Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2008 (17/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Los articulos 24º y 25º de la MORDAZA senalada, disponen lo siguiente:

"Articulo 24º De la Factibilidad de Servicios Basicos. La Factibilidad de Servicios Basicos en los terrenos ocupados por posesiones informales a las que se refiere el articulo 3º de la presente Ley se otorgara previo Certificado o MORDAZA de Posesion que otorgara la municipalidad de la jurisdiccion. El Reglamento establecera los requisitos para el otorgamiento de los Certificados a que hace mencion el parrafo anterior".

simple del Certificado o MORDAZA de Posesion emitida por la Municipalidad de la circunscripcion territorial correspondiente. Dichos documentos no deberan tener mas de seis (6) meses de expedidos" Al respecto, debemos senalar que es necesario adecuar el Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, por lo que se recomienda la modificacion del numeral 10.2 del Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento. V. SOLUCION PROPUESTA Por tanto, se propone modificar el articulo 10.2 del Reglamento de Calidad de la Prestacion de los Servicios de Saneamiento, en el sentido siguiente: "Articulo 10.- Sujetos que pueden solicitar el acceso a los servicios Pueden solicitar el acceso a los servicios de saneamiento, con la finalidad de contar al menos, con una conexion domiciliaria de agua potable o alcantarillado sanitario, las siguientes personas, a quienes se denominara el Solicitante: (...) 10.2.- Los poseedores informales, de conformidad con lo establecido en la normativa sobre formalizacion de la propiedad informal, deben adjuntar MORDAZA simple del Certificado o MORDAZA de Posesion emitida por la Municipalidad de la circunscripcion territorial correspondiente. Dichos documentos tendran vigencia hasta la efectiva instalacion de los servicios basicos en el inmueble descrito en dicho Certificado o Constancia". VI. IMPACTO ESPERADO Con la adecuacion del articulo 10.2 del Reglamento de Calidad se eliminan los costos adicionales para la actualizacion de la MORDAZA o Certificado de Posesion, facilitando a los pobladores de menores recursos el acceso a los servicios basicos de agua y alcantarillado, en el MORDAZA de las politicas sectoriales del Estado y al Programa Agua para Todos.
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"Articulo 25º Autorizan a EPS otorgar Factibilidad de Servicios. Autorizase a las empresas prestadoras de servicios publicos para que a merito del Certificado o la MORDAZA de Posesion extendida por la respectiva municipalidad de la jurisdiccion, otorguen la Factibilidad de Servicios a los ocupantes de posesiones informales a que se refiere el articulo 16º de la presente Ley, conforme a los requisitos que se establezcan en el reglamento" Al respecto, debemos senalar que la Ley delega al Reglamento, los requisitos para el otorgamiento de los Certificados o Constancias de Posesion expedidos por la Municipalidad. 4.2. Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, Reglamento de los Titulos II y III de la Ley Nº 28687. El articulo 28º del Decreto Supremo indicado, establece lo siguiente: "Articulo 28º.- Requisitos para el otorgamiento del Certificado o MORDAZA de Posesion. Para que la municipalidad distrital o provincial, cuando corresponda, emita el Certificado o MORDAZA de Posesion, el o los interesados deberan presentar, unica y exclusivamente, los siguientes documentos: 1.- Solicitud simple indicando nombre, direccion y numero de D.N.I. 2.- MORDAZA de D.N.I. 3.- Plano simple de ubicacion del predio. 4.- Acta de verificacion de posesion efectiva del predio emitida por un funcionario de la municipalidad distrital correspondiente y suscrita por todos los colindantes del predio o acta policial de posesion suscrita por todos los colindantes de dicho predio.

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el "Plan Concertado de Lucha Contra la Pobreza y Desnutricion en Madres Gestantes, Ninos y Ninas Menores de 5 anos de la Region MORDAZA 2009-2021"
ORDENANZA REGIONAL Nº 027-2008-GRL-CR

El Certificado o MORDAZA de Posesion tendra vigencia hasta la efectiva instalacion de los servicios basicos en el inmueble descrito en dicho Certificado o Constancia". En dicho sentido, el Reglamento de la Ley Nº 28687 dispuso que el Certificado o MORDAZA de Posesion expedido por la municipalidad correspondiente, tenga vigencia hasta la efectiva instalacion de los servicios basicos en el inmueble. 4.3. Resolucion de Consejo Directivo Nº 011-2007SUNASS-CD, Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento. "Articulo 10.- Sujetos que pueden solicitar el acceso a los servicios Pueden solicitar el acceso a los servicios de saneamiento, con la finalidad de contar al menos, con una conexion domiciliaria de agua potable o alcantarillado sanitario, las siguientes personas, a quienes se denominara el Solicitante: (...) 10.2.- Los poseedores informales, de conformidad con lo establecido en la normativa sobre formalizacion de la propiedad informal, debiendo adjuntar MORDAZA

MORDAZA MORDAZA, 9 de octubre de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Consejo de fecha 9 de octubre de 2008, aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: