Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2014 (12/06/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Jueves 12 de junio de 2014

525105
que obraban en autos se encontraban en copias simples. b) En la Sesion Extraordinaria Nº 54, realizada el 8 de MORDAZA de 2013, y en la cual se resolvio la solicitud de vacancia, no se efectuo analisis alguno sobre la existencia del vinculo de parentesco entre el MORDAZA Deniz MORDAZA MORDAZA y sus supuestos sobrinos MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA y Deigro MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que al momento de debatir la solicitud de vacancia no se tuvieron a la vista los medios probatorios idoneos que acreditaran la afirmacion del solicitante, hecho que evidencia que el citado concejo municipal adopto el acuerdo de rechazar la solicitud de vacancia del MORDAZA cuestionado, sin tener certeza del primer elemento que configura la causal de nepotismo, esto es, el vinculo de parentesco. Respecto a los descargos presentados por el MORDAZA distrital y el MORDAZA pronunciamiento del Concejo Distrital de Sitajara En merito de la decision emitida por este organo colegiado, con fecha 30 de setiembre de 2013, se convoco a una nueva sesion extraordinaria (fojas 4 a 10), a fin de tratar la solicitud de vacancia presentada contra Deniz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Sitajara. Dicha sesion fue programada para el dia 4 de noviembre de 2013, sin embargo, esta no pudo llevarse a cabo por falta de quorum, tal como se aprecia a fojas 11 a 12 de autos. Finalmente, se convoco a sesion extraordinaria para el dia 12 de noviembre de 2013 (fojas 13 a 18). En MORDAZA el MORDAZA cuestionado presento sus descargos (fojas 20 a 22) en los siguientes terminos: a) Es MORDAZA que se encuentra acreditada, de cierta forma, la relacion de parentesco con Deigro MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA, asi como la existencia de una relacion laboral de los MORDAZA mencionados con la Municipalidad Distrital de Sitajara. b) No se encuentra acreditado que MORDAZA ejercido injerencia en la contratacion de las personas MORDAZA citadas, toda vez que, con fecha 3 de enero de 2011, mediante el Memorandum, Nº 001-2011-A-MDS, puso en conocimiento del gerente municipal la relacion de familiares dentro del MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad que no podian ser contratados, siendo el caso que dentro de dicha lista se encontraban las personas de Deigro MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rosmeri MORDAZA Quenta. El memorandum MORDAZA mencionado acredita la MORDAZA de una oposicion oportuna. c) En cuanto a los criterios establecidos por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, debe tenerse en cuenta lo siguiente: i) existe un alejado grado de parentesco entre su persona y Deigro MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA, ya que estos se encuentran dentro del tercer grado de consanguinidad; ii) su persona y Deigro MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA tiene domicilios diferentes; iii) las labores realizadas por Deigro MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA se realizaron bajo la modalidad de servicios no personales desde el 2 de junio al 8 de MORDAZA, y fueron labores de MORDAZA, esto es, fuera de las instalaciones de la entidad edil. d) Se debe tener en consideracion que las personas de Deigro MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA laboraron tan solo un mes y seis dias, y que las labores que realizaron fueron en lugares distantes a la entidad MORDAZA, esto es, al local de la municipalidad distrital y a la sucursal de la MORDAZA de Tacna, por lo que no existe certeza suficiente de que tuviera conocimiento de la contratacion de sus parientes MORDAZA si se tiene en cuenta que las actividades ejecutivas y de gestion del MORDAZA se realizan en la MORDAZA de Tacna. Luego de los descargos presentados por el MORDAZA distrital, se sometio a votacion la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sina. Dicha solicitud fue rechazada por mayoria (dos votos a favor y tres votos en contra), emitiendose, en consecuencia, el Acuerdo de Concejo Nº 032-2013-CM-MDS (fojas 29 a 31). Respecto al recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sina El 9 de diciembre de 2013, y dentro del plazo legal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sina interpuso recurso de apelacion

citada autoridad distrital es hermano de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA de los familiares MORDAZA citados. b) Deigro MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA prestaron servicios en la obra MORDAZA citada durante los meses de junio y MORDAZA del 2011, con pleno conocimiento del MORDAZA distrital, ya que el coloco su visto MORDAZA en la planilla de dichos meses y en la que se aprecian los nombres de los familiares MORDAZA citados. A fin de acreditar sus alegaciones, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sina adjunta a su solicitud de vacancia los siguientes documentos: - MORDAZA simple de la planilla, de fecha 2 de junio al 8 de MORDAZA de 2011, correspondiente a la obra denominada "Erradicacion de la grama y el pulgon del manzano", y en la que se aprecian los nombres de los alegados familiares del MORDAZA (fojas 10 a 11, Expediente Nº J-2013-00079). - Original del certificado de inscripcion en el Reniec del MORDAZA distrital Deniz MORDAZA MORDAZA (fojas 12, Expediente Nº J-2013-00079). - Original del certificado de inscripcion en el Reniec de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA (fojas 13, Expediente Nº J-2013-00079). - Original del certificado de inscripcion en el Reniec de MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA (fojas 14, Expediente Nº J-2013-00079). - Original del certificado de inscripcion en el Reniec de Deigro MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 15, Expediente Nº J-2013-00079). - Copias simples de las partidas de nacimiento del MORDAZA distrital Deniz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA y Deigro MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 18 a 21, Expediente Nº J-2013-00079). Dicha solicitud dio origen al Expediente Nº J-201300079, en el cual se emitio, con fecha 18 de enero de 2013, el Auto Nº 1, a traves del cual se traslado la solicitud de vacancia a los miembros del Concejo Distrital de Sitajara, a efectos de que convoquen a sesion extraordinaria. Respecto al pronunciamiento del Concejo Distrital de Sitajara Con fecha 8 de MORDAZA de 2013, se realizo la Sesion Extraordinaria Nº 054 (fojas 25 a 26, Expediente Nº J2013-00570), en la que los miembros del concejo distrital rechazaron, por mayoria (dos votos a favor y cuatro votos en contra), la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sina. Dicha decision se materializo en el Acuerdo de Concejo Nº 15-2013 (fojas 30, Expediente Nº J-2013-00570), el cual fue notificado al recurrente el 16 de MORDAZA de 2013 (fojas 98, Expediente Nº J-2013-00570). Respecto al recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sina y el pronunciamiento del MORDAZA Nacional de Elecciones En virtud de dicha decision, con fecha 19 de MORDAZA de 2013 (fojas 3 a 15, Expediente Nº J-2013-00570), MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sina interpuso recurso de apelacion, el cual dio origen al Expediente Nº J-2013-00570, y en el que el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones emitio la Resolucion Nº 803-2013-JNE, del 22 de agosto de 2013 (fojas 122 a 126, Expediente Nº J-2013-00570). En la citada resolucion se declaro nulo todo lo actuado en el procedimiento de vacancia seguido contra Deniz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Sitajara, provincia de Tarata y departamento de Tacna, y se dispuso que se devuelven los autos al concejo distrital para un MORDAZA pronunciamiento. Los argumentos expuestos en la citada resolucion fueron los siguientes: a) En relacion con el primer requisito de la causal de nepotismo, si bien el MORDAZA municipal no habia negado el vinculo de parentesco alegado, resultaba necesario que se incorporaran copias certificadas de las partidas de nacimiento del MORDAZA, Deniz MORDAZA MORDAZA, sus supuestos sobrinos, Deigro MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA, y la MORDAZA de estos, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, toda vez que las partidas