Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2013 (28/09/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 122

503836
6.- Carecer de pruebas de compactacion de terreno y resistencia de material empleado (08-400-07). 7.- Efectuar trabajos en la via publica, rompiendo pistas y veredas (08-600-22) 8.- Desacato a la orden de paralizacion de obra (08600-27) 9.- Por demorar a la orden de paralizacion de obra (08600-28) 10.- Por obstaculizar las inspecciones oculares (08600-29) 11.- Ocupar areas de uso publico (con rejas, hitos, construcciones, elementos desmontables, y similares) sin autorizacion municipal. (08-600-12) Ademas se debera considerar como infracciones e incluir en el CUIS las siguientes: 12.- Abandonar en la via publica por mas de veinticuatro (24) horas de material proveniente de la limpieza de redes de agua y desague. 13.- No acatar las especificaciones tecnicas establecidas en la autorizacion de trabajos en la via publica. 14.- Falsear la informacion en el proyecto presentado para trabajos en la via publica. 15.- Prolongar el plazo de ejecucion de la obra en via publica sin contar con la debida autorizacion de prorroga de licencia (por dias de retraso). 16.- No solicitar conformidad de obra en el plazo de veinte (20) dias calendario una vez culminada esta. 17.- No presentar en obra MORDAZA de la autorizacion para efectuar trabajos en la via publica. 18.- Construccion de rampas de ingreso o estacionamiento de los predios sobre la pista y/o vereda sin autorizacion municipal. 19.- Realizar las obras sin mantener el orden y limpieza. 20.- Dejar desmonte o material excedente a la culminacion de las obras. 21.- Instalar o dar mantenimiento a infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos en areas de uso sin contar con la autorizacion municipal. 22.- Realizar trabajos distintos a los aprobados. 23.- No respetar el horario establecido para la ejecucion de obras. 24.- No presentar el programa anual de obras dentro del plazo establecido en la presente norma. (En caso de empresa) 25.- No presentar el cronograma de mantenimiento de infraestructura. 26.- No colocar el nombre de la empresa contratista en el uniforme de los trabajadores (En el caso de empresa). Articulo 36º.- La Municipalidad de Imperial a traves de la Gerencia de Desarrollo Territorial y Ambiental y a su vez de la Sub Gerencia de Obras Publicas, realizara las labores de fiscalizacion a fin de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

El Peruano Sabado 28 de setiembre de 2013

complementarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Deroguese cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Territorial y Ambiental y Gerencia de Tributacion Municipal, el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. EDDY MORDAZA DEL MAZO MORDAZA MORDAZA

993748-2

Otorgan Beneficio de Regularizacion Tributaria y no Tributaria en la jurisdiccion del distrito de Imperial Canete
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2013-MDI.
Imperial, 13 de Setiembre del ano 2013. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL ­ CANETE. POR CUANTO: El Consejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial, en Sesion Ordinaria de fecha 10 de Setiembre del ano 2013, visto el Informe Nº 356-2013-GTM-MDI de la Gerencia de Tributacion Municipal; Informe Nº 406­2013/ OAJ-MDI de Asesoria Juridica y el Dictamen Nº 052/2013 de la Comision de Asuntos Legales y Asentamientos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, se establece que las "Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; En el Articulo 74º de la MORDAZA glosada establece que "Los tributos se crean, modifican o se establece una exoneracion, exclusivamente por Ley o Decreto Legislativo en caso de delegacion de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante Decreto Supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion, y con los limites que senala la Ley"; Que, el Articulo 41º del Decreto Supremo 135-1999EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley, excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, mediante el Informe Nº 356-2013-GTM-MDI de fecha 29 de Agosto del 2013, la Gerencia de Tributacion Municipal remite el Ante Proyecto de Ordenanza "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE IMPERIAL-CANETE" para las personas naturales y juridicas, incluyendo a los administrados que se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion o en cobranza coactiva; beneficio que consiste en conceder por unica vez la exoneracion de los interes moratorios; Que, mediante el Informe Nº 406-2013/OAJ-MDI de fecha 03 de Setiembre del 2013, la Oficina de Asesoria Juridica opina que es factible la aprobacion del presente proyecto de ordenanza; Que, mediante el Dictamen Nº 052/2013 de fecha 09 de Setiembre del 2013, la Comision de Asuntos Legales y Asentamientos Humanos dictamino aprobar el Anteproyecto de Ordenanza de "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE IMPERIAL-CANETE", por ser de

CAPITULO II DE LAS SANCIONES
Articulo 37º.- La imposicion de la sancion por infracciones por incumplimiento de las obligaciones senaladas en la presente Ordenanza se MORDAZA efectiva de manera solidaria entre la empresa concesionaria o persona natural que ejecuta la obra y la persona natural o juridica que encarga la ejecucion de la obra. Articulo 38º.- El procedimiento sancionar se efectuara de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Aplicaciones de Sanciones (RAS) de la Municipalidad de Imperial.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES DISPOSICION TRANSITORIA
Unica.- Los procedimientos administrativas que se encuentran en tramite a la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se adecuaran a las disposiciones de la presente norma.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Facultese al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones