Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2014 (18/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014

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Anexo N° II

Distribucion del Ingreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento. Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Publicos.

Anexo Nº III

indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones; lo cual incluye las dietas de directorio de las Empresas de los Gobiernos Regionales y Locales, los referidos conceptos se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Es nula toda disposicion contraria, bajo responsabilidad. Articulo 8.- Periodo de Regularizacion El periodo de Regularizacion Presupuestaria para el Ano Fiscal 2015, de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se sujeta a los plazos que determine la Direccion General de Contabilidad Publica, en el MORDAZA de lo establecido por la Tercera Disposicion Final de la Ley N° 29465. Articulo 9.- Responsabilidad La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cumple con la responsabilidad de las acciones de coordinacion, seguimiento y control del MORDAZA presupuestario, asi como de la MORDAZA oportuna de la informacion de caracter presupuestal que requieran la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, la Contraloria General de la Republica y la Direccion General de Presupuesto Publico. Articulo 10.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1179224-3

Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Directamente Recaudados. Anexo Nº III-1 Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Donaciones y Transferencias. Anexo Nº III-2 Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos por Operaciones Oficiales de Credito. Anexo Nº III-3

Articulo 3.- Reporte Oficial Para fines de aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura, la Direccion General de Presupuesto Publico remite a las entidades comprendidas en la presente MORDAZA, el Reporte Oficial "Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2015" MORDAZA del inicio del ano fiscal, que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos y de Egresos, resultante del MORDAZA de programacion y formulacion. Articulo 4.- Plazo de Aprobacion y Remision Los Titulares de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales aprueban mediante Resolucion o Acuerdo de Directorio, segun corresponda, el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2015, a mas tardar el 31 de diciembre de 2014, en concordancia a lo dispuesto en el literal a) numeral 54.1 del articulo 54 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. MORDAZA de la referida Resolucion o Acuerdo de Directorio, asi como del Reporte Oficial "Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2015"; y Formatos y Anexos establecidos para tal efecto en la correspondiente Directiva que apruebe la Direccion General de Presupuesto Publico, se presentan a mas tardar el 05 de enero de 2015, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion General de Presupuesto Publico. Articulo 5.- Modificaciones del Presupuesto Consolidado En periodos trimestrales y mediante Decreto Supremo se aprueban las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, por la mayor captacion u obtencion de recursos que se perciban durante el periodo de ejecucion presupuestaria del Ano Fiscal 2015, asi como por la creacion, fusion o formalizacion de nuevos Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la correspondiente Directiva para la Ejecucion Presupuestaria que apruebe la Direccion General de Presupuesto Publico. Articulo 6.- Procesos de Seleccion La determinacion de los procesos de seleccion para efectuar las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas, se sujetara a los montos que para tal efecto establece la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015. Articulo 7.- Politica Salarial En concordancia con la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y sujetandose a las disposiciones legales vigentes, de corresponder la aprobacion de escalas remunerativas, beneficios de toda

Prorrogan designacion de Fedatarios del Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL N° 410-2014-EF/43 MORDAZA, 17 de diciembre de 2014 VISTO: El Memorando N° 0663-2014-EF/40.01 de la Presidenta del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre prorroga de designacion de fedatarios; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 127 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el regimen de fedatarios, senalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a su unidad de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion, quienes sin exclusion de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, el numeral 2 del mencionado articulo precisa que el Fedatario tiene como labor personalisima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la MORDAZA presentada, la fidelidad del contenido de esta MORDAZA para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desee agregarlos como prueba. Tambien pueden, a pedido de los administrados, certificar firmas previa verificacion de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas que MORDAZA necesarias; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 696-2012EF/43, del 18 de diciembre de 2012, se designo a las servidoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA como fedatarios