Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2010 (04/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2010

Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico. Por otro lado no se encontro responsabilidad administrativa a MORDAZA MORDAZA Armacanqui MORDAZA, por cuanto no se ha podido comprobar que MORDAZA participado en la distribucion del material educativo, ni MORDAZA negociado la venta del mismo; Que, conforme a lo expuesto, la Comision recomienda, por unanimidad, se declare, no ha lugar a sancion, por no encontrarsele responsabilidad por los hechos materia del MORDAZA, a MORDAZA MORDAZA Armacanqui MORDAZA, sub-director de la Institucion Educativa Nº 3087 "Carlos MORDAZA Fernandini". Asi Tambien recomiendan que la SubGerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad de Los MORDAZA amoneste por escrito a las procesadas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Heine MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA, docentes de la I.E. Nº 3087 "Carlos MORDAZA Fernandini", por cuanto de los actuados, si bien no se ha podido comprobar la responsabilidad sobre la venta de material educativo, existen suficientes elementos probatorios que demuestran responsabilidad sobre el uso de material educativo sin la autorizacion de la Direccion de la Institucion Educativa, ni de la UGEL ­ Nº 02; Estando a lo expuesto, acorde al Memorandum Nº 0682010-MDLO/ALC del despacho de Alcaldia, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 20º, numeral 6, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR NO A LUGAR A INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al SR. MORDAZA MORDAZA ARMACANQUI MORDAZA ­ SUB-DIRECTOR de la INSTITUCION EDUCATIVA Nº 3087 "CARLOS MORDAZA FERNANDINI", conforme a los fundamentos expuestos en la presente. Articulo Segundo.- AMONESTAR POR ESCRITO a las procesadas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA, HEINE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA ­ DOCENTES de la INSTITUCION EDUCATIVA Nº 3087 "CARLOS MORDAZA FERNANDINI", por cuanto de los actuados, si bien no se ha podido comprobar la responsabilidad sobre la venta de material educativo, existen suficientes elementos probatorios que demuestran responsabilidad sobre el uso de material educativo sin la autorizacion de la direccion de la Institucion Educativa, ni de la UGEL ­ Nº 02. Articulo Tercero.- PONER A CONOCIMIENTO de la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE ADMINISTRACION y a la COMISION PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA PARA EL EJERCICIO 2010 ENCARGADA DE CONDUCIR LOS PROCESOS QUE CORRESPONDAN AL PERSONAL DOCENTE DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE BASICA REGULAR DEL AMBITO JURISDICCIONAL DEL DISTRITO DE LOS MORDAZA, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 562267-4

Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al personal docente de las instituciones educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA, Acta de Sesion Ordinaria del primero de Septiembre de 2010, el Memorandum Nº 0632010/MDLO/ALC del despacho de Alcaldia, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 30-2010, de fecha 29 de enero de 2010, modificada con Resolucion de Alcaldia Nº 378-2010, de fecha 04 de agosto de 2010, se resuelve, entre otros, designar a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las Instituciones Educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los Olivos; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 333-2010, de fecha 17 de junio de 2010, se resuelve, entre otros, instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - docente de la Institucion Educativa Inicial Nº 025 "Los Conejitos", por presunta falta administrativa contenida en el inciso k) del Art. 28 del Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, con Informe Nº 060-2010-MDLO/CPPAD 2010 la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al personal docente de las instituciones educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA hace de conocimiento al despacho de Alcaldia de la recomendacion de sancionar a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - docente de la Institucion Educativa Inicial Nº 025 "Los Conejitos", con separacion temporal del servicio por dos (2) meses sin goce de remuneracion.; Que, a traves de la Notificacion Administrativa Nº 095410-MDLO/SG, se le notifico con la Resolucion de Alcaldia Nº 333-2010 a la procesada al domicilio declarado, siendo que este no existia conforme a lo informado mediante Informe Nº 001-2010-MDLO/SGPRC-LLLA que obra en autos. Ante ello, con fecha veinticinco de junio del 2010, la Municipalidad de Los MORDAZA procedio a publicar la Resolucion de Alcaldia Nº 333-2010 en el Diario oficial El Peruano. A pesar de lo mencionado anteriormente, la docente no ejercito su derecho de defensa; Que, de acuerdo al Art. 14º de la Ley del Profesorado, literal a), es deber del docente "desempenar su funcion con dignidad y eficiencia; y con lealtad a la Constitucion, a las Leyes, y a los fines del centro educativo donde sirven"; Que, segun el Art. 194º del Reglamento de la Ley del Profesorado, "el cese por abandono de cargo se produce por ausencia injustificada del profesor durante cinco (05) dias consecutivos al mes o mas de quince (15) dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario"; Que, el Art. 21º del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico senala que es obligacion del servidor publico, entre otras "Concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos". Asimismo, en su Art. 28, califica como falta disciplinaria, entre otras, "Las ausencias injustificadas"; Que, acorde a lo actuado la Comision de Procesos Administrativos, luego de las acciones de su competencia, concluye que se ha verificado que el docente procesado no asistio a cumplir con sus labores en la Institucion Educativa "Jose MORDAZA Quinones", al no haber asistido a cumplir con sus labores en la Institucion Educativa Inicial Nº 025 "Los Conejitos", desde el mes de junio del 2009, encontrando responsabilidad administrativa por haber incurrido en abandono de cargo, segun lo dispuesto en el Art. 194º del Reglamento de la Ley del Profesorado; Que, en consecuencia, recomienda por unanimidad sancionar a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - docente de la Institucion Educativa Inicial Nº 025 "Los Conejitos", con separacion temporal en el servicio por dos (2) meses sin

Sancionan con separacion temporal del servicio a docente de institucion educativa inicial
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 647-2010 Los MORDAZA, 19 de octubre de 2010 VISTOS: El Informe Nº 060-2010-MDLO/CPPAD 2010 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos