Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2012 (14/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de marzo de 2012

25.03.2010, a un proyecto de edificio multifamiliar en la Urbanizacion Cerros de MORDAZA, en los que resalta la manifestacion textual: "(...) siendo el servicio es restringido hasta que las redes de la Av. Golf Los Incas MORDAZA cambiadas en su totalidad (...)". Del mismo modo en el Certificado de Factibilidad de Servicios Nº 752-0332011/EOMR-S, de fecha 19.07.2011, expresa: "(...) El servicio de agua potable (Sector 296), podra ser atendido en forma provisional (siendo el servicio restringido hasta que SEDAPAL ejecute, recepcione y ponga en servicio las obras de Ampliacion y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable para el Esquema Los Alamos de Monterrico Sectores 296 y 297 en el Distrito de MORDAZA de Surco)... Con relacion a la conexion de agua potable requerida de 25" mm que por la presente le otorgamos, le indicamos que por estar ubicado en el Sector 296 e identificado como MORDAZA critica con relacion al servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado por encontrarse el sector en su MORDAZA capacidad de trabajo, estamos postergando su atencion por el momento, sin embargo esta situacion mejorara, y de requerir la conexion debera gestionar la compra de la conexion de agua potable definitiva, una vez que SEDAPAL MORDAZA ejecutado, decepcionado y puesto en servicio las obras de Ampliacion y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Los Alamos de Monterrico Sectores 296 y 297 en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA y las obras para la Instalacion del Colector de Alivio del Colector Circunvalacion ­ Chorrillos"; Que, asimismo, mediante Carta Nº 750-2011-EOMRS, del 13.05.2011, reiterada con Carta Nº 012-2012EOMR-S, del 03.01.2012, SEDAPAL senala: "(...)debo manifestarle las dificultades que atraviesa para la atencion de la fuerte demanda de agua potable que estos sectores requieren, debido al alto crecimiento y densificacion poblacional, como consecuencia de la construccion de diversas edificaciones multifamiliares, situacion que se agrava teniendo en cuenta la estacion de MORDAZA en la cual se incrementa el consumo. Estamos limitados en nuestra capacidad de atencion (...)"; Que, mediante DS Nº 224632-2011 del 18.07.2011; DS Nº 233243-2011 del 05.10.2011, DS Nº 209144-2011 del 15.03.2011, cursados por los vecinos de la Urb. Cerros de MORDAZA, manifiestan que vienen atravesando graves problemas que hacen imposible la convivencia saludable y armonica de la poblacion, por cuanto para dicha urbanizacion fue proyectada una Habilitacion MORDAZA dotada de servicios para una determinada poblacion, siendo que actualmente existe una proliferacion de construcciones que han ocasionado que el sistema de agua y alcantarillado MORDAZA colapsado, llegando al extremo de interrumpir el abastecimiento de estos servicios; Que, las quejas vecinales tambien han sido expresadas en los diferentes medios de comunicacion, denunciando el problema vehicular, no solo por aumento de los vehiculos que transitan sino porque muchos de estos son vehiculos que transportan material de construccion, soportando las vias mucho mas carga de su resistencia, representando ademas invasion de la via e intensificacion del flujo vehicular en horas punta y en epocas especificas como la escolar, ocasionando un trafico acentuado; Que, es motivo de queja vecinal, el aumento en la densidad poblacional, debido a que los proyectos aprobados son de numerosos niveles o edificios multifamiliares que propician la tugurizacion que manifiestan sufrir, senalando que la causa de este problema es la Ordenanza Nº 736MML, situacion que sumada a la descrita anteriormente constituyen una composicion peligrosa, puesto que resultaria un colapso en el MORDAZA cuando las obras que ya tienen autorizacion se terminen y los edificios que se construyan MORDAZA habitados; Que, con DS Nº 2057132012 del 24.02.2012, doscientos sesenta y un (261) vecinos residentes de la Urbanizacion Cerros de MORDAZA, suscriben un memorial dirigido a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en el que solicitan la inmediata dacion de una Ordenanza que suspenda momentaneamente la recepcion de solicitudes para el otorgamiento de licencias de construccion; se ordene la realizacion inmediata del estudio de impacto vial integral de la zona; la retencion de las licencias de construccion que se encuentran en tramite de aprobacion, hasta que se apruebe la nueva reglamentacion de parametros

para la Urbanizacion Cerros de MORDAZA y gestionar la aprobacion de una nueva Ordenanza Municipal, que considere nuevos parametros de construccion para la zona; Que, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro ha elaborado la propuesta de modificacion de la Ordenanza Nº 736-MML, que aprueba el Reglamento Especial para la MORDAZA de Reglamentacion Especial Laderas de los Cerros de MORDAZA y Club Golf Los Incas Sector IV, asi como el Estudio de Reglamentacion Especial ZRE-G de la mencionada urbanizacion, habiendo realizado previamente una evaluacion integral de la mencionada MORDAZA de Reglamentacion Especial, para concluir proponiendo una modificatoria normativa orientada a preservar la residencialidad de la MORDAZA, a traves de la restriccion en la construccion de conjuntos residenciales multifamiliares en las tres subzonas que componen el sector en mencion, ademas de considerar una adecuacion vial de la Av. Circunvalacion Club Golf Los Incas y las calles transversales aledanas (Amatistas, Zafiros y Rubi); Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2009MSS, desde el 10.03.2009 y hasta la fecha, se encuentra suspendida la recepcion de solicitudes de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios de las Urbanizaciones Cerros de MORDAZA y Club Golf Los Incas (ZRE-A, ZRE-B, ZRE-C); asi como los Lotes 02A, 02-B, 02-C y 02-D de la Urbanizacion Club Golf Los Incas, hasta que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, apruebe el Estudio de Reglamentacion Especial ZRE-G de Cerros de MORDAZA y la propuesta de modificacion de la Reglamentacion Especial Cerros de MORDAZA aprobada por Ordenanza Nº 736-MML, a fin de preservar la alta calidad residencial de las Urbanizaciones Cerros de MORDAZA y Club Golf Los Incas, minimizando el impacto del aumento del trafico vehicular, entre otros aspectos; Que, ante esta situacion, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas mediante Informe Nº 186-2012SGLAU-GDU-MSS, del 17.02.12, expuso la problematica de la Urbanizacion Cerros de MORDAZA respecto a las quejas vecinales, los altos indices de congestion vehicular en la Av. Circunvalacion Club Los Incas y Jr. Los Cerros de MORDAZA en horas punta, la dificultad o inseguridad para la evacuacion ante un desastre natural u ocasionado por la mano del hombre, asi como el declive del abastecimiento del servicio de agua potable y alcantarillado que brinda SEDAPAL, concluyendo que resulta necesario que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA proponga una alternativa de solucion a fin que no siga incrementandose las indicadas consecuencias negativas, en pro del bienestar y seguridad de los vecinos surcanos que habitan en dicha zona; Que, la Subgerencia de Defensa Civil, mediante Informe Nº 065-2012-SGDC-GDU-MSS del 20.02.12, comunica que realizo una evaluacion multidisciplinaria plasmada en el Informe Tecnico Nº 041-2012-SGDC-GDUMSS, en el cual consta que se efectuo una inspeccion ocular en la Urbanizacion Cerros de MORDAZA con fines de verificacion de las condiciones de seguridad en Defensa Civil, comprobando: a) la existencia la existencia de cinco vias de acceso con un ancho efectivo de 6.00 m. aproximadamente, con doble sentido, que serian las unicas vias de evacuacion hacia las zonas bajas del cerro ante cualquier evento adverso; b) no cuentan con zonas seguras externas o puntos de concentracion acondicionados para evacuar; c) las senalizaciones de las obras en construccion no estan debidamente implementadas; d) debido a la gran cantidad de edificaciones existentes y pocas vias de escape, la evacuacion a una futura MORDAZA MORDAZA superaria los tiempos permitidos ante un desastre; e) la cantidad de hidrantes es insuficiente ante el crecimiento de nuevas edificaciones y f) ante un incendio las unidades contra incendio limitarian su accionar por los obstaculos que se presentan (anchos de vias, congestion vehicular, etc.). Asimismo, concluye que desde el punto de vista de Seguridad en Defensa Civil, se aprecia la existencia de un alto indice poblacional que pondria en riesgo la integridad fisica de los ocupantes ante la existencia de un siniestro generado por la naturaleza y/o el hombre; motivo por el cual recomiendan que se haga conocer el contenido del informe, para las acciones del caso;