Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2006 (14/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano sabado 14 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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la Identidad y la actuacion de la Administracion Estatal: Problemas verificados en la supervision defensorial" , aprobado por Resolucion Defensorial Nº 028-2005/DP, publicada el 17 de noviembre del 2005, concluyendose que, en terminos generales, existe un alto indice de incumplimiento de la Constitucion, de la legislacion sobre la materia y de los principios administrativos, con relacion a la vigencia del derecho a la identidad. En efecto, se constato que con relacion a los temas supervisados existia una serie de trabas para que las personas accediesen a documentos que garantizasen su derecho, por lo que se estaba vulnerando el derecho a la identidad. En virtud de todo ello, la Defensoria del Pueblo formulo recomendaciones y recordatorios a los establecimientos de salud y a su personal, a los Directores Regionales de Salud, al Ministerio de Salud, a los Gobiernos Regionales, a los Alcaldes y Concejos Municipales, a los Registradores Civiles, al RENIEC y a la Presidencia del Consejo de Ministros para que se adoptasen las medidas necesarias a fin de revertir los problemas encontrados.
Cuarto: Objetivo y alcance de la Supervision 20052006 Continuando con el MORDAZA iniciado en el ano 2004, entre los meses de MORDAZA del 2005 y febrero del 2006, la Defensoria del Pueblo efectuo la MORDAZA supervision del circuito de la documentacion a escala nacional, mediante un instrumento de recopilacion de informacion (ficha) que fue aplicado por nuestros comisionados de las Oficinas Defensoriales y Modulos de Atencion en coordinacion con el Programa de Proteccion a Poblaciones Afectadas por la Violencia y la Adjuntia para la Administracion Estatal. El objetivo general de esta supervision fue verificar si las diferentes entidades del Estado involucradas en el circuito de la documentacion estaban cumpliendo con la normativa vigente en cumplimiento de sus obligaciones con relacion al circuito de la documentacion, asi como verificar los avances -de haberse producido- con relacion a los problemas evidenciados en el Informe Defensorial Nº 100. En total se supervisaron 723 establecimientos de salud, 698 Oficinas de registro del Estado Civil y 70 agencias del RENIEC. La informacion obtenida fue ingresada en una base de datos y procesada con un programa estadistico que nos permitio cruzar la informacion y obtener las cifras que ahora presentamos. Quinto: Supervision de establecimientos de Salud con relacion a la expedicion del certificado de nacido vivo. Nuevamente, la Defensoria del Pueblo ha detectado establecimientos de salud donde aun se cobra por la expedicion del certificado de nacido vivo, ya sea en la forma de cobros directos o indirectos, en abierta contravencion de la Resolucion Ministerial Nº 389-2004/ MINSA. De 723 establecimientos de salud supervisados se mantienen cobros en un 16% de dichos establecimientos. Los cobros directos se realizan principalmente cuando el parto es domiciliario o no institucional, o cuando las mujeres no asisten a los controles prenatales. El primer caso arroja como resultado una mayor incidencia. Si bien, respecto de la supervision del 2004, el numero de establecimientos de salud que efectuan cobros por la emision del CNV ha disminuido (de 19,3% a 16%), se ha constatado que en algunos casos estos trasladan el cobro a otros conceptos como apertura de historia clinica, consulta medica previa, realizacion de examenes medicos, etc., es decir a cobros indirectos. Con relacion a estos cobros indirectos se encontro que el 72,8% de los establecimientos exigia que se abriese una historia clinica, que el 36,5% pasasen a consulta medica previa y en el 17,2% de los casos se pedia la realizacion de examenes previos. Los cobros por el certificado de nacido vivo se verificaron en 19 departamentos del pais. Fue en MORDAZA donde se encontro el costo mas alto (S/. 150), cuando la MORDAZA no se somete a controles prenatales; a renglon seguido se encuentra MORDAZA, donde el cobro asciende a S/. 100 cuando el parto es domiciliario. Por ello se indago sobre las razones del incumplimiento de la gratuidad del certificado de nacido vivo, descubriendo que se aducia desconocimiento de la Resolucion Ministerial Nº 389-2004/MINSA, modo de promover que las mujeres tuviesen un parto institucional o un modo de conseguir recursos propios.

