Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2014 (23/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Cuarta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, y del Decimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA y disponer la incorporacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a esta Corte Superior de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero: DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA ALESSI JANSSEN, Juez Titular del 50° Juzgado Penal de MORDAZA, como Juez Superior Provisional, integrante de la Cuarta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, a partir del 22 al 31 de enero del presente ano, por la licencia del doctor MORDAZA Munante, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: CUARTA SALA PENAL PARA PROCESOS CON REOS LIBRES Dra. MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA Altabas Kajatt Presidente Dra. MORDAZA MORDAZA Eyzaguirre MORDAZA (T) Dra. MORDAZA MORDAZA Alessi Janssen (P) Articulo Segundo: DESIGNAR al doctor WOLFRAY MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumerario del 50° Juzgado Penal de MORDAZA, a partir del 23 al 31 de enero del presente ano, por la promocion de la doctora Alessi Janssen. Articulo Tercero: DISPONER LA INCORPORACION del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Titular del 15° Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, a partir del 23 de enero del presente ano; debiendo designar al magistrado que lo reemplazara mientras dure su designacion en la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA). Articulo Cuarto: DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA REAL MORDAZA, Juez Titular del 1° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, como Juez Provisional del 15° Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA a partir del 23 de enero del presente ano y mientras dure la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA en la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA). Articulo Quinto: DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIMONETTI, como Juez Provisional del 1° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho a partir del 23 de enero del presente ano y mientras dure la promocion del doctor Real Macedo. Articulo Sexto: Precisar la Resolucion Administrativa N° 004-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 06 de enero del presente ano, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de enero del presente ano, respecto a la licencia por salud de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular, integrante de la Sexta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, licencia que solo comprendia el periodo del 06 al 10 de enero del presente ano conforme al Certificado Medico expedido por la Clinica Internacional. Articulo Setimo: PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

El Peruano Jueves 23 de enero de 2014

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Otorgan autorizacion de funcionamiento provisional a la Universidad Nacional de Canete
RESOLUCION Nº 666-2013-CONAFU
MORDAZA, 18 de diciembre de 2013

"UNIVERSIDAD NACIONAL DE CANETE"
VISTOS: La Ley N° 29488, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 23 de diciembre de 2009, el Oficio N° 5502012-ME/SG recibido con fecha 30 de marzo de 2012, la Resolucion Nº 303-2012-CONAFU de fecha 14 de junio de 2012, la Resolucion N° 594-2012-CONAFU de fecha 21 de noviembre de 2012, la Resolucion N° 019-2013-CONAFU de fecha 16 de enero de 2013, la Resolucion N° 293-2013CONAFU de fecha 08 de MORDAZA de 2013, la Resolucion N° 487-2013-CONAFU de fecha 04 de setiembre de 2013, la Resolucion N° 571-2013-CONAFU de fecha 23 de octubre de 2013, la Resolucion N° 605-2013-CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2013, la Resolucion N° 607-2013CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2013, el Oficio N°041-2013-ONAFU-JABR recibido el 29 de noviembre de 2013, el Oficio N° 1225-2013-CONAFU-CDAA de fecha 02 de diciembre de 2013, Acuerdo N°830-2013 de la Sesion Ordinaria del dia 03 de diciembre de 2013, la Carta s/n recibida el 12 de diciembre de 2013 y el Acuerdo Nº 887-2013-CONAFU de la Sesion Ordinaria de Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 18 de diciembre de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, el articulo 2° de la Ley N° 29971, publicada el 22 de diciembre de 2012 en el diario El Peruano, restituye al CONAFU la facultad de emitir resoluciones de funcionamiento provisional a universidades publicas, de tal manera que se autoriza excepcionalmente por el plazo de un (1) ano, al Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) para que evalue y autorice a las universidades publicas que hayan superado la fase de verificacion de la implementacion inicial, las demas universidades creadas por ley, continuaran con su correspondiente tramite; Que, mediante Ley N° 29488, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 23 de diciembre de 2009, se crea la Universidad Nacional de Canete, con sede en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima; Que, mediante Oficio N° 550-2012-ME/SG recibido con fecha 30 de marzo de 2012, la Secretaria General del Ministerio de Educacion, Dra. MORDAZA Desilu MORDAZA Chempen, en nombre de la Promotora Ministerio de Educacion, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creacion de la Universidad Nacional de Canete, solicitando su aprobacion y autorizacion por parte del CONAFU; Que, el articulo 19° del Reglamento para la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de nuevas universidades, aprobado por Resolucion N°387-2009-

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