Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2013 (06/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Martes 6 de agosto de 2013

500765
Que, mediante Resolucion Directoral Nº 008-2013EF/50.01 de fecha 23 de MORDAZA de 2013, se aprueba los incentivos para el cumplimiento de las Metas en el MORDAZA del Plan e Incentivos a la mejora de la gestion y modernizacion Municipal para el ano 2013, siendo la Meta 13 la de implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en las viviendas urbanas del Distrito de Moquegua; Que, en el punto 4 MORDAZA parrafo, senala aprobar el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva mediante Decreto de Alcaldia, asi como su actualizacion, si fuera el caso. Lo cual debe de ser publicado de acuerdo a lo establecido en el Articulo 44º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, con Informe Nº 881-2013-SGPH/GPP/GM/ MPMN de fecha 10 de MORDAZA de 2013, la Sub Gerencia de Presupuesto y Hacienda informa al Gerente de Planeamiento y Presupuesto, sobre el Expediente de visto que cuenta con los requisitos minimos para la aprobacion correspondiente, en vista que el Ministerio de Economia y Finanzas ha incluido dentro del Plan de Incentivos de la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, en la Meta 13 en Implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios de las Viviendas Urbanas del Distrito y que para el presente ano se aprobo mediante Resolucion de Alcaldia Nº 208-2013-A/MPMN el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos al 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito, por un monto de S/. 150,000,00 nuevos soles, para lo cual el mencionado Expediente es parte del Programa con Secuencia Funcional 100-9 para el presente ano y es de opinion que continue su tramite para su aprobacion; Que, en uso de las facultades conferidas por Resolucion Directoral Nº 008-2013-EF/50.01 que aprueba los Instructivos para el cumplimiento de Metas en el MORDAZA del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el ano 2013. El Decreto Legislativo Nº 1065 que modifica la Ley Nº 27314 - "Ley General de Residuos Solidos" y que establece como rol de las Municipalidades la "Implermentacion en forma progresiva de los programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion y lo dispuesto en el Inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en las Viviendas Urbanas del Distrito de Moquegua" como parte del MORDAZA de recoleccion de residuos solidos domiciliarios, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- El financiamiento estara en funcion a los recursos determinados del rubro Canon Minero y metas, modificaciones presupuestales correspondientes, con cargo a la Secuencia Funcional 100-09, conforme a la Resolucion de Alcaldia Nº 00208-2013-A/MPMN, con la que se aprueba el Plan de Trabajo denominado "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos al 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito". Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal verificar el cumplimiento de la presente Disposicion Municipal, asi como a los Responsables del Programa aprobado en el Articulo precedente, cumplir todo lo especificado, detallado y especialmente cumplir con el Cronograma de Implementacion del Programa que se detalla en la Pagina 50 del Expediente. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General las publicaciones, tanto en el Diario encargado de las Publicaciones Jurisdiccionales, en los carteles de esta Municipalidad. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, la publicacion del presente Decreto en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Provincial Mariscal MORDAZA - Moquegua. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. COAYLA MORDAZA MORDAZA 970333-1

de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pucusana. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 970480-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA
Aprueban el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en las Viviendas Urbanas del Distrito de Moquegua"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 0009-2013-A/MUNIMOQ MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2013. VISTO, el Informe Nº 0526-2013-SSP-GSC/MPMN emitida por la Sub Gerencia de Servicios Publicos, Informe Nº 241-2013-SGGMA-GDUAAT/GM/MPMN emitida por la Sub Gerencia de Gestion del Medio Ambiente, Informe Nº 0528-2013-SSP-GSC/MPMN emitida por la Sub Gerencia de Servicios Publicos y el Informe Nº 881-2013-SGPH/GPP/ GM/MPMN emitida por la Sub Gerencia de Presupuesto y Hacienda, todo referido al Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios de las Viviendas Urbanas del Distrito de Moquegua. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado en MORDAZA con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomia en la facultad de ejercer actos de Gobierno Administrativo y de Administracion; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y Planes Nacionales y Regionales de Desarrollo; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece en su Articulo 80º que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, el proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicio; Que, mediante Ley Nº 27314 se aprobo la "Ley General de Residuos Solidos", la misma que fue modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, precisando en su Articulo 10º que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestion de residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos solidos similares a estos en todo el ambito de su jurisdiccion, asegurando una adecuada prestacion del servicio de limpieza publica, recoleccion y transporte de residuos en su produccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, prescribe en el eje de politica 2 Gestion Integral de la Calidad Ambiental componente 4 Residuos Solidos, como un lineamiento de politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los Gobiernos Regionales y Locales en materia de Residuos Solidos de ambito Municipal, priorizando su aprovechamiento;