Por otro lado, se verifico que, en gran medida, son las Direcciones Regionales las que no remiten los formatos del certificado oportunamente, toda vez que en 91 establecimientos supervisados indicaron que ese era el problema Durante esta supervision se regreso a 17 de los establecimientos supervisados anteriormente en los que, en su mayoria, ya no se cobraba por el certificado de nacido vivo, persistiendo el cobro solo en un establecimiento, donde el monto habia disminuido de S/. 20 a S/. 5. Sexto: Supervision de Registros Civiles La falta de integracion de los registros civiles continua siendo uno de los principales escollos para evitar los cobros indebidos, asi como otros problemas para la inscripcion de nacimientos. En efecto, los registros civiles -que dependen funcionalmente del RENIEC, pero administrativamente de las municipalidades- alegan la necesidad de cobrar como una forma de autofinanciar los propios registros civiles, como se observo en la supervision. En el lapso 2005-2006 se supervisaron 689 oficinas de registros civiles. Con relacion a los cobros indebidos respecto del tramite de inscripcion de nacimientos, se verifico que, contraviniendo el articulo 98 del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por D.S. Nº 015-98PCM, en el 63% de los registros civiles se efectuan cobros. Si bien hemos verificado la existencia de cobros en ambos tramites -la inscripcion ordinaria y la extemporanea- es la MORDAZA, con relacion a la inscripcion de mayores, en la que se presentan con mayor frecuencia los cobros (en 441 casos de los verificados), y los montos mas altos. Con relacion a la supervision llevada a cabo en el 2004 se ha verificado que en el 12% (14) de los registros civiles a los que se regreso se habia eliminado el costo de inscripcion de nacimientos; en el 23% (27) disminuyo y en otro 23% aumento el costo. La mayoria, es decir el 42% (52), mantuvo el costo verificado anteriormente. Asi, pues, si bien se han producido avances en relacion con este problema, aun persiste un gran numero de municipalidades que mantiene el costo por la inscripcion de nacimientos. Con relacion al tramite de inscripcion ordinaria se verifico que, de los 698 registros civiles supervisados, el 25% efectua el cobra en un rango de montos que fluctuan entre S/. 0,5 y S/. 40,8. El monto mas alto se encontro en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia MORDAZA MORDAZA, departamento de Huanuco. Respecto al 2004, el monto mayor encontrado ha aumentado, toda vez que en la Municipalidad de Canchis, en el MORDAZA, este ascendia a S/. 21. En lo referente a estos costos, se han logrado cambios en 42 de las 175 Municipalidades que realizaban cobros por la inscripcion ordinaria de nacimientos. De dichos 42 municipios, 24 fueron supervisados durante el 2004. Entre los municipios que anteriormente cobraban por este concepto, 15 ya no lo hacen actualmente; en seis casos, los cobros disminuyeron aunque continuan efectuandose y, en dos casos se cobra mas de lo que se cobraban en el 2004. En el caso de la inscripcion extemporanea de menores de edad se verifico que en el 61% de los registros civiles supervisados se cobra por dicho tramite. El monto de estos cobros fluctua entre S/. 0,5 y S/. 78, correspondiendo el mas alto a la municipalidad de Contumaza, en Cajamarca. Con relacion a la supervision del 2004, el rango es similar, habiendo disminuido el mas alto en S/. 2. A raiz de las recomendaciones emitidas por la Defensoria del Pueblo se lograron cambios en 112 municipios que realizaban cobros por inscripcion extemporanea de menores de edad. De estos, 78 corresponden a municipios supervisados durante el 2004, de los cuales 15 ya no establecen cobros actualmente, en tanto que 22 lo hacen por un monto menor. Sin embargo, una cifra preocupante es la que muestra que 13 municipios visitados durante el 2004 han aumentado los cobros por este concepto. Para el tramite de inscripcion extemporanea de mayores de edad, en el 62,7% de los casos se realiza algun cobro. El rango de dichos cobros fluctua entre S/. 0,5 y S/.150 (este ultimo en el centro poblado de Huaripampa, distrito de Jauja, departamento de Junin). La supervision tambien constato que 110 municipios a los que se regreso en esta supervision han modificado dichos cobros, habiendose eliminado en 13 de ellos. Sin embargo, en 18 casos solo se disminuyeron los montos cobrados y en 16 incluso se aumentaron. Por otro lado, la Defensoria del Pueblo constato la exigencia de requisitos para la inscripcion de nacimientos no contemplados en el Reglamento de Inscripciones del