi como la informacion tecnica respectiva; y, precisando la modificacion de la trayectoria de la Ruta R-86; Que, a traves del Oficio N° 183-2014-GR-PUNO/PR, de fecha 17 de febrero de 2014, el Gobierno Regional MORDAZA, remite el cuadro definitivo de las Rutas a reclasificar. Asimismo, considera que la Ruta Vecinal o Rural PU-653 y la carretera Emp. PU-653 (Ocuviri) - Chapioco - Saguanani (Represa) - MORDAZA - Orduna - Phinaya - Emp PE-34 B, deben formar parte de las Rutas Departamentales o Regionales de MORDAZA en forma definitiva, al estar cumpliendo con facilitar el transporte de personas y el intercambio comercial a nivel regional o departamental y tener influencia en el movimiento economico regional; Que, con Memorandum N° 487-2014-MTC/09, de fecha 20 de febrero de 2014, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe N° 314-2014-MTC/09 en el cual se definen las Rutas que deben ser reclasificadas para que PROVIAS NACIONAL pueda realizar las intervenciones correspondientes de acuerdo a lo coordinado con el Gobierno Regional Puno; Que, mediante Memorandum N° 456-2014-MTC/14, de fecha 25 de febrero de 2014, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles concuerda con el Informe N° 0832014-MTC/14.07, de la Direccion de Caminos, a traves del cual se considera procedente la clasificacion y reclasificacion de la Ruta Vecinal o Rural N° PU-653, asi como de las Rutas Departamentales o Regionales que conforman el Programa PRO REGION del departamento de MORDAZA, como Rutas Nacionales, asignandoles codigos temporales con la finalidad de no modificar la malla topologica de la red vial y, teniendo en cuenta la metodologia prevista en el Reglamento de Jerarquizacion Vial; Que, segun lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6° del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo No. 017-2007-MTC, y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 9° del Reglamento, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en aplicacion a los criterios

Memorandum N° 139-2014-MTC/14 de fecha 17 de Enero del 2014, ha solicitado a la Alta Direccion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dictar el acto administrativo correspondiente; Que, el articulo I del Titulo Preliminar del Codigo Civil, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 295, prescribe que "la derogacion se produce por declaracion expresa, por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior o cuando la materia de esta es integramente regulada por aquella"; Que, por necesidad de generar certeza y seguridad juridica en los operadores de la gestion de infraestructura vial, es recomendable declarar que (i) la Resolucion Ministerial Nº 240-2008-MTC/02, (ii) la Resolucion Ministerial Nº 303-2008-MTC/02 y (iii) la Resolucion Ministerial Nº 305-2008-MTC/02 han quedado tacitamente derogadas; De conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y la Ley N° 29370; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que ha quedado tacitamente derogada, la Resolucion Ministerial N° 240-2008-MTC/02 que aprobo el Manual para la Conservacion de Caminos de Bajo Volumen de Transito; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar que han quedado tacitamente derogadas, i) la Resolucion Ministerial N° 303-2008MTC/02 que aprobo el Manual para el Diseno de Carreteras No Pavimentadas de Bajo Volumen de MORDAZA, y ii) la Resolucion Ministerial N° 305-2008MTC/02, que aprobo el Manual para el Diseno de Carreteras Pavimentadas de Bajo Volumen de Transito; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Reclasifican temporalmente las Rutas Departamentales o Regionales que conforman el Programa PRO REGION del departamento de MORDAZA, como Rutas Nacionales, y dictan otras disposiciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 138-2014 MTC/02
MORDAZA, 21 de marzo de 2014 VISTOS: Los Oficios N° 2682-2013-GR-PUNO/PR, N° 0292014-GR.P/DRTCVC.P/DC.SDIV y N° 183-2014-GRPUNO/PR, del Gobierno Regional Puno; el Memorandum N° 487-2014-MTC/09 y el Informe N° 314-2014-MTC/09, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorandum N° 076-2014-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del PROVIAS NACIONAL; el Informe N° 083-2014-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos; y, el Memorandum N° 456-2014-MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 22 de setiembre de 2013, se derogo los Decretos Supremos N° 044-2008-MTC, 026-2009-MTC y 036-2011-MTC, y se aprobo la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC; Que, con Oficio N° 2682-2013-GR-PUNO/PR recibido el 06 de enero de 2014, el Gobierno Regional MORDAZA solicito la reclasificacion temporal de Rutas Departamentales