Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2008 (09/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que la Direccion General de Aeronautica Civil debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil designados mediante Informe Nº 041-2008-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nº 354-2008-MTC/12.04 y 355-2008MTC/12.04; Que los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa unica de aeropuerto, seran asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto;

Que, mediante Certificacion de Credito Presupuestario Nº 00088, del 15 de febrero de 2008, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion otorgo asignacion de recursos para el viaje materia de la presente Resolucion; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes de inspecciones tecnicas de vigilancia de los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran entre el 01 y el 12 de MORDAZA de 2008, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 041-2008-MTC/12.04 y Nº 083-2008MTC/12. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

ANEXO RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS DEL 01 AL 12 DE MORDAZA DE 2008 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 041-2007-MTC/12.04 Y Nº 083-2008-MTC/12
ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) US$ 1,000.00 US$ 30.25 SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE

354-2008-MTC/12.04

01-Abr 05-Abr

MTC

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

Buenos Aires

355-2008-MTC/12.04

07-Abr 12-Abr

US$ 1,100.00 US$ 30.25

MTC

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

Miami

Inspecciones tecnicas de las estaciones de las empresas Lan Peru S.A., Taca Peru S.A.y Cielos del Peru S.A. en la MORDAZA MORDAZA de Buenos Aires, como parte del programa de vigilancia de las operaciones aereas internacionales. Inspecciones tecnicas de las estaciones de las empresas Lan Peru S.A., Taca Peru S.A.e Inspeccion de sub base EUA de Cielos del Peru S.A. Como parte del programa de vigilancia de las operaciones aereas internacionales.

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