Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2013 (13/07/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano Sabado 13 de MORDAZA de 2013

499329
La ejecucion de la multa se suspende en tanto se resuelvan los recursos impugnativos formulados. La subsanacion o la adecuacion de la conducta infractora posterior a la expedicion de la Resolucion de Sancion no exime al infractor del pago de la multa". Articulo Segundo.- Modificar en el "Anexo I: que establece la Tipificacion y la Escala de Multas aplicables dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad Metropolitana de Lima", aprobado por la Ordenanza Nº 984-MML, la denominacion de la Linea de Accion 01 y de los rubros 1.1 y 1.2, y las siguientes infracciones:
LINEA DE ACCION 01: COMERCIALIZACION/ACTIVIDAD ECONOMICA 1.1 LOCALES EN GENERAL (Comprende establecimiento, stand, modulo, puesto, galeria, centro comercial, MORDAZA, tienda por departamento , areas comunes o cualquier otra locacion o bien inmueble) Codigo Infraccion MORDAZA previo Monto multa Medida complementaria Clausura definitiva, en el caso del titular. 1.00 Retencion o Retiro, en el caso del cesionario. Clausura transitoria por treinta dias. Clausura definitiva en caso de continuidad (*).

hasta que el acto administrativo tenga la calidad de acto firme, luego de lo cual, podra procederse del mismo modo que en el caso de los perecibles. La Gerencia de Fiscalizacion y Control, a traves de la Subgerencia de Operaciones de Fiscalizacion, en los casos en que sea necesario podra disponer el desecho, la eliminacion o la incineracion de estos bienes. Dicha necesidad debera justificarse en factores de tiempo, estado, condicion u otros de los bienes retenidos, debidamente sustentados. La Gerencia de Fiscalizacion y Control debera adoptar las medidas que MORDAZA necesarias a fin de dejar MORDAZA de la destruccion. Aquellas personas a las que se les MORDAZA impuesto como medida complementaria la retencion, podran solicitar la devolucion de sus bienes, previa cancelacion de la multa correspondiente, para lo cual podran acogerse al beneficio senalado en el articulo 27º de la Ordenanza Nº 984-MML. Precisase que la denominacion "Espacio Publico" comprende las vias publicas y toda area de dominio publico de uso comun". "Articulo 18º.- PROCEDIMIENTO El supuesto infractor tendra un plazo improrrogable de cinco dias habiles, contados desde el dia siguiente en que MORDAZA conocimiento del contenido de la notificacion preventiva, para regularizar y/o subsanar su conducta o efectuar los descargos correspondientes. En uno u otro caso se procedera de la siguiente manera: 1. No habiendose realizado el descargo y transcurrido el plazo senalado, se procedera a emitir la sancion correspondiente, de ser el caso. La autoridad competente podra realizar otras actuaciones que se consideren necesarias para determinar la existencia de la infraccion y la procedencia de la sancion. 2. En caso se MORDAZA producido el descargo, se procedera a la evaluacion de los hechos suscitados, para lo cual se debera evaluar, conjuntamente con el descargo, el acta a que se refiere el articulo 16º, pudiendose disponer otras diligencias que coadyuven a determinar la procedencia o no de la sancion. De verificarse la comision de la conducta infractora, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 20º, de ser el caso. Luego de impuesta la notificacion preventiva, la subsanacion o regularizacion de la conducta MORDAZA lugar al archivo de lo actuado y la conclusion del MORDAZA, solo en aquellos casos en que ello proceda. El acta o el informe que se emita en dicho sentido, constituye el sustento para el archivo de lo actuado. Solo se emitira Resolucion de Sancion, cuando se verifique objetivamente la subsistencia de la conducta infractora, anexando a la misma el informe de la evaluacion de descargo". "Articulo 19.- SUPUESTOS EN LOS CUALES NO CABE NOTIFICACION PREVENTIVA Excepcionalmente, por la gravedad o por la naturaleza de algunas infracciones, estas seran sancionadas sin observar el procedimiento previo a que se refiere el articulo 17º de la Ordenanza Nº 984-MML. Dichos supuestos estaran establecidos en el Anexo I - Tipificacion y Escala de Multas. La imposicion de una sancion sin procedimiento previo, no impide que el administrado interponga los recursos administrativos dentro del termino de Ley". "Articulo 20.- IMPOSICION DE SANCIONES Y EFECTOS DE LA INTERPOSICION DE RECURSOS Constatada la infraccion, la Subgerencia de Operaciones de Fiscalizacion impondra mediante Resolucion de Sancion la multa y la medida complementaria que corresponda, notificandose al infractor. La medida complementaria sera ejecutada por la Subgerencia de Control y Sanciones, a traves de los ejecutores coactivos. La interposicion de un recurso impugnativo no suspendera la ejecucion de la medida complementaria, salvo que se presente alguna de las circunstancias que establece el articulo 216º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el articulo 13º de la Ley 4Nº 26979 ­ Ley de Ejecucion Coactiva, modificada por la Ley Nº 28165.

Realizar actividad economica, como 01-0101 titular o cesionario, sin tener licencia de funcionamiento. Permitir que se desarrolle actividad economica como cesionario, sin que este Descargo 01-0110 cuente con licencia de funcionamiento para cesionario. El titular de la actividad economica que de forma directa o a traves de otras personas o medios, 01-0115 promueva y/o publicite en la via publica sin autorizacion su actividad economica, sea de servicios o intercambio de bienes.

1.00

1.00

Clausura transitoria por treinta dias. Clausura definitiva en caso de continuidad (*).

(*) En estos casos, ademas se comunicara el hecho a la Gerencia de Desarrollo Empresarial para que proceda de acuerdo a sus competencias. LINEA DE ACCION 01: COMERCIALIZACION/ACTIVIDAD ECONOMICA 1.2 COMERCIO O ACTIVIDAD ECONOMICA EN ESPACIOS PUBLICOS Codigo Infraccion MORDAZA previo Monto multa Medida complementaria

Ejercer el comercio o actividad economica, onerosa o gratuita, 01-0201 en espacios publicos sin autorizacion o incumpliendo lo autorizado.

0.10

Retencion

LINEA DE ACCION 02: SALUD Y SALUBRIDAD 2.1 SALUD E HIGIENE Codigo Infraccion MORDAZA previo Monto multa Medida complementaria

No contar con carne de salud o tenerlo 02-0101 Descargo vencido, en los casos que sea exigible. Permitir, promover o favorecer la prostitucion de otra persona y/o la 02-0119 trata de personas en un establecimiento o inmueble.

0.05

10.00

Clausura por ciento ochenta dias. Clausura definitiva en caso de continuidad.