Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2014 (14/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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de la Sesion Extraordinaria Nº 02, en la cual se aprobo el referido acuerdo, restringiendose arbitrariamente su derecho a conocer los fundamentos en los que se sostiene la decision del concejo municipal de rechazar su solicitud de declaratoria de vacancia. En efecto, en el Acuerdo de Concejo Nº 002-SE-2013-CM-MDS-2013 solo se menciona que en la Sesion Extraordinaria Nº 02, del 14 de MORDAZA de 2013, se declaro improcedente la solicitud de vacancia presentada por el recurrente en contra del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin expresar las razones que determinaron que el concejo municipal, por mayoria, adoptara tal decision." 6. En el presente caso se advierte lo siguiente: a. No consta, en el acta de la sesion extraordinaria del 20 de noviembre de 2013, la firma del solicitante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Retamozo. b. A pesar de que el video que obra a fojas 002 permite apreciar la asistencia del solicitante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la sesion de concejo del 20 de noviembre de 2013, se procedio a notificar formalmente a dicho ciudadano con la MORDAZA certificada del Acuerdo de Concejo Nº 004-SE-CM-MDS-2013, el 2 de diciembre de 2013 (fojas 138). Por lo tanto, al haber realizado el acto de notificacion formal el 2 de diciembre de 2013, el propio concejo municipal reconocio su obligacion de efectuar la notificacion del Acuerdo de Concejo Nº 004-SE-CM-MDS2013 al solicitante de la vacancia, renunciando con ello a su posibilidad de invocar la dispensa de la notificacion. Asi, es a partir del 2 de diciembre de 2013 y no del 20 de noviembre del citado ano, fecha en la que se llevo a cabo la sesion extraordinaria en la que se desestimo el pedido de vacancia planteado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que debe iniciarse el computo del plazo para la interposicion de cualquier medio impugnatorio por parte del citado ciudadano. Por ello, se concluye que el Acuerdo de Concejo Nº 001-SE-CM-MDS-2014 se encuentra viciado de nulidad, por cuanto el recurso de reconsideracion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 004-SE-CM-MDS-2013, si se habia interpuesto dentro del plazo de quince dias habiles establecido en el articulo 23 de la LOM, habiendo resuelto, entonces, la entidad MORDAZA, en contra de lo previsto en la LPAG, asi como de la jurisprudencia de este Supremo Tribunal Electoral. Por lo tanto, corresponde declarar la nulidad del citado acuerdo y disponer la devolucion de los actuados al Concejo Distrital de Supe, para que se pronuncie y emita una decision sobre el fondo del recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del acuerdo de concejo que no aprobo su solicitud de vacancia presentada contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Albujar Pereyra. Atendiendo, entonces, a que, a traves de la presente resolucion, se declara la nulidad del acuerdo de concejo, para que, en sede municipal, se emita un MORDAZA pronunciamiento sobre el recurso de reconsideracion, este organo colegiado estima que resulta inoficioso ingresar al analisis de la concurrencia o no de la causal de declaratoria de vacancia imputada al MORDAZA MORDAZA MORDAZA Albujar Pereyra. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 001-SE-CM-MDS-2014, que declaro improcedente por extemporaneo el recurso de reconsideracion planteado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 004-SECM-MDS-2013, que no aprobo la solicitud de declaratoria de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA Albujar Pereyra, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de los actuados al Concejo Distrital de Supe, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de declaratoria de vacancia, dentro de los parametros establecidos en la presente resolucion y normas pertinentes. En caso

El Peruano Sabado 14 de junio de 2014

contrario, se remitira MORDAZA de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Huaura, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno, para que evalue la conducta de los integrantes del concejo y funcionarios del municipio, de acuerdo a sus competencias. Se debera tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones, oportunamente: 1. Convocar a sesion extraordinaria, en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles, luego de notificada la presente. En caso de que el MORDAZA en funciones no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor o cualquier otro regidor tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme lo establece el articulo 13 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles. 2. Asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 10, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional. 3. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 4. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en el caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 5. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles luego de presentado el recurso de apelacion y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 5.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion. 5.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 5.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1096675-2

Declaran nulo lo actuado en procedimiento de vacancia de regidor del Concejo Distrital de Maranura, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 383-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00252 MARANURA - LA CONVENCION - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, trece de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en