Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2013 (24/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

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Que, al MORDAZA de la normativa vigente, mediante el Expediente Nº 2128769 Contugas S.A.C. solicito la imposicion de derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA sobre un predio de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 11019855 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, correspondiendole las coordenadas geograficas UTM senaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II que forman parte integrante de la presente Resolucion Suprema; Que, Contugas S.A.C. sustenta su solicitud en la necesidad de contar con la infraestructura suficiente para prestar el servicio publico de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos a los diversos usuarios del departamento de Ica, de acuerdo a lo establecido en el Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, suscrito con el Estado Peruano; Que, de la revision de los documentos presentados por Contugas S.A.C. se verifico que los mismos cumplen con los requisitos de admisibilidad establecidos en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, en adelante el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, asi como con los establecidos en el item SH01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 061-2006EM, referido al tramite de solicitud de establecimiento de servidumbres para Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, por lo que se admitio la solicitud de imposicion de servidumbre; Que, considerando que Contugas S.A.C. ha solicitado la imposicion de derecho de servidumbre sobre un predio de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, resulta de aplicacion el Titulo IV del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos; Que, el articulo 96 del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos establece que una vez admitida la solicitud de imposicion de servidumbre, la Direccion General de Hidrocarburos correra traslado al propietario del predio sirviente, adjuntando MORDAZA de la peticion y de los documentos que la sustentan, quien debera exponer su opinion dentro del plazo MORDAZA de veinte (20) dias calendario; Que, Contugas S.A.C., mediante el Expediente Nº 2130618 de fecha 28 de setiembre de 2011, senalo haber agotado todos los medios de negociacion con el propietario del predio materia de servidumbre sin lograr acuerdo alguno, motivo por el cual solicito se proceda con la imposicion de servidumbre sobre el area requerida; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por la empresa Contugas S.A.C. y en cumplimiento de las normas citadas en los considerandos precedentes, la Direccion de Procesamiento, Transporte y Comercializacion de Hidrocarburos y Biocombustibles de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, mediante los Oficios Nos. 422-MEM/DGH-PTC y 4452011-MEM/DGH-PTC de fechas 13 de octubre y 09 de noviembre de 2011, respectivamente, comunico a la citada empresa que, de la revision de los expedientes presentados, observo que no consigno la direccion del propietario del predio sirviente, en ese sentido, tomando en cuenta lo manifestado por la empresa Contugas S.A.C.

Imponen servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de Contugas S.A.C. sobre predio ubicado en el departamento de Ica
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2013-EM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2013 VISTO el Expediente Nº 2128769 de fecha 19 de setiembre de 2011 y sus Anexos Nos. 2130618, 2137975, 2147379, 2171827, 2172547, 2173655, 2195320 y 2215479, presentado por Contugas S.A.C. sobre solicitud de imposicion de derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA sobre un predio de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 11019855 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 046-2008-EM se otorgo a la Sociedad Concesionaria Transportadora de Gas Internacional del Peru S.A.C., actualmente denominada Contugas S.A.C., la Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, en los terminos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesion correspondiente; Que, por Resolucion Suprema Nº 015-2009-EM se aprobo la Primera Clausula Adicional del Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica. Asimismo, por medio de las Resoluciones Supremas Nº 028-2010EM y Nº 016-2011-EM, se aprobaron, respectivamente, la Primera y MORDAZA Adenda a la Primera Clausula Adicional de dicho Contrato; Que, de conformidad con el Anexo 5 del referido Contrato de Concesion, la Sociedad Concesionaria desarrollara las Redes de Distribucion de Gas Natural en el departamento de Ica que incluye la construccion de una Red Troncal y los Ramales requeridos para prestar el servicio en el area de concesion; Que, conforme a lo dispuesto por los articulos 82 y 83 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades de exploracion y explotacion de hidrocarburos, construccion, operacion y mantenimiento de ductos para el transporte de hidrocarburos, asi como la distribucion de gas natural podran gestionar permisos, derechos de servidumbre, uso de agua, derechos de superficie y otro MORDAZA de derechos y autorizaciones sobre terrenos publicos o privados, que resulten necesarios para que lleven a cabo sus actividades; Que, las mencionadas disposiciones establecen que los perjuicios economicos que genere la imposicion de servidumbre deberan ser indemnizados por las personas que los ocasionen; asimismo, contemplan que el Reglamento de la referida Ley establecera los requisitos y procedimientos que permitiran el ejercicio de tales derechos;

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION