Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2008 (05/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

ECONOMIA Y FINANZAS
Modificacion del Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal
DECRETO SUPREMO Nº 128-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27245, modificada por la Ley Nº 27958, se dicto la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal; Que, el articulo 12º de la Ley Nº 27958 dispuso que el Ministerio de Economia y Finanzas, presentara con el proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Publico, a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta General de la Republica y de Economia, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la Republica, una evaluacion del sistema tributario, debiendo contener, entre otra informacion, un estudio sobre el rendimiento de cada tributo; un estudio sobre la cuantificacion fiscal de los gastos tributarios; un estudio sobre la evasion y la elusion tributaria y el contrabando; y, un plan de trabajo de los entes encargados de recaudar impuestos orientados a mejorar la recaudacion; Que, el articulo 20º del Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 151-2004-EF, senala que la SUNAT debera remitir al Viceministerio de Economia, MORDAZA del 15 de agosto de cada ano, una evaluacion del rendimiento de cada tributo, de la cuantificacion y significacion fiscal de los gastos tributarios y de la evasion y elusion tributaria y contrabando, las mismas que seran remitidas junto con el Proyecto de la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico a las Comisiones mencionadas en el articulo 12º de la Ley Nº 27958; Que, es necesario modificar el articulo 20º del Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal a fin de aclarar la participacion de la SUNAT en el cumplimiento de lo dispuesto por las normas MORDAZA citadas; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal Modifiquese el articulo 20º del Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 151-2004-EF, por el siguiente texto: "Articulo 20º.- Evaluacion del Sistema Tributario Para efecto de la elaboracion y MORDAZA de la evaluacion sobre el Sistema Tributario a que se refiere el articulo 12º de la Ley Nº 27958, la SUNAT debera remitir al VME, MORDAZA del 28 de febrero de cada ano, la informacion que por Resolucion Ministerial se disponga anualmente, conducente a la elaboracion de los estudios a que se refieren los literales a), b), c) y e) de dicho articulo por parte de la Direccion General de Politica de Ingresos Publicos del citado VME, asi como los proyectos de ley que considere necesarios para mejorar la recaudacion." Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas 273970-1

Conforman Comision de Evaluacion encargada de evaluar y proponer al Presidente de la Republica los mejores candidatos para ejercer el cargo de Contralor General de la Republica
RESOLUCION SUPREMA Nº 311-2008-PCM MORDAZA, 4 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 82º de la Constitucion Politica del Peru, el Contralor General de la Republica es designado por el Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete anos; Que, el numeral 1 del articulo 101º de la Constitucion Politica precisa que es atribucion de la Comision Permanente del Congreso de la Republica, designar al Contralor General, a propuesta del Presidente de la Republica; Que, por la alta funcion que corresponde al Contralor General, es necesario que dicho cargo sea ejercido por un ciudadano que cuente con las mas altas cualidades eticas y profesionales; Que, se encuentra pendiente la propuesta de designacion del Contralor General por lo que se ha considerado conveniente conformar una Comision de Evaluacion que se encargara de evaluar y presentar la lista final de candidatos al Presidente de la Republica para que este, a su vez, cumpla con presentar la propuesta de designacion del Contralor General de la Republica al Poder Legislativo; De conformidad con los articulos 82º y 101º numeral 1 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27785, Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar una Comision de Evaluacion que en el plazo de 10 dias, se encargara de evaluar y proponer al Presidente de la Republica los mejores candidatos para ejercer el cargo de Contralor General de la Republica. Articulo 2º.- La Comision de Evaluacion estara integrada por los siguientes profesionales: - Sr. MORDAZA MORDAZA Webb Duarte, quien la presidira; - Sra. MORDAZA Blondet Montero; - R.P. MORDAZA MORDAZA Garatea Yori; y, - Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dibos Articulo 3º.- La Comision de Evaluacion determinara los procedimientos a seguir para el mejor cumplimiento de su funcion. Articulo 4º.- Para garantizar el adecuado ejercicio de sus funciones, la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros apoyara administrativamente a la Comision de Evaluacion a fin de asistirla en las tareas propias de la convocatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 273972-1