Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2008 (11/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

la finalidad de establecer un regimen legal de proteccion a las personas con Diabetes, brindandoles atencion, control y tratamiento de su enfermedad, asi como dotarles de cultura de prevencion, e integracion social y economica; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la precitada Ley dispone que el Ministerio de Salud elaborara su reglamentacion; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento de la Ley Nº 28553, Ley General de Proteccion a las Personas con Diabetes; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 28553 Ley General de Proteccion a las Personas con Diabetes, el mismo que consta de un (1) Titulo Preliminar, cuatro (4) Titulos, nueve (9) Capitulos, cuarenta (40) articulos y dos (2) Disposiciones Complementarias Finales. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA M. Ministro de Salud
REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28553, LEY GENERAL DE PROTECCION A LAS PERSONAS CON DIABETES TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES

b) Acciones para promover la atencion integral de la persona con diabetes, considerando la deteccion temprana, tratamiento oportuno y prevencion de complicaciones con la participacion activa de la persona, familia, comunidad e instituciones, como intervenciones para reducir los indices de morbimortalidad. c) Sistema de Informacion de Diabetes para tener acceso a informacion actualizada en forma periodica mensual, trimestral, semestral y anual permitiendo la elaboracion de MORDAZA gerenciales, indicadores de gestion y tendencias que cuantificaran la cobertura de atencion, produccion, recursos, rendimientos y costos. d) El Ministerio de Salud se encarga de proponer la relacion de medicamentos e insumos para la fabricacion nacional de equivalentes terapeuticos para la Diabetes que seran inafectos del pago de derechos arancelarios; asi como de normar los procedimientos para la vigilancia y el control del uso de dicho beneficio, asegurando que tales acciones favorezcan a las poblaciones con menores recursos economicos y en extrema pobreza. Articulo 5°.- Del Ente Rector El Ministerio de Salud es el Ente Rector encargado de normar y cautelar los procesos y acciones que potencien y promuevan la atencion integral de las personas con Diabetes, asi como la implementacion y ejecucion de las politicas, planes para el control de la Diabetes en forma coordinada y concertada con otras instituciones publicas y privadas. Articulo 6º.- Definiciones Para efectos de la aplicacion de la Ley Nº 28553 y del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

Articulo 1°.- Finalidad del Reglamento Es finalidad del presente Reglamento, regular las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28553, Ley General de Proteccion a las personas con Diabetes. Articulo 2°.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento establece las normas de aplicacion, interpretacion, ejecucion y competencias de la Ley N° 28553, Ley General de Proteccion a las Personas con Diabetes, constituyendo las bases para la atencion de salud en los establecimientos del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la participacion activa de la familia, la comunidad y las instituciones de salud y educativas, entre otras. Articulo 3º.- Alcance Estan sujetos al presente Reglamento, las instituciones publicas y privadas del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, en el ambito nacional, para que presten atencion y educacion a las personas con Diabetes. Articulo 4°.- Contenido El presente Reglamento establece normas que permiten la aplicacion y ejecucion de la Ley Nº 28553, a traves de objetivos del Plan General de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Danos No Transmisibles de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud. Los objetivos son los siguientes: a) Acciones educativas dirigidas a la poblacion en general, a los ninos, adolescentes, adulto y adulto mayor para la promocion de la salud, orientada a la prevencion y control de los factores de riesgos para la diabetes.

1) Estrategia Sanitaria de Prevencion y Control de Danos no Transmisibles.- Es el conjunto de procesos y acciones orientadas a la prevencion y control de los factores de riesgo, la deteccion precoz y la atencion integral de las personas con Diabetes o en riesgo de Diabetes, con su participacion activa asi como de la familia y la comunidad destinado a reducir el impacto individual, social y economico de dicha enfermedad en el pais. 2) Atencion Integral.- Es el conjunto de actividades y de cuidados de salud que en forma integrada se realizan en los sistemas de salud y educacion, teniendo como ambitos de accion el hogar y la comunidad.
TITULO PRIMERO PROMOCION DE LA SALUD, PREVENCION Y ATENCION DE PACIENTES CON DIABETES CAPITULO I ESPACIOS PARA LA IMPLEMENTACION DE LA PROMOCION, PREVENCION Y ATENCION DE PACIENTES CON DIABETES

Articulo 7°.- Del Eje Fundamental del Aprendizaje La Familia es el eje fundamental del aprendizaje y seguimiento sostenido en la MORDAZA de la persona con Diabetes para prevenir y controlar los factores de riesgo y sus complicaciones. Articulo 8°.- De la Comunidad La Comunidad es el conjunto de personas que deciden intervenir y resolver sus problemas de salud, con proyeccion hacia su desarrollo integral y familiar. Para tal efecto, participara en la difusion de los procesos de prevencion de la Enfermedad, a traves de: - La promocion de practicas saludables y entornos saludables. - La participacion de lideres comunales en los talleres educativos. - La movilizacion de recursos comunitarios. - La formacion de grupos de ayuda mutua de pacientes con Diabetes.