Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2009 (07/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 7 de MORDAZA de 2009

EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: Los Informes Nºs. 253 y 105-2009SGPUC-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Memorandum Nº 130-2009GSP-MSS de la Gerencia de Sistemas y Procesos, el Informe Nº 118-2009-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 367-2009-GAJMSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre el Proyecto del Decreto de Alcaldia que modifica el numeral 12.3 del Articulo 12º del Decreto de Alcaldia Nº 07-2006-MSS, precisado por el Decreto de Alcaldia Nº 12-2006-MSS; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; senalando adicionalmente, en el Articulo 195º, que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de municipalidades, establece que las municipalidades, como organos de gobierno local, tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 74º de la Ley MORDAZA acotada, establece que las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion, fiscalizacion y control, en las materias de sus competencia; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 912 aprobo el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo de un Sector del Distrito de MORDAZA de MORDAZA del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; disponiendo en el Articulo 8º, que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en estricta sujecion a las normas aprobadas por la mencionada Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros, Tamano Minimo de Departamentos y Otros para su aplicacion en la jurisdiccion distrital; Que, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA dando cumplimiento a la MORDAZA metropolitana, expide el Decreto de Alcaldia Nº 07-2006-MSS publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20.07.2006 que aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al Distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 12-2006MSS publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18.12. 2006, se precisa diversos Articulos del Decreto de Alcaldia Nº 07-2006, entre ellos el Articulo 12.3, referido a Lote minimo con fines de habilitacion o subdivision (m2) del Cuadro de Parametros Urbanisticos y Edificatorios; Que, con Informe Nº 105-2009-SGPUC-GDU-MSS la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro indica que despues de haber evaluado la MORDAZA denominada Area de Tratamiento Normativo IIIA, se hace necesario modificar el Cuadro de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, en lo referente a los porcentajes de area de lote minimo, para casos de habilitacion MORDAZA o subdivision de lotes; por cuanto, se ha verificado que han transcurrido mas de dos anos de haberse emitido el Decreto de Alcaldia Nº 072006-MSS, precisado por Decreto de Alcaldia Nº 122006-MSS y, no se ha habilitado las zonas rusticas calificadas con zonificacion RDMB (Residencial de Densidad Muy Baja); toda vez, que dichos terrenos cuentan con topografia accidentada;

Que, siendo una politica permanente del Gobierno Local brindar facilidades a los vecinos surcanos y promover las habilitaciones urbanas en el distrito, se hace necesario modificar el Articulo 12.3 de la MORDAZA MORDAZA indicada; por cuanto, no se modifica el contexto paisajistico de la MORDAZA, debiendo considerarse de la siguiente forma: Lote Minimo con fines de habilitacion o subdivision (m2) : De 1,500 m2 20% Minimo De 1,000 m2 50% MORDAZA De 2,000 m2 Saldo que podran ser de uso de dos unidades de Vivienda como maximo; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Decretos de Alcaldia se reglamentan entre otros asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que, el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, establece que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas en el Diario Oficial El Peruano o en el MORDAZA Electronico, hecho que ha sido efectuado por esta Comuna, conforme se desprende de lo senalado por la Gerencia de Sistemas y Procesos en el Memorandum Nº 130-2009-GSP-MSS, no habiendose recibido comentarios u opiniones sobre dicha propuesta conforme lo indica la Subgerencia de Planeamiento y Catastro en el Informe Nº 2532009-SGPUC-GDU-MSS; Estando al Informe Nº 118-2009-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, e Informe Nº 367-2009GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica; En uso de las facultades establecidas en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de las Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR el Numeral 12.3 del Articulo 12º del Decreto de Alcaldia Nº 07-2006MSS precisado por Decreto de Alcaldia Nº 12-2006MSS, referido al rubro de Lote minimo con fines de habilitacion o subdivision (m2) del Cuadro de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, el cual quedara establecido de la siguiente manera: Lote Minimo con fines de habilitacion o subdivision (m2): De 1,500 m2 20% Minimo De 1,000 m2 50% MORDAZA De 2,000 m2 Saldo que podran ser de uso de dos unidades de Vivienda como maximo. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldia, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente norma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA
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