Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2012 (04/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2012

prestacion de servicios al publico en sus instalaciones sin que interfiera con su normal funcionamiento ni afecte a la seguridad del establecimiento. Para lo cual debera ofrecer los estacionamientos necesarios para los servicios adicionales de acuerdo a lo senalado en el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE). - Establecimiento de venta al publico de Combustible Liquidos derivados de Hidrocarburos, en adelante Grifo: Establecimiento dedicado a la comercializacion de combustibles a traves de surtidores y/o dispensadores, exclusivamente. Puede vender kerosene sujetandose a los demas disposiciones legales sobre la materia. Asimismo, podra vender lubricantes, filtros, baterias, llantas y accesorios para automotores. - Estaciones de Servicios: Establecimiento de venta al Publico de combustibles, dedicado a la comercializacion de combustibles (combustible liquido derivado de Hidrocarburo y/o GLP y/o GNV) a traves de surtidores y/ o dispensadores exclusivamente; y que ademas ofrecen otros servicios en instalaciones adecuadas tales como: a) MORDAZA y engrase, previa construccion de un sistema para la reparacion de solidos y grasas (trampa de solidos y grasas) de acuerdo a la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos. b) Cambio de Aceites y filtros. c) Venta de llantas, lubricantes, aditivos, baterias, accesorios y demas articulos afines d) Cambio, reparacion, alineamiento y balanceo de llantas. e) Trabajos de mantenimiento automotor f) Venta de articulos propios de un mini mercado. g) Venta de Gas Licuado de Petroleo para uso domestico en cilindros, quedando prohibido el llenado de cilindros de gas licuado de petroleo para uso domestico. h) Asimismo podran prestar el servicio de conversion de vehiculos para su funcionamiento con GNV mediante la instalacion de un Taller de Conversion. Estos talleres deberan estar autorizados por el MTC, siempre y cuando no se interfiera con el normal funcionamiento del establecimiento ni afecte la seguridad del mismo. i) Cualquier otra actividad comercial ligada a la prestacion de servicios al publico en sus instalaciones sin que interfiera con su normal funcionamiento ni afecte a la seguridad del establecimiento. Para lo cual debera ofrecer los estacionamientos necesarios para los servicios adicionales de acuerdo a lo senalado en el RNE. 772282-2

Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 377-MDMM, modificada por la Ordenanza Nº 436-MDMM, Ordenanza Nº 472MDMM y Ordenanza Nº 479-MDMM, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de MORDAZA del Mar; Que, mediante Ordenanza Nº 379-MDMM, publicada con fecha 3 de Diciembre de 2008, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad de MORDAZA del Mar; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, publicado el 18 junio del 2004, se aprueban los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las entidades de la Administracion Publica; Que, la propuesta del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y Clasificador de Cargos, se ajusta a los lineamientos de politica de la actual gestion municipal y cuenta con los informes tecnico legales que lo sustentan; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) y 32) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y el Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- DEROGAR la Ordenanza Nº 379-MDMM, y toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Administracion y Finanzas y demas unidades organicas, el cumplimiento de la presente disposicion segun sus competencias. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y al Departamento de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza y Anexo que forman parte integrante de la misma, en la pagina web de la Municipalidad: www.munimagdalena. gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru. gob.pe. Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 772530-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y el Clasificador de Cargos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 500-MDMM MORDAZA, 28 de marzo de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 07 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 025-2012-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 247-2012GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, ambos de fecha 23 de marzo del 2012 y;

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA
Modifican Regimen de Aplicacion de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA - 2011)
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2012-MPH/A MORDAZA, 29 de marzo del 2012.