Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2013 (06/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Martes 6 de agosto de 2013

500753

Asignacion de Personal del Ministerio de Salud, el mismo que fue reordenado con Resolucion Ministerial N° 0872013/MINSA, de fecha 26 de febrero de 2013, en el cual, el cargo de Director/a Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplantes, se encuentra calificado como Cargo de Confianza; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 831-2012/ MINSA, de fecha 17 de octubre 2012, se designo al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplantes del Ministerio de Salud; Que, mediante Carta s/n de fecha 15 de MORDAZA de 2013, el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento su renuncia al cargo de Director Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplantes del Ministerio de Salud, al que fuera designado mediante Resolucion Ministerial N° 831-2012/MINSA; Que, con el documento de visto, el Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, emite opinion senalando que, en atencion a lo solicitado por el Senor Viceministro de Salud, procede la aceptacion de renuncia presentada por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Director Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplantes del Ministerio de Salud; Que, asimismo, la citada Oficina General emite opinion precisando que, procede la designacion temporal en el cargo de Director Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplantes del Ministerio de Salud, al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perone, en razon a que se efectua a un profesional contratado bajo el regimen del Contrato Administrativo de Servicios en la citada Organizacion y se encuentra dentro del MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que Regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios; Que, el articulo 11° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y su modificatoria, establece que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variacion de la retribucion o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante; pudiendo ademas quedar sujetos, entre otros, a desempenar cargos de directivos superiores o empleados de confianza, observando las limitaciones establecidas en la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, mediante la accion administrativa de designacion temporal; Que, en ese sentido y con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplantes, es conveniente adoptar la accion de personal que resulte pertinente; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en el literal I) del articulo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el articulo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplantes del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar temporalmente al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA PERONE, profesional contratado bajo el regimen del Contrato Administrativo de Servicios en la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplantes del Ministerio de Salud, las funciones de Director Ejecutivo de la citada Organizacion Nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 970513-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Decreto Supremo que establece normas especiales para el registro de las organizaciones sindicales de trabajadores pertenecientes al sector construccion civil
DECRETO SUPREMO Nº 006-2013-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atencion prioritaria del Estado; Que, la construccion civil es una las principales actividades generadoras de puestos de trabajos a nivel nacional; igualmente, contribuye significativamente con el crecimiento economico del pais; Que, con la finalidad de garantizar la paz social, promover la inversion y garantizar la integridad de empleadores y trabajadores, mediante Resolucion Suprema Nº 173-2012-PCM se constituyo una Comision Multisectorial Temporal para promover medidas de formalizacion laboral y eliminar la violencia en la actividad de la construccion civil; Que, el informe final de la Comision Multisectorial MORDAZA referida, establece que en el sector de la construccion civil han surgido organizaciones conformadas con el unico objeto de lucrar a traves de la extorsion de empleadores y trabajadores del sector; utilizando indebidamente la formalidad sindical y afectando a las organizaciones sindicales representativas; Que, asimismo, se ha constatado que en la actualidad, el sector construccion civil se caracteriza por constituir un MORDAZA de trabajo con altos indices de rotacion laboral y con niveles considerables de informalidad laboral; razon por la cual, se requiere de una atencion especial del Estado y una participacion coordinada de las organizaciones empresariales y sindicales representativas; a fin de institucionalizar el MORDAZA de trabajo y prevenir las conductas delictivas en el sector; Que, desde esta perspectiva, debe tenerse presente que el registro sindical no solo no debe interferir con la actividad sindical sino que debe garantizarla, teniendo informacion que permita, por ejemplo, conocer a las organizaciones sindicales mas representativas; Que, en tal sentido, las disposiciones especiales previstas en esta MORDAZA tienen como objetivo especifico el contar con informacion confiable y actualizada de las organizaciones sindicales de la actividad de construccion civil, asi como, erradicar la violencia en la actividad; De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 29831, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE DECRETA: Articulo 1º.- Ambito de aplicacion La presente MORDAZA regula los requisitos y procedimientos especiales para el registro de las organizaciones sindicales de trabajadores pertenecientes al sector construccion civil; asi como, para la determinacion de su representatividad. A efectos de la presente MORDAZA, es actividad de construccion civil aquella contenida en la Gran Division 5 de la Clasificacion Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas (CIIU), Revision 3. Articulo 2º.- Requisitos para la inscripcion de las organizaciones sindicales del sector construccion civil 2.1 Para su inscripcion en el Registro Sindical, las organizaciones sindicales de primer grado, conformadas