Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2013 (24/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

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POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en sesion extraordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime/mayoritario de los senores regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y que los articulos 9, 53, 97 y la Decimo Sexta Disposicion Complementaria, prescriben que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participacion vecinal en la formulacion de los presupuestos participativos; Que,asimismo,laDecimoSextaDisposicionComplementaria establece que las municipalidades determinaran espacios de concertacion adicionales a los previstos en la presente ley y regularan mediante ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, los articulos 18 y 20 de la Ley Nº 27783 de Bases de la Descentralizacion, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de caracter territorial y expresan los aportes y participacion del sector publico y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperacion tecnica internacional; dichas herramientas de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujecion a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, mediante la Ley Nº 28056 MORDAZA del Presupuesto Participativo establece disposiciones que aseguran la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho MORDAZA los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y de la Ley Nº 29298, establece en su Primera Disposicion Final que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, con el proposito de facilitar el desarrollo del MORDAZA participativo, a traves de mecanismos que faciliten la participacion de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprobo el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01., Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, donde se enmarca en MORDAZA enfoque de gestion Publica, en el cual los recursos publicos se asignan, ejecutan y evaluan en funcion a cambios especificos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la poblacion; Que, con Informe Nº 91-2013-GPP/MDJM del 03 de MORDAZA del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto sustenta el cumplimiento de la aprobacion del Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, a efecto de iniciarlo; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina por la procedencia del Reglamento, de conformidad con el ordenamiento legal, a traves del Informe 406-2013-MDJMGAJyRC del 03 de MORDAZA del 2013; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente:

Asociacion Nacional de Scouts Peruanos, hoy Asociacion de Scouts del Peru; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 16666 senala que el nombre, los uniformes, los lemas, las insignias, los distintivos, la literatura, los programas y los metodos utilizados por la Asociacion de Scouts del Peru, quedan garantizados por esta ley. Consecuentemente no podra ser practicado el Escultismo ni utilizadas sus caracteristicas sin previa autorizacion expresa de la citada Asociacion siendo esta el ente rector del movimiento scout en el pais; Que, la Asociacion de Scouts del Peru es una organizacion sin fines de lucro que contribuye a la educacion de los ninos y jovenes peruanos, siendo su introduccion en el MORDAZA como Movimiento Scout por iniciativa del Profesor y Abogado Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA en el ano 1911 y su constitucion como Asociacion en 1913, como un organismo que participa activamente en sin numero de eventos en diferentes partes del MORDAZA, fortaleciendo de esta manera los lazos de amistad entre sus miembros; Que, la mision de la Asociacion de Scouts del Peru es contribuir a la educacion de los ninos y jovenes en un aspecto civico, quienes desarrollan valores, conocimientos y competencias necesarias para ser lideres sociales de alto impacto y asi participar en la construccion de un MORDAZA mejor, en el que las personas se desarrollen plenamente y jueguen un papel constructivo en la sociedad, mision que viene realizando en el MORDAZA desde hace ya un siglo atras, motivo por el cual es preciso reconocer la labor que realiza y ha realizado la Asociacion de Scouts del Peru, en beneficio de nuestra ninez y juventud en el distrito; Que, es la aspiracion de este Concejo MORDAZA, que cada joven que viva en el Movimiento Scout, hombre o mujer, haga siempre todo lo que de el dependa para ser, una persona integra y libre, una persona servidora de los demas, una persona creativa y, una persona espiritual; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y numeral 2.9) del Art Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley No. 27972, con dispensa del tramite de lectura y Aprobacion del acta POR MAYORIA, el Concejo Distrital de Carabayllo aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA DE UTILIDAD Y NECESIDAD PUBLICA LA PRACTICA Y EXPANSION DEL MOVIMIENTO SCOUT EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO
Articulo Primero.- DECLARESE de utilidad y necesidad publica la practica y expansion del Movimiento Scout en el Distrito de Carabayllo, bajo la direccion de la Asociacion de Scouts del Peru, organizacion miembro de la Conferencia Scout Mundial y organo rector del Movimiento Scout Peruano. Articulo Segundo.- FACULTESE al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias pertinentes para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

927892-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo por Resultados del Ano Fiscal 2014
ORDENANZA Nº 407-MDJM
MORDAZA MORDAZA, de 19 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE DISPONE Y REGLAMENTA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR RESULTADOS DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA PARA EL ANO FISCAL 2014
Articulo Primero.- APRUEBASE el Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo por Resultados del Ano