Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2014 (27/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014

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VISTO: El Oficio Nº 195-2013-A-MPC de la Municipalidad Provincial de MORDAZA mediante el cual solicita prorroga de reserva de recursos hidricos para el "Proyecto Regulacion de las Aguas del Rio Chonta mediante la Presa Chonta"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, es funcion de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio tecnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando asi lo requiera el interes de la Nacion; Que, segun el articulo 208º del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010AG, la reserva de recursos hidricos se otorga por un periodo MORDAZA de dos (02) anos prorrogable mientras subsistan las causas que la motivan, pero no faculta el uso del agua; Que, por Resolucion Jefatural Nº 0361-2009-ANA se reservo a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA las aguas superficiales provenientes de la MORDAZA del rio Chonta, por el plazo de dos anos, por un volumen de hasta 66.82 MMC, para el desarrollo del Proyecto Regulacion de las Aguas del Rio Chonta mediante la Presa Chonta; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 677-2011ANA se prorrogo la reserva de agua senalada en el considerando precedente por dos anos adicionales, a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, hasta el 07 de octubre del 2013; Que, la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, con Informe Tecnico Nº 0012014-ANA-DCPRH-ERH-SUP/MECL, concluye que es procedente la prorroga de reserva de recursos hidricos para la ejecucion del Proyecto Regulacion de las Aguas del Rio Chonta mediante la Presa Chonta, en las mismas condiciones bajo las cuales se otorgo la reserva; Que, en consecuencia corresponde prorrogar la reserva de recursos hidricos en las mismas condiciones establecidas en la Resolucion Jefatural Nº 0361-2009-ANA, prorrogada por Resolucion Jefatural Nº 677-2011-ANA; Estando a lo opinado por la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, y de conformidad con lo establecido en el articulo 103º de la Ley de Recursos Hidricos y el articulo 208º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorroga de la Reserva de Recursos Hidricos Prorroguese, a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA por dos (02) anos adicionales, con eficacia anticipada al 07 de octubre del 2013, la reserva de recursos hidricos superficiales provenientes de la MORDAZA del rio Chonta por una masa anual de hasta 66.82 MMC, conforme al siguiente detalle:
Descripcion Caudal (m3/s) Volumen (MMC) Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Total

Encargan funciones de las Administraciones Locales de Agua Huancane y Chinchipe - MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 089-2014-ANA MORDAZA, 25 de febrero de 2014 VISTO: El Informe Nº 096-2014-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades organicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ambitos territoriales; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 191-2009-ANA, se encargo las funciones de la Administracion Local de Agua Huancane, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aragon; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario MORDAZA uso de su descanso fisico del 01 al 30 de marzo de 2014, siendo necesario cubrir su ausencia a fin que el normal desarrollo de la unidad organica MORDAZA mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N°006-2010-AG, la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente para encargar mediante Resolucion Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 01 hasta el 30 de marzo de 2014, al senor MORDAZA LUJANO MORDAZA, las funciones de la Administracion Local de Agua Huancane, en adicion a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios, suscrito con esta Autoridad. Articulo 2º.- Precisase que al termino del encargo de funciones a que se refiere el articulo precedente, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, continuara ejerciendo las funciones de la Administracion Local de Agua Huancane. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1054986-2

2.68

4.16 5.22 3.95 2.38 0.87 0.23 0.66 0.55 0.96 1.62 2.29

7.18 10.07 13.98 10.24 6.37 2.26 0.62 1.77 1.43 2.57 4.20 6.13 66.82

Articulo 2º.- De la supervision de la reserva de recursos hidricos La Autoridad Administrativa del Agua Maranon y la Administracion Local de Agua MORDAZA son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resolucion Jefatural, debiendo informar periodicamente a la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1054986-1

RESOLUCION JEFATURAL Nº 091-2014-ANA MORDAZA, 25 de febrero de 2014 VISTO: El Informe Nº 040-2014-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades organicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ambitos territoriales;