Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2008 (05/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de noviembre de 2008

y alimentacion, seran sufragados por el Centro de Transporte Sustentable de Mexico y por el Ing. MORDAZA MORDAZA Abuhadba, Gerente de Transporte MORDAZA y Circulacion Vial. Articulo 3º.- Encomendar a la Sub Gerencia de Relaciones Publicas y Prensa, la publicacion del presente Acuerdo Municipal en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y hagase saber. MORDAZA BALBUENA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 272790-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILLO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de asesoria y consultoria en fiscalizacion, determinacion y cobranza de deudas tributarias y no tributarias
ACUERDO DE CONCEJO Nº 19-2008/SE-MDQ Quillo, 27 de septiembre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILLO VISTO; El Informe Nº 065-2008-MDQ-GAD, Informe Nº 982008-MDQ-AL; la Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, sobre la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios de una personeria juridica a fin de que brinde Asesoria y Consultoria Tecnica Legal y Apoyo Logistico en Fiscalizacion, determinacion y cobranza de deudas en materia tributarias y no tributarias pendientes de pago de la Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, con Informe Nº 065-2008-MDQ-GAD la Gerencia de Administracion de la Municipalidad, hace saber a la Gerencia Municipal que, resulta provechoso la contratacion bajo la modalidad de Servicios Personalisimos de la Empresa Making Servicios Generales SAC, empresa en asesoria y consultoria en fiscalizacion, determinacion y cobranza de deudas tributarias y no tributarias; Que, con Informe Nº 98-2008-AL-MDQ el area de asesoria legal de la Municipalidad opina que, conforme a lo expresado en el informe de la Gerencia de Administracion Municipal, la empresa Empresa Making Servicios Generales SAC, acredita objetivamente su especializacion y experiencia para satisfacer el servicio que esta Municipalidad demanda para materializar la recaudacion de las deudas tributarias y no tributarias; Que, conforme a los informes de vistos, se ha visto por conveniente la seleccion de una empresa juridica a efectos que brinde los servicios de asesoria y consultoria en fiscalizacion, determinacion y cobranza de deudas tributarias y no tributarias; Que, el inciso f) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que, las contrataciones de servicios personalisimos se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion, debiendo aprobarse tales exoneraciones

mediante Acuerdo del Concejo Municipal conforme lo senala el articulo 20 de la precitada norma; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 145 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, procede la exoneracion se servicios personalisimos cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, procediendo a contratar con personas naturales o juridicas notarialmente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad, permitan sustentar de modo razonable e indubitable su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, el 145 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion requiere obligatoriamente de uno o mas informes que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad que la exoneracion; Que, asi mismo el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece el procedimiento al cual debe someterse tales contrataciones, precisandose que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debe realizarse mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas; Que, a lo expuesto en los citados informes justifica tecnica y legalmente la procedencia y necesidad de la contratacion de la citada empresa mediante exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, cumpliendose asi con lo previsto en el literal f) del articulo 19 y 20 de la ley y en los articulos 145 al 148 de su Reglamento que permite la contratacion de personas naturales o juridicas, bajo el supuesto de servicios personalisimos; Que, segun lo dispuesto en el mencionado articulo 20 de la ley y el articulo 147 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el acuerdo de concejo que aprueba la exoneracion debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias siguientes a su emision y adicionalmente debera ser publicado en el SEACE; Estando a lo dispuesto en el articulo 20 inciso 3) y articulo 41 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972 y estando al acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria de la fecha Organica de Municipalidades. SE ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion de una empresa que brinde asesoria y consultoria en fiscalizacion, determinacion y cobranza de deudas tributaria y no tributarias, bajo la modalidad de servicios personalisimos. Articulo Segundo.- AUTORIZA a la Gerencia Municipal la contratacion de la Empresa Making Servicios Generales SAC, para efectuar los servicios de asesoria y consultoria en fiscalizacion, determinacion y cobranza de deudas tributarias y no tributarias a favor de la Municipalidad, la contratacion sera hasta la cobranza efectiva e ingresando los montos recaudados a la oficina de tesoreria de la Municipalidad Distrital de Quillo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad remita MORDAZA del presente acuerdo y de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE dentro de los plazos establecidos por ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 272751-1