Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2014 (27/02/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 32
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la calificacion para el goce del Regimen a CONSORCIO TRANSMANTARO S.A.; Que, con fecha 30 de enero del 2014, se suscribio una Adenda al Contrato de Inversion, modificandose el primer parrafo de la Clausula MORDAZA del Contrato de Inversion, con el objeto de incrementar el monto de inversion comprometida de US$ 71 381 101,00 (Setenta y Un Millones Trescientos Ochenta y Un Mil Ciento Uno y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA ) a la suma de US$ 88 534 780,00 (Ochenta y Ocho Millones Quinientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Ochenta y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America); asi como ampliar el plazo del compromiso de inversion en un plazo total de dos (02) anos y cuatro (04) dias, contado desde el 21 de junio de 2012, fecha de suscripcion del Contrato de Inversion; Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, el inciso i) del articulo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y en los incisos h) y o) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007EM; Con el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del numeral 5.3 del articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversion a cargo de la empresa CONSORCIO TRANSMANTARO S.A. asciende a la suma de US$ 88 534 780,00 (Ochenta y Ocho Millones Quinientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Ochenta y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) anos y cuatro (04) dias, contado a partir del 21 de junio de 2012, fecha de suscripcion del Contrato de Inversion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1054262-1
El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014
Ministerial a ser publicada MORDAZA del 1 de marzo de cada ano, y sera aplicado en el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA del ano de su determinacion hasta el 30 de MORDAZA del ano siguiente, y sera propuesto por el OSINERGMIN al Ministerio basado en la facturacion efectuada a los Usuarios del MORDAZA correspondiente al ano calendario anterior; Que, en aplicacion de la MORDAZA referida en el considerando que antecede, mediante Oficio Nº 0282014-OS-PRES, OSINERGMIN ha propuesto al Ministerio el Monto Especifico para el periodo comprendido desde el 1 de MORDAZA de 2014 hasta el 30 de MORDAZA de 2015, asi como su asignacion a cada Empresa Receptora, senalando un valor de Ciento Veinticuatro Millones Doscientos Ochenta Mil Seiscientos y Siete Nuevos Soles (S/. 124 280 607), el mismo que no supera el limite establecido en el articulo 30° de la Ley N° 28832; Que, habiendo efectuado la evaluacion correspondiente, el Ministerio considera procedente el Monto Especifico propuesto por OSINERGMIN; En ejercicio de la atribucion establecida en el articulo 30° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del articulo 4° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, aprobado por el Decreto Supremo N° 069-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y visto MORDAZA del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Determinacion del Monto Especifico Determinese el Monto Especifico para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, en la suma de Ciento Veinticuatro Millones Doscientos Ochenta Mil Seiscientos y Siete Nuevos Soles (S/. 124 280 607). Articulo 2°.- Periodo de aplicacion del Monto Especifico El Monto Especifico determinado en el articulo anterior, sera aplicado en el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA de 2014 hasta el 30 de MORDAZA de 2015. Articulo 3°.- Vigencia La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, en la pagina web del Ministerio de Energia y Minas (http://www.minem.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Registrese, comuniquese y publiquese.
Determinan Monto Especifico para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 095-2014-MEM/DM MORDAZA, 24 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, en el articulo 30° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, se creo el Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, destinado a favorecer el acceso y utilizacion de la energia electrica a los Usuarios Regulados atendidos por dichos sistemas, mediante la compensacion de una parte del diferencial entre los Precios en MORDAZA de Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA del Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN); Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 30.2 del articulo 30° de la Ley N° 28832, los recursos necesarios para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados se obtendran de hasta el cincuenta por ciento (50%) del aporte de los Usuarios de electricidad a que se refiere el inciso h) del articulo 7° de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificacion Rural, y el Monto Especifico sera determinado cada ano por el Ministerio de Energia y Minas; Que, de conformidad con el numeral 4.2 del articulo 4° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, aprobado por el Decreto Supremo N° 069-2006-EM, el Monto Especifico anual sera determinado por el Ministerio de Energia y Minas mediante Resolucion
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1054261-1
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Peruano de Energia Nuclear - IPEN
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 111-2014-MEM/DM MORDAZA, 24 de febrero de 2014 VISTO, el Oficio Nº 209-13-IPEN/PRES de 29 de octubre de 2013 de la Presidencia del Instituto Peruano de Energia Nuclear (IPEN), y el Informe Nº 001-2014MEM-OGP/DIR de 29 de enero de 2014 de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinacion Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energia y Minas.