Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2009 (29/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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permitiran superar el deficit de la Balanza Comercial de Hidrocarburos por los volumenes de petroleo que vienen siendo importados para abastecer la demanda interna del pais; Que, el desarrollo del proyecto del Lote 67 permitira que el MORDAZA pueda utilizar el petroleo pesado como fuente energetica, posibilitando alcanzar la independencia energetica de la Republica del Peru, asi como la utilizacion de nuevas tecnologias para la extraccion, procesamiento y transporte de crudo pesado en el pais; Que, asimismo, dicho proyecto convertira al Peru en un MORDAZA exportador neto de petroleo, asi como posibilitara alcanzar opciones mas convenientes para el MORDAZA interno, lo cual generara una mayor productividad, contando con servicios mas competitivos, tanto para el MORDAZA interno como para la exportacion; Que, por la dimension e implicancias del mencionado proyecto, resulta necesario que las entidades publicas presten su colaboracion para su prioritaria realizacion, lo cual beneficiara al desarrollo nacional, mejorando la balanza comercial y comprometiendo en su ejecucion recursos humanos, tecnicos y economicos de caracter multisectorial; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º y con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de necesidad e interes nacional Declarese de necesidad e interes nacional, el desarrollo del proyecto del Lote 67. Articulo 2º.- Apoyo e informacion necesaria para el proyecto del Lote 67 Las entidades de los distintos niveles de gobierno, brindaran el apoyo y la informacion necesaria, con el fin de lograr la ejecucion del proyecto de desarrollo del Lote 67. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 342215-1

Plan Maestro de Implementacion de la Television Digital Terrestre en el Peru, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la cual esta integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de la Produccion; Que, mediante el documento de vistos, el Viceministro de MYPE e Industria propone a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados y MORDAZA MORDAZA Apoloni MORDAZA, Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, como representantes Titular y Alterno, respectivamente, del Ministerio de la Produccion ante la Comision Multisectorial a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 082-2009-PCM; Que, en atencion a lo expuesto, corresponde dictar el acto de administracion que formalice las designaciones propuestas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el literal g) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; Con el visado del Viceministro de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA APOLONI MORDAZA, como representantes Titular y Alterno, respectivamente, del Ministerio de la Produccion ante la Comision Multisectorial Temporal encargada de formular recomendaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para la elaboracion del Plan Maestro de Implementacion de la Television Digital Terrestre en el Peru. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion 342119-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 013-2009-PRODUCE Mediante Oficio Nº 251-2009-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 013-2009-PRODUCE, publicado en nuestra edicion del dia 17 de MORDAZA de 2009. En el Articulo 1º

PRODUCE
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante Comision Multisectorial Temporal constituida mediante la R.S. Nº 082-2009-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 182-2009-PRODUCE MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2009 VISTOS: El Memorando Nº 356-2009-PRODUCE/DVMYPEI, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y el Informe Nº 113-2009-PRODUCE/OGAJ-nkics, de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 082-2009PCM, se constituyo la Comision Multisectorial Temporal encargada de formular recomendaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para la elaboracion del

DICE: "98. No dar aviso (fax o correo electronico) de arribo a puerto con dos (02) horas de anticipacion a la empresa Certificadora/Supervisora designada por el Ministerio de la Produccion para el control del LMCE." DEBE DECIR: "98. No dar aviso anticipado (fax o correo electronico), a la empresa certificadora/supervisora encargada de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ambito Maritimo, del arribo a puerto de una embarcacion dentro del regimen de los LMCE". DICE: "103. Efectuar pagos por recursos hidrobiologicos a personas naturales o juridicas que no MORDAZA titulares del permiso de pesca de la embarcacion pesquera." DEBE DECIR: "103. Efectuar pagos por recursos hidrobiologicos a personas naturales o juridicas que no MORDAZA titulares del permiso de pesca de la embarcacion pesquera o que no esten debidamente acreditadas para ello."