Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2011 (14/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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la direccion Avenida Ferrocarril Nº 1105, MORDAZA MORDAZA y Prolongacion Ica, provincia de Huancayo; Que, en merito al Informe Nº 43-2011-LIPU-PH-DRCJ/ MC, de fecha 10 de marzo de 2011, la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA senala que la edificacion posee valores arquitectonicos, historicos y sociales suficientes que ameritan su declaracion como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nacion; Que, a traves del Informe Nº 024-2011-DAB-SDRDPHCR/MC, de fecha 23 de marzo de 2011, la Sub Direccion de Registro reviso el expediente presentado y concluye que el inmueble posee valores historico, arquitectonico y de identidad motivo por el cual considera factible la propuesta de declaracion de monumento integrante del patrimonio cultural de la Nacion; Que el inmueble corresponde a una MORDAZA de MORDAZA perteneciente a la arquitectura civil domestica, que posee valor historico, como testimonio de las pocas edificaciones campestres que aun posee la MORDAZA de Huancayo, correspondiente a la MORDAZA decada del siglo XX; valor arquitectonico expresado en la definicion de la sencillez de su forma y MORDAZA de sus espacios, como producto de la funcion de vivienda unifamiliar a la que estuvo destinada y asi como por el estilo eclectico que posee, y el valor de identidad, por ser un referente para la sociedad de Huancayo, toda vez que fue residencia de la familia Raez Patino, algunos de cuyos miembros sobresalieron en la MORDAZA publica de Huancayo; Que, en la Sesion Nº 12, de fecha 07 de MORDAZA de 2011, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 6 donde se propone la declaracion como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion al Monumento ubicado en la Avenida Ferrocarril Nº 1105, MORDAZA MORDAZA y Prolongacion Ica, distrito y provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 02022025 del Registro de Predios de la localidad; Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura, el cual constituye un organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico con pliego presupuestal del Estado. A traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de setiembre de 2010, se aprobo la fusion del Ministerio de Cultura, bajo la modalidad de absorcion, con diversas entidades dentro de las cuales se encuentra el Instituto Nacional de Cultura. La referida MORDAZA contempla que el MORDAZA de fusion para el Instituto Nacional de Cultura concluyo el 30 de setiembre de 2010, por lo que todo procedimiento administrativo posterior a dicha fecha se entendera con el Ministerio de Cultura; Que, por Decreto de Urgencia Nº 066-2010 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 01 de octubre de 2010, se establecieron medidas extraordinarias orientadas a transferir los recursos vinculados al MORDAZA de fusion a favor del Ministerio de Cultura, asi como tambien se establecen disposiciones para garantizar de manera inmediata el adecuado funcionamiento del Ministerio de Cultura. Conforme a lo dispuesto en la Unica Disposicion Complementaria y Transitoria los documentos de gestion del Instituto Nacional de Cultura - INC mantienen vigencia y son de aplicacion en el Ministerio de Cultura hasta la aprobacion de los respectivos documentos de gestion que deberan ser aprobados en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, conforme a lo senalado en el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) esta encargado de realizar una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonios y areas urbanas que por

su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el literal a) del Articulo 14º de la Ley Nº 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; el Decreto de Urgencia Nº 066-2010, que establece que los documentos de gestion del Instituto Nacional de Cultura INC mantienen vigencia y son de aplicacion en el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; el Decreto Supremo Nº 011-2006VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion al Monumento ubicado en la Avenida Ferrocarril Nº 1105, MORDAZA MORDAZA y Prolongacion Ica, distrito y provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 02022025 del Registro de la Propiedad Inmueble ­ Oficina Registral Regional ­ Region MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento a los propietarios, autoridades locales y regionales la presente Resolucion sobre la condicion patrimonial del inmueble indicado en el Articulo 1º, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter cualquier intervencion a realizarse en el inmueble citado en el Articulo 1º de la presente Resolucion, a la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 639277-1

Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumento arqueologico prehispanico ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 499-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 218-2010-SDIC-DA/INC de fecha 25 de enero de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia comunica que se han desarrollado los trabajos para la elaboracion del expediente tecnico del monumento arqueologico prehispanico Mallay Ragaj;