Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2014 (14/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Jueves 14 de agosto de 2014

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se modifica diversas disposiciones de aquellos, con el objeto, entre otros, de garantizar el cumplimiento de las normas sobre la simplificacion administrativa; Que, en aplicacion del numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que estipula que una vez aprobado el texto unico de procedimientos administrativos, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de los gobiernos locales, por decreto de alcaldia, siendo que se aprueban y publican los Decretos de Alcaldia Nº 001, Nº 002, Nº 004 y Nº 005-2014/ MDSM, que modifican el texto unico de procedimientos administrativos de la entidad, abreviando plazos, reduciendo acciones y actividades en la cadena de valor del procedimiento y empleando insumos mas austeros, de modo que se modifican en total 55 (cincuenta y cinco) procedimientos y se suprimen 20 (veinte), entendiendo que se trata del compromiso de la actual gestion de desarrollar metodologias de simplificacion administrativa que contribuyan a la optimizacion de los procedimientos, asi como la reduccion de costos y de plazos; Que, en el MORDAZA de la consolidacion de la simplificacion administrativa en la entidad, a traves de los documentos de vistos, se detectan otros 09 (nueve) procedimientos administrativos modificables, a saber, los signados con Nº 3.01 Licencia de funcionamiento indeterminada o temporal para establecimiento, Nº 3.02 Licencia de funcionamiento para cesionarios, Nº 3.03 Modificacion o ampliacion de giros autorizados con autorizacion municipal de funcionamiento, modificacion de area ocupada en establecimiento autorizado, cambio de razon social (solo personas juridicas) Nº 3.04 Autorizacion temporal de funcionamiento para MORDAZA o promocion (en propiedad privada), Nº 3.05 Autorizacion temporal de funcionamiento para ferias o exposiciones (en propiedad privada) Nº 3.06 Autorizacion temporal de funcionamiento para espectaculos publicos no deportivos (en propiedad privada), Nº 3.08 Otorgamiento de duplicado de autorizacion municipal, Nº 7.15 A) Autorizacion para instalacion de elementos de publicidad exterior adosada a fachada o sobre cerco perimetrico (area MORDAZA del letrero 20 m2) y Nº 7.15 B) Autorizacion para instalacion de elementos de publicidad exterior sobre techo de edificacion (area MORDAZA del letrero 80 m2) todos modificables, por constituir barreras burocraticas; Que, en concordancia con la normativa invocada, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal, y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por el numeral 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, aprobado por ordenanza Nº 074MDSM, respecto de los procedimientos senalados en el anexo unico, Informe Tecnico ­ Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) que en 08 (ocho) folios, forma parte integrante del presente decreto de alcaldia. Articulo 2º.- PUBLICAR el dispositivo legal en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA de servicios al ciudadano y empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), asi como en el MORDAZA municipal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanmiguel.gob.pe) integrando en un solo cuerpo normativo todo el texto unico de procedimientos administrativos de la entidad. Articulo 3º.- ENCARGAR a las gerencias y subgerencias de la entidad, el cabal cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de alcaldia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 1123104-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Ordenanza que concede beneficios de descuento a papeletas de Infraccion Vehicular al MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 016-2014-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA. VISTOS: En Sesion Ordinaria del Concejo, de fecha 30 de MORDAZA del 2014, en la estacion Orden del Dia, el "Proyecto de Ordenanza de Beneficio de descuento a papeletas de Infraccion Vehicular al Transito", y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27181, en el Art. 17, inciso 17.1, literal a) senala que las Municipalidades Provinciales, en su respectiva Jurisdiccion y de conformidad con las Leyes y los Reglamentos Nacionales, tienen competencia en materia de Transporte y MORDAZA Terrestre para emitir las normas y disposiciones, asi como realizar los actos necesarios para la aplicacion de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ambito territorial; Que, la Ley N° 27189, Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en vehiculos menores, tiene por objeto reconocer y normar el caracter y la naturaleza del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores, moto taxis y similares, complementario y auxiliar como un medio de transporte vehicular terrestre, conforme lo establece en su articulo 1°; Que, mediante el Decreto Supremo N° 0552010-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Transportes Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o no Motorizados, que tiene por objeto establecer las normas generales para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajero en vehiculos menores de tres ruedas, motorizados y no motorizados; Que, considerando que la Constitucion Politica del Peru, en el art. 194°, modificado por la Ley N° 28607, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia en los asuntos de su competencia, y en el art. 195°, inciso 5, senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los Servicios Publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; por cuanto la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el articulo 9°, inciso 8, indica que compete al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos, asi mismo, en su articulo 81° inciso 1-1.2 senala que las Municipalidades en materia de MORDAZA vialidad y transporte publico, MORDAZA y regulan el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion de conformidad con las Leyes y Reglamentos nacionales sobre la materia, lo cual es complementado por el inciso 3, apartado 3,2 del mismo Articulo, el cual establece que las municipalidades Distritales ejercen entre sus funciones compartidas la de otorgar permisos para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial; Que, mediante Informe N° 038-2014-GTYSV/JTLMPB de fecha 09 de MORDAZA 2014, la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, observa en el Sistema de Papeletas Vehicular, que por infraccion vehicular a la fecha existe un saldo total 9,591 papeletas pendientes por cobrar que hacen un monto total de S/. 6'515,090.45, de las cuales por Infracciones de codificacion M se tiene un total de 3,176 papeletas por cobrar que asciende a un monto total de 4'385,217.04, segun el siguiente detalle: