Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2008 (18/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de junio de 2008

MORDAZA de la respectiva solicitud no cuenten con concesion interprovincial." Que, asimismo, es necesario precisar que en el Informe Nº 5349-2007-MTC/15.02.2 que sustento la expedicion de la Resolucion Directoral Nº 13244-2007-MTC/15, se concluyo que la ruta: Juliaca-Puerto MORDAZA y viceversa, no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta mediante el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 032-2002-MTC, precisada en la Decimo Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 0092004-MTC y en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC; Que, son aplicables al presente caso los Principios de Informalismo, Presuncion de Veracidad y Privilegio de Controles Posteriores, establecidos en el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores, procede declarar fundado en parte el presente recurso impugnativo y otorgar a La Empresa la concesion de ruta: Juliaca-Puerto MORDAZA y viceversa, con los vehiculos de placas de rodaje UO-2873, UQ-1131, UI-8099, UH2359 y UI-7690, respectivamente; sin embargo, respecto a la habilitacion del vehiculo de placa de rodaje UP-2683, cabe indicar que este extremo deviene en infundado, toda vez, que la recurrente no acredito su habilitacion en el ambito nacional o regional dentro de los dos ultimos anos; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; Estando a lo opinado por la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre en el Memorandum Nº 10612008-MTC/15.02 y por la Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en Informe Nº 543-2008MTC/15.AL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 208º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 0092004-MTC y sus modificatorias, la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ Ley Nº 27791, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado en parte el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA EXPRESS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra la Resolucion Directoral Nº 13244-2007-MTC/15 de fecha 11 de setiembre de 2007; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA EXPRESS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra la Resolucion Directoral Nº 13244-2007-MTC/15 de fecha 11 de setiembre de 2007, en el extremo de la habilitacion del vehiculo de placa de rodaje UP-2683, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Como consecuencia de lo resuelto en el articulo inmediato anterior, otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA EXPRESS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Juliaca (Puno) ­ Puerto MORDAZA (Madre de Dios) y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA: ORIGEN: DESTINO: ITINERARIO: FRECUENCIAS: FLOTA VEHICULAR: FLOTA OPERATIVA: JULIACA (PUNO) ­ PUERTO MORDAZA (MADRE DE DIOS) y viceversa JULIACA PUERTO MORDAZA (MADRE DE DIOS) JULIACA ­ MACUSANI ­ OLLACHEA ­ SAN GABAN ­ MAZUKO Una (1) diaria en cada extremo de ruta Cinco (5) omnibus Cuatro (4) omnibus de placas de rodaje Nºs UO-2873 (1994), UQ-1131 (1991), UI-8099 (1989) y UH-2359 (1989)

FLOTA DE RESERVA: Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº UI-7690 (1988) HORARIOS: Salidas de Juliaca, a las 15:00 horas Salidas de Puerto MORDAZA a las 15:00 horas. Articulo Cuarto.- La Direccion de Servicios de Transporte Terrestre debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Quinto.- Previa a la entrega de las Tarjetas Unicas de Circulacion de los vehiculos mencionados en el articulo tercero, la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA EXPRESS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA., debera cumplir con lo siguiente:

a) Presentar MORDAZA del Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA ­ SOAT vigente de los vehiculos de placas de rodaje UO-2873 y UQ-1131. b) Presentar los Certificados de Operatividad vigentes de las unidades de placas de rodaje UO-2873, UQ-1131, UI-8099 y UH-2359 de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 037-2007-MTC. c) MORDAZA del acto administrativo que ha dispuesto la baja de oficio del vehiculo de placa de rodaje UI-7690 de la flota vehicular de la Empresa de Transportes UNANCHA S.R.L. del Registro Regional que administra la Direccion de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Cusco. Articulo Sexto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA EXPRESS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Setimo.- La EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA EXPRESS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Octavo.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte terrestre 207404-1

VIVIENDA
Encargan funciones de Director General de la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 230-2008-VIVIENDA MORDAZA, 13 de junio de 2008 Visto, el Memorandum Nº 247-2008/VIVIENDA-OGEI del Director General de la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 227-2008VIVIENDA se autorizo el viaje al exterior del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Estadistica e Informatica, a la MORDAZA de Boston, Estados Unidos de Norteamerica, del 16 al 21