Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2013 (04/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Martes 4 de junio de 2013

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existentes en las normas nacionales y del distrito de Comas. Articulo 4º.- PRINCIPIOS DEL SISTEMA El sistema tiene como principios los siguientes: a. Participacion amplia. El gobierno municipal promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de los ciudadanos y ciudadanas y de las organizaciones de la sociedad civil, en la formulacion, monitoreo, ejecucion y evaluacion de los instrumentos de gestion, asi como la vigilancia de la gestion de los recursos publicos. b. Igualdad para toda la ciudadania y las organizaciones sociales, para intervenir y participar, sin discriminaciones de caracter politico, generacional, ideologico, religioso, racial, de genero o de ninguna otra especie. c. Corresponsabilidad entre la colectividad, las autoridades y los funcionarios publicos en la solucion de los problemas comunes de la sociedad local. d. Tolerancia, que es el respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construccion de consensos. e. Transparencia en los procesos participativos, de tal forma que toda la colectividad tenga informacion suficiente y necesaria, por todos los medios acerca de los asuntos publicos y de todos los procesos. f. Rendicion de cuentas de todos los funcionarios publicos, de la ciudadania y organizaciones sociales que intervengan en los asuntos decididos por via participativa. g. Eficacia y eficiencia. Los gobiernos locales organizan su gestion en torno a objetivos y metas establecidos en los instrumentos de gestion, desarrollando estrategias para la consecucion de los objetivos trazados y con una optima utilizacion de los recursos. h. Equidad. Como un componente constitutivo y orientador de la gestion local, sin discriminacion, con igual acceso a las oportunidades e inclusion de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. i. Solidaridad. Como un valor que se promueve entre la ciudadania, las autoridades y funcionarios publicos, que orienta a la gestion local a priorizar a los sectores vulnerables. j. Integracion. El MORDAZA de planificacion participativo local integra politicas locales, planes y programas a nivel zonal, sectorial y distrital. k. Competitividad. El gobierno local promueve el desarrollo economico y su articulacion a los ejes de o corredores economicos, asi como la ampliacion de MORDAZA interno y externo, en un entorno de innovacion, de calidad, de alianzas y acuerdos entre el sector publico y privado. l. Respeto de los Acuerdos. La participacion de la sociedad civil en la gestion publica se fundamenta en el respeto de los acuerdos y compromisos concertados. Cumplir tanto la ciudadania como las autoridades, funcionarios y trabajadores municipales los resultados de la concertacion que se hayan traducido en los planes de desarrollo, presupuestos, programas, proyectos, o politicas publicas locales. TITULO II SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA PARA EL DESARROLLO DEL DISTRITO DE COMAS Articulo 5º.- DEFINICION DEL SISTEMA El Sistema de Participacion Ciudadana para el desarrollo del distrito de Comas es la articulacion de las instancias, mecanismos y espacios establecidos por las normas vigentes, generadas en el distrito. Articula los procesos en la elaboracion, gestion y evaluacion de los instrumentos de gestion, de acuerdo a las competencias y funciones establecidas en las normas, contribuyendo al desarrollo de una gestion participativa, democratica y transparente, respetando los principios del Sistema de Participacion Ciudadana. La gestion y evaluacion del funcionamiento del Sistema sera corresponsabilidad de todos sus integrantes. Articulo 6º.- DE LA RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD La Municipalidad Distrital de Comas a traves de las Gerencias y/o organos de linea correspondientes son responsables de la promocion y sostenibilidad del

municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, establece que es atribucion del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; MORDAZA que concuerda con el articulo 40º del mismo cuerpo legal, que establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, del Proyecto podemos senalar que guarda la conformidad con lo senalado en el acapite 2.6 del numeral 2) del articulo 48º de la Ley Nº 27972, siendo una de las funciones exclusivas de las municipalidades distritales el facilitar y participar en los espacios de concertacion y participacion ciudadana, para la planificacion, gestion y vigilancia de los Programas Locales de Desarrollo Social, asi como de apoyo a la poblacion en riesgo; Que, el Sistema Local de Participacion Ciudadana para el Distrito de Comas, es una propuesta que busca fortalecer la relacion sociedad-estado a fin de lograr politicas publicas de consenso, que identifiquen de mejor manera la realidad, necesidades y propuestas de la poblacion; asi como articule esfuerzos, compromisos y recursos de los diversos actores comprometidos con el desarrollo distrital; en ese sentido es parte de un MORDAZA social y politico que contribuye a consolidar una gestion democratica y concertada del desarrollo del distrito; Que, mediante Informe Nº 095-2013-MDC-GAJ, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina porque el Proyecto de Ordenanza del Sistema de Participacion Ciudadana para el Desarrollo del Distrito de Comas, sea elevado al Concejo Municipal, para que previo los tramites que correspondan, proceda a la aprobacion de la misma; De conformidad a las facultades establecidas en el numeral 12) del articulo 9º, en el articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normatividad pertinente; el Concejo Municipal aprobo, con el MORDAZA mayoritario, con la dispensa del tramite de lectura, la siguiente: ORDENANZA DEL SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA PARA EL DESARROLLO DEL DISTRITO DE COMAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- CONSTITUCION DEL SISTEMA Constituyase el Sistema de Participacion Ciudadana para el Desarrollo del Distrito de Comas, de acuerdo a lo estipulado en la presente Ordenanza. El gobierno municipal promueve la participacion ciudadana y el desarrollo integral para viabilizar la sostenibilidad ambiental, la justicia social y el desarrollo economico. Articulo 2º.- OBJETIVO DE LA ORDENANZA Establecer un sistema integrado y articulado de las instancias y espacios de concertacion promoviendo la participacion ciudadana en los asuntos publicos, vinculando a la institucion municipal y los organismos publicos, con los vecinos y con las organizaciones sociales en un MORDAZA permanente para generar desarrollo local. Articulo 3º.- DERECHO A LA PARTICIPACION Todo ciudadano y ciudadana que reside en el distrito, tienen derecho a participar libre y directamente en los asuntos publicos, ya sea en forma individual o a traves de sus representantes, tanto a nivel de base zonal, sectorial y/o distrital. Las organizaciones sociales pueden participar en forma colectiva, en todos los mecanismos e instancias