Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2009 (07/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
ANEXO I

El Peruano MORDAZA, martes 7 de MORDAZA de 2009

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban "Lineamientos para la Aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 040-2009" y la metodologia para la elaboracion de indices de distribucion de los recursos provenientes de la emision y colocacion de Bonos Soberanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 179-2009-EF/75

LINEAMIENTOS PARA LA APLICACION DEL D.U. N° 040-2009 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1°.- Objetivo Establecer lineamientos para la aplicacion del Decreto de Urgencia N° 040-2009 (D.U. N° 040-2009), mediante el cual se autoriza la emision de Bonos Soberanos durante el Bienio 2009-2010, para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica (PIP) a cargo de los Gobiernos Regionales. Articulo 2°.- Base Legal

MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Plan de Estimulo Economico, a traves del Decreto de Urgencia N° 028-2009 y su modificatoria, el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, se dictaron Medidas Para Facilitar el Acceso de los Gobiernos Regionales al Financiamiento de Proyectos de Inversion a traves del Endeudamiento Publico durante el Bienio 2009-2010; Que, mediante el citado Decreto de Urgencia Nº 0402009, se autorizo al Gobierno Nacional a emitir bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en uno o varios tramos, durante el bienio 2009 - 2010, y que se destinara a financiar proyectos de inversion publica, a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, conforme al numeral 3.2 del Articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 040-2009, mediante resolucion ministerial se dictaran las disposiciones que se requieran para implementar lo referido a la MORDAZA por parte de los Gobiernos Regionales de los expedientes tecnicos o estudios definitivos de los proyectos de inversion a ser financiados con los recursos provenientes de la citada emision de bonos soberanos; Que, asimismo, el numeral 4.1 del Articulo 4º del aludido dispositivo legal establece que el indice de distribucion a ser utilizado para asignar a cada Gobierno Regional los recursos provenientes de la emision de bonos soberanos mencionada en el MORDAZA considerando de esta MORDAZA, sera aprobado mediante resolucion ministerial de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto de Urgencia Nº 040-2009; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Apruebense los "Lineamientos para la Aplicacion del Decreto de Urgencia N° 040-2009", que como Anexo I forma parte integrante de la presente MORDAZA legal. Articulo 2°.- Apruebese la metodologia para la elaboracion de los indices de distribucion de los recursos provenientes de la emision y colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA del Decreto de Urgencia N° 0402009, cuyo texto forma parte integrante de esta resolucion ministerial como Anexo A. Articulo 3°.- Apruebense los indices de distribucion de los recursos provenientes de la emision y colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA del Decreto de Urgencia N° 040-2009, los mismos que han sido elaborados sobre la base de la metodologia aprobada en el articulo precedente y que forman parte de integrante de esta MORDAZA legal como Anexo B. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas · Decreto de Urgencia N° 040-2009. · Ley N° 28563 - Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modificatorias. · Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. · Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo. Articulo 3°.- Ambito de Aplicacion. Los lineamientos contenidos en el presente documento son aplicables a los Gobiernos Regionales.
CAPITULO II DE LA ASIGNACION DE RECURSOS

Articulo 4º.- Procedimiento de Distribucion 4.1. La distribucion de los S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) provenientes de la emision interna de Bonos Soberanos a que se refiere el Articulo 1° del D.U. N° 0402009, se efectuara utilizando la metodologia descrita en el Anexo A de la Resolucion Ministerial que aprueba los presentes Lineamientos. 4.2. El Ministerio de Economia y Finanzas (MEF) comunica por escrito a cada Gobierno Regional el monto de financiamiento que le corresponde de acuerdo con los indices de distribucion establecidos en el Anexo B de la Resolucion Ministerial que aprueba los presentes Lineamientos.
CAPITULO III DE LA EMISION Y COLOCACION DE BONOS SOBERANOS

Articulo 5°.- Destino Los recursos provenientes de la emision y colocacion de los Bonos Soberanos efectuada al MORDAZA del D.U. N° 040-2009, se destinan a financiar los PIP referidos a la ejecucion de obras de infraestructura para saneamiento (agua y desague), irrigacion, salud, transporte y energia, a cargo de los Gobiernos Regionales. Articulo 6º.- De la Documentacion Sustentatoria 6.1. Para acceder al financiamiento de los PIP en el MORDAZA del D.U. N° 040-2009, los Gobiernos Regionales deben presentar a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico (DNEP) del MEF: a) Solicitud del Presidente Regional; y b) Expediente tecnico o estudios definitivos del respectivo PIP declarado viable por su Oficina de Programacion e Inversion (OPI), adjuntando el correspondiente cronograma de ejecucion estimado. 6.2. El monto del financiamiento de los PIP que presente cada Gobierno Regional con cargo a los Bonos Soberanos emitidos y colocados en el MORDAZA del D.U. N° 040-2009, no puede exceder el monto informado por el MEF conforme a lo establecido en el Articulo 4° anterior.