Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2008 (09/02/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

NORMAS LEGALES MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2008 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el Aprueban y regulan la MORDAZA de MORDAZA unanime de los senores regidores, con la dispensa la Declaracion Jurada del Impuesto del tramite del Dictamen de la Comision correspondiente Predial, el Plano de Sectores Tributarios y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta ha dado la siguiente: y el Cronograma de Pago de Arbitrios 2008 ORDENANZA
366308
ORDENANZA POR LA CUAL SE OTORGA BENEFICIOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENZAGO 2008. Articulo Primero.-: FINALIDAD: La presente Ordenanza es de aplicacion en la jurisdiccion del MORDAZA y tiene por finalidad otorgar un beneficio extraordinario a los contribuyentes que cumplan con el pago al contado, de sus arbitrios de Limpieza Publica, Parques y jardines y Serenazgo 2008. Articulo Segundo.- ALCANCES DEL BENEFICIO TRIBUTARIO Aquellos contribuyentes, cuyo uso del predio sea MORDAZA habitacion, que cumplan con pagar al contado los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del 2008, hasta los plazos establecidos para el pago de la primera cuota tendran los siguientes descuentos: a) 25% del monto insoluto, si es que no poseen deudas por arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes a ejercicios anteriores al 2008. b) 15% del monto insoluto, si mantienen deudas pendientes de pago por Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes a ejercicios anteriores al 2008. Aquellos contribuyentes, cuyo uso del predio sea distinto a MORDAZA - habitacion, que cumplan con pagar al contado los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del 2008, hasta los plazos establecidos para el pago de la primera cuota tendran los siguientes descuentos: a) 15% del monto insoluto, si es que no poseen deudas por arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes a ejercicios anteriores al 2008. b) 10% del monto insoluto, si mantienen deudas pendientes de pago por Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes a ejercicios anteriores al 2008. Asimismo, el acogimiento al presente beneficio podra efectuarse de manera independiente por cada arbitrio y por cada predio. DISPOSICIONES FINALES: Primero: FACULTESE al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias, para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local, Unidad de Informatica, Gerencia de Administracion y Finanzas, y otras dependencias que correspondan el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Oficina de Imagen Institucional la difusion de sus alcances. Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla Dado en el Palacio Municipal a los cuatro dias del mes de Febrero de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 161721-1 DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2008-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC: VISTO; El Informe Nº 012-2008-GRDEL-MDR, de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local; el Informe Nº 040-2008-OAJ-MDR de la Oficina de Asuntos juridicos por el que se propone aprobar y regular la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, el Plano de Sectores Tributarios y el Cronograma de Pago de Arbitrios 2008 en la jurisdiccion del Distrito del Rimac. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972 establece que: "Los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico". Que, el Art. 14º, literal a) del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada: a) Anualmente, el ultimo dia habil del mes de Febrero, salvo que el municipio establezca una prorroga. Que, es necesario presentar una declaracion jurada en el ano 2008 a fin de actualizar la base de datos de la Municipalidad del MORDAZA, toda vez que la MORDAZA declaracion jurada fue realizada en el ano 1999. Que, la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 164-MDR faculta al senor MORDAZA para establecer mediante Decreto de Alcaldia los sectores tributarios, el cronograma de vencimientos de la declaracion jurada y el pago del impuesto predial, y arbitrios por sector tributario. Que, el Art. 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D. S. Nº 135-99-EF y sus modificatorias, establece que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma establecida por Ley, reglamento o resolucion de superintendencia o MORDAZA de rango similar, el cual podra constituir la base para la determinacion de la Obligacion Tributaria. Que, a merito del Informe Legal Nº 040-2008-OAJMDR, la Oficina de Asuntos Juridicos da conformidad al presente Decreto de Alcaldia por encontrarse de acuerdo a Ley. Que, a merito del Informe Tecnico Nº. 12-2008GRDEL-MDR de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local se da la conformidad al presente Decreto de Alcaldia por encontrarse de acuerdo a Ley. De conformidad a lo dispuesto por los incisos 1) y 4) del Articulo 20º y por el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972. DECRETA: APROBAR Y REGULAR LA MORDAZA DE LA DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL, EL PLANO DE SECTORES TRIBUTARIOS Y EL CRONOGRAMA DE PAGO DE ARBITRIOS 2008 EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DEL RIMAC. Articulo Primero.- Aprobar el plano de limites o linderos de los sectores tributarios para el distrito del MORDAZA que forma parte del anexo I del presente decreto. Articulo Segundo.- Establecer el Cronograma para la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial de la siguiente manera: a) Los contribuyentes o responsables cuyo valor del autovaluo 2007 sea superior o igual a S/. 200,000.00

El Peruano