Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2010 (20/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2010

Crean el Grupo Tecnico de Analisis del Sector Azucarero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0284-2010-AG MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO Que, el sector azucarero en el Peru es de alta importancia por el rol que cumple en el ambito productivo, en la generacion de empleo y en la seguridad alimentaria del pais; Que, las condiciones de suelo y climaticas del MORDAZA favorecen la productividad del cultivo, obteniendo uno de los mas altos rendimientos productivos a nivel mundial, constituyendose en un sector con alto potencial de desarrollo; Que, los problemas por los que atraviesa este sector son particulares y complejos por lo que requieren analisis adecuados que permitan proponer estrategias especificas para su solucion que puedan contrarrestar los factores internos y externos que impactan negativamente en el MORDAZA nacional y que afectan al consumidor; Que, es preocupacion del Ministerio de Agricultura elaborar estrategias de intervencion acorde a la situacion actual del sector que logren desarrollar la competitividad del sector; Que, la viabilidad y cumplimiento de las estrategias dependen del compromiso de los actores publicos y privados del sector azucarero; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N° 29158 que aprueba la Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto Crease el Grupo Tecnico de Analisis del Sector Azucarero, con el objeto de evaluar y formular propuestas que contribuyan al mejor desempeno de este sector. Articulo 2º.- Conformacion El Grupo Tecnico estara conformado por: Un representante de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura, quien presidira el grupo tecnico. Dos representantes de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura Dos representantes de la Oficina de Estudios Economicos y Estadisticos del Ministerio de Agricultura Dos representantes del Instituto Nacional de Innovacion Agraria. Tres representantes de la Direccion General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura. Un representante de la Asociacion Peruana de Productores de Azucar. Un representante designado de cada empresa productora de azucar. Articulo 3º.- Funciones El Grupo Tecnico tendra las siguientes funciones: 1. Analizar los cambios y hechos de importancia que incidan en el comportamiento del MORDAZA domestico de azucar, a fin de identificar preventivamente situaciones que puedan afectar negativamente a los consumidores o al desempeno del sector azucarero. 2. Proponer la elaboracion de estudios y evaluaciones, para contribuir a solucionar la problematica del sector azucarero. 3. Recomendar las acciones necesarias para contribuir a mejorar las condiciones de produccion del cultivo de cana de azucar y de oferta de azucar al MORDAZA interno, en beneficio de los consumidores. Articulo 4º.- Organizacion La organizacion y funcionamiento del Grupo Tecnico sera definida por sus miembros, adoptando sus acuerdos por mayoria simple.

Articulo 5º.- Vigencia La presente resolucion tendra vigencia hasta el 31 de diciembre del 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 482970-2

Declaran la terminacion del MORDAZA de implementacion de la Autoridad Administrativa de Agua Caplina Ocona que ejercera funcion de primera instancia administrativa
RESOLUCION JEFATURAL Nº 254-2010-ANA MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, las Administraciones Locales de Agua ejercen funciones de primera instancia administrativa hasta que se implementen las Autoridades Administrativas del Agua; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 546-2009-ANA, se aprobo la delimitacion de los ambitos territoriales de los catorce (14) organos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua, entre ellos la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocona; Que, con Resolucion Jefatural Nº 049-2010-ANA, se designo al funcionario que se encargara de las funciones de la Direccion de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocona; Que, por Resolucion Jefatural Nº 050-2010-ANA, se dispuso que las Administraciones Locales de Agua del ambito de la Autoridad Administrativa del Agua CaplinaOcona continuen ejerciendo la funcion de primera instancia administrativa, por un plazo de sesenta dias computados a partir de la publicacion de dicha resolucion, plazo en el que se deberia concluir con el MORDAZA de implementacion de la citada Autoridad Administrativa del Agua; Que, habiendose designado al Director de la Autoridad Administrativa de Agua Caplina-Ocona y cumplido con implementar la precitada Autoridad, resulta necesario dictar disposiciones que conlleven a la operatividad de la precitada Autoridad, a fin de que esta ejerza la funcion de primera instancia administrativa en el ambito de su jurisdiccion; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, con el visto de la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos y de la Secretaria General y, en uso de la facultad conferida por la Ley de Recursos Hidricos ­ Ley N° 29338. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar la terminacion del MORDAZA de implementacion de la Autoridad Administrativa de Agua Caplina-Ocona, la que a partir de la entrada en vigencia de la presente resolucion ejercera la funcion de primera instancia administrativa en su ambito jurisdiccional. Articulo 2°.- Disponer que las Administraciones Locales de Agua del ambito de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocona, remitan los expedientes administrativos con sus respectivos informes a la citada Autoridad para la prosecucion del tramite correspondiente con arreglo a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 482599-1