Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2009 (27/07/2009)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

399769

Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 376903-11

de agosto de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 21º inciso d), 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor HERADIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Juez Instructor de la Provincia de Canchis, Distrito Judicial de MORDAZA ­ MORDAZA de Dios. Segundo.- Expedir el titulo a favor del doctor HERADIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Penal Liquidador de MORDAZA, Distrito Judicial de Arequipa. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA GARDELLA Presidente 376192-1

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen expedir titulo de Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Penal Liquidador de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 354-2009-CNM MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2009 VISTA: La solicitud del doctor Heradio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentada el 14 de MORDAZA de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por mandato constitucional es el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que los acredite como magistrados, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el doctor Heradio MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante escrito presentado el 14 de MORDAZA de 2009, solicita la expedicion de MORDAZA titulo de Juez Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al haber sido trasladado mediante Resolucion Administrativa Nº 096-2002-CE-PJ del 5 de MORDAZA de 2002 expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM y publicado en el Diario Oficial El Peruano del 6 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendra en cuenta la informacion que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Publico, sobre el cuadro de asignacion de personal y presupuesto analitico de personal, asi como la correspondiente resolucion que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Oficio Nº 4468-2009-CE-PJ del 25 de junio de 2009, adjunta MORDAZA del Oficio Nº 984-2009-PCSJAR/PJ (108-CE) del 18 de junio de 2009 remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante el cual informa que el doctor Heradio MORDAZA MORDAZA MORDAZA ostenta la plaza de Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Penal Liquidador de Arequipa; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion del 24

Disponen expedir titulo de Juez del Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 355-2009-CNM MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Oficio Nº 2952-2008-CE-PJ del 22 de MORDAZA de 2008, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por mandato constitucional es el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que los acredite como magistrados, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Oficio Nº 2952-2008-CE-PJ del 22 de MORDAZA de 2008, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 083-2008-CE-PJ del 3 de MORDAZA de 2008, que declara fundada la solicitud de traslado por razones de unidad familiar presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torreblanca, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de Aplao, Distrito Judicial de MORDAZA, en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquia de la MORDAZA de MORDAZA, comprension de la Corte Superior de Justicia del mismo nombre; Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM y publicado en el Diario Oficial El Peruano del 6 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendra en cuenta la informacion que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Publico, sobre el cuadro de asignacion de personal y presupuesto analitico de personal, asi como la