Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2014 (13/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Lunes 13 de enero de 2014

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y consultorias, de conformidad con lo establecido en las normas de contrataciones del Estado. h) Aprobar las ampliaciones del plazo en los contratos para la adquisicion de bienes o la contratacion de servicios y consultorias; dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento. i) Aprobar y suscribir las contrataciones complementarias, de acuerdo a la normativa de contrataciones del Estado j) Resolver los contratos suscritos para la adquisicion de bienes y contratacion de servicios y consultorias, incluyendo los provenientes de exoneraciones, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. k) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de contratacion, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), y el Tribunal de Contrataciones del Estado, asi como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de informacion y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de las contrataciones estatales. l) Autorizar, resolver, y tramitar las acciones administrativas del personal respecto de las asignaciones, ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, rectificacion de nombres y/o apellidos, destaques, renovaciones de contratos, y toda aquellas que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal adscrito al regimen laboral del OSINFOR. m) Suscribir los contratos relativos a la prestacion de servicios del personal del OSINFOR, conforme al regimen laboral de la Entidad. n) Suscribir los convenios de practicas profesionales, pre-profesionales y tecnicas del OSINFOR. o) Suscribir y presentar a la SUNAT, los formularios, declaraciones y, en general, cualquier documentacion que resulte necesario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias como consecuencia de la ejecucion de los gastos previsto en el presupuesto institucional. p) Aprobar Directivas orientadas a optimizar las labores de las oficinas a su cargo. Articulo Tercero.- Dejese sin efecto, las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese, y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo (e)
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misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, mandato concordante con el numeral 7.1 del articulo 7º del citado Texto Unico Ordenado, descrito en el considerando precedente; Que, el articulo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, senala que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que dicha MORDAZA le otorga, no pudiendo ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo 5º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, para agilizar los procedimientos y permitir un adecuado funcionamiento de la Entidad, es necesario delegar ciertas facultades en materia presupuestal y las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones al Secretario General del OSINFOR; asimismo delegar ciertas facultades en Contrataciones del Estado, recursos humanos, y en materia administrativa, al Jefe de la Oficina de Administracion del OSINFOR; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del OSINFOR, y con los vistos de la Secretaria General, de la Oficina de Asesoria Juridica, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y de la Oficina de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar al Secretario General (e) del OSINFOR, durante el ano fiscal 2014, las siguientes facultades y atribuciones: a) Aprobar las formalizaciones de las notas modificatorias en el Nivel Funcional Programatico. b) Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones del OSINFOR. Articulo Segundo.- Delegar en el Jefe (e) de la Oficina de Administracion del OSINFOR, durante el ejercicio fiscal 2014, las siguientes facultades y atribuciones: a) Aprobar los expedientes de contratacion de los procesos de seleccion a ser convocados por el OSINFOR, asi como de aquellos procesos de seleccion que deban ser convocados por Entidades con las cuales se hayan suscrito un convenio de encargo. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales, ad hoc y permanentes, que conduciran los procesos de seleccion, asi como modificar la composicion de los mismos, dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico. c) Aprobar las bases de los procesos de seleccion a ser convocados por el OSINFOR, excepto en los casos de adjudicaciones de menor cuantia no derivadas cuando el MORDAZA sea conducido por un comite especial, en cuyo caso las bases seran aprobadas por el funcionario a cargo de la Sub Oficina de Logistica. d) Aprobar las bases de las exoneraciones autorizadas por el OSINFOR, asi como aquellos procesos de seleccion que deban ser convocados por Entidades con los cuales se hayan suscrito un convenio de encargo. e) Cancelar los procesos de seleccion que MORDAZA convocados por el OSINFOR, de conformidad con lo establecido en las normas de contratacion del Estado. f) Suscribir los contratos para la adquisicion de bienes y contratacion de servicios y consultorias, incluyendo los provenientes de exoneraciones; asi como sus adendas en razon de adicionales y/o reducciones, ampliaciones de plazo, y cualquier otra modificacion posterior de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado. g) Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales y la reduccion de las mismas respecto de los contratos suscritos por el OSINFOR, en el caso de bienes, servicios

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Autorizan a Procurador Publico de la PCM y a Procurador Publico Adjunto, a conciliar en audiencias de procesos laborales tramitados bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo
RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 006-2014-CONCYTEC-P

MORDAZA, 9 de enero de 2014