Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2008 (18/06/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

374176

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de junio de 2008

VISTO el Informe Nº 043-2008-MEM-OGA/LOG en el cual se propone la tercera modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Central del Ministerio de Energia y Minas para el ano 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se establecen las normas que deberan observar las entidades del Sector Publico Nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las entidades del Sector Publico deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea el MORDAZA de bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal asi como el monto del presupuesto requerido para su contratacion o adquisicion, plan que debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 013-2008MEM/DM de fecha 15 de enero de 2008, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Central del Ministerio de Energia y Minas para el ano 2008; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 067-2008MEM/DM de fecha 11 de febrero de 2008, se aprobo la primera modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Central del Ministerio de Energia y Minas para el ano 2008; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 150-2008MEM/DM de fecha 24 de marzo de 2008, se aprobo la MORDAZA modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Central del Ministerio de Energia y Minas para el ano 2008; Que, el articulo 23º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que dicho Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe contener todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del regimen que las regule; Que, el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de las metas institucionales; Que, mediante el documento de visto la Oficina General de Administracion ha propuesto la tercera modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2008 incluyendo los procesos de seleccion cuya relacion, caracteristicas tecnicas y valor aproximado se detallan en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolucion; Con la visacion del Despacho de Secretaria General, la Oficina General de Asesoria Juridica y la Oficina General Administracion; En uso de las atribuciones conferidas por Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas, de conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 y, en concordancia con el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 27º de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la inclusion de los procesos de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora N° 001 MEM Central del Ministerio de Energia y Minas, cuya relacion, caracteristicas tecnicas y valor aproximado se detallan en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina General de Administracion informe al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), sobre la modificacion del Plan Anual dentro de los cinco dias habiles siguientes. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion ponga al alcance del publico interesado

en revisar o adquirir el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones al valor de su reproduccion, y publicar en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 214733-1

PRODUCE

Otorgan permiso de pesca a armador para operar embarcacion pesquera de cerco de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL N° 175-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 1 de MORDAZA del 2008 Visto el escrito de Registro N° 00020701 del 17 de marzo del 2008, presentado por don MORDAZA MORDAZA CHIGNE MORDAZA, con domicilio legal en la Av. MORDAZA Dasso Nº 126 Of. 304, Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, en representacion del armador MORDAZA MORDAZA ALCIDEZ MORDAZA ESCOBAR. CONSIDERANDO: Que el inciso c), del Articulo 43° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47° de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los Articulos 44° y 45° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que el inciso c) del Articulo 48° de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo N° 032-2003PRODUCE del 04 de noviembre de 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del Articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, don MORDAZA MORDAZA CHIGNE MORDAZA en representacion del armador MORDAZA MORDAZA ALCIDEZ MORDAZA MORDAZA, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "ROMEO", de bandera ecuatoriana, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el periodo de tres (03) meses; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, el solicitante acredita que la embarcacion pesquera "ROMEO" cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo N°