Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2006 (02/07/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 8
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LICA DEL P E
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA 2 de MORDAZA de 2006
primer lugar sera de aplicacion lo dispuesto en el Reglamento y en defecto de ello, lo dispuesto en el regimen general de Contrataciones y Adquisiciones contenido en el TUO; b) la contratacion no se financie con recursos publicos, en todo lo no regulado en las bases administrativas, sera de aplicacion lo dispuesto en el Reglamento y en defecto de ello, OSITRAN debera precisar la regla aplicable; Articulo 8º.- Tanto en el caso que OSITRAN contrate con recursos publicos como en el caso que lo haga con recursos no publicos, podra encargar directamente, sin necesidad de concurso, el MORDAZA de seleccion a otra entidad gubernamental o a organismos internacionales. Dicha decision debera emitirse a traves de una resolucion de Gerencia General, la cual debera estar debidamente motivada. Articulo 9º.- No podran prestar servicios de supervision de una Entidad Prestadora las EMPRESAS SUPERVISORAS que hayan prestado servicios en los doce meses anteriores a la fecha de la convocatoria, a dicha Entidad o a sus accionistas o filiales o sucursales de estos. Articulo 10º.- El miembro titular del Comite que es sustituido en algun momento por un miembro suplente, puede retomar la titularidad de miembro en el momento en que desaparezca la causal que motivo su sustitucion, siempre y cuando no se MORDAZA iniciado el MORDAZA de evaluacion de propuestas. Articulo 11º.- Las EMPRESAS SUPERVISORAS que contraten con OSITRAN, ya sea individualmente o en consorcio, deberan contar con la certificacion ISO 9001 para los servicios de supervision. DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.Hasta el 31 de diciembre del 2010 no se exigira la certificacion a que se hace referencia en el Articulo 11º de esta Disposiciones. Durante el ejercicio 2009 el 10% del puntaje tecnico se considerara para calificar a aquellas EMPRESAS SUPERVISORAS que cuenten con certificacion ISO 9001. Durante el ejercicio 2010 el 15% del puntaje tecnico se considerara para calificar a aquellas EMPRESAS SUPERVISORAS que cuenten con certificacion ISO 9001. En la convocatoria se estableceran los criterios senalados en la presente Disposicion Transitoria. 11477
SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Modifican RR. Nºs. 064-2002 y 1802004/SBN- GO - JAR relativas a la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 077-2006/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 21 de junio de 2006 Visto el Expediente Nº 030-2001/SBN-JAR, sustentatorio de la Resolucion Nº 064-2002/SBN-GOJAR de fecha 10 de MORDAZA de 2002; CONSIDERANDO:
colindantes a los ex Fundos Monterrico Chico, La MORDAZA y MORDAZA, ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la citada Resolucion se expidio sobre la base de la informacion proporcionada por el entonces Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, de conformidad con los Informes Tecnicos Nºs. 05652 y 5828-01-ORLC-GPISCAT del 14 y 27 de diciembre de 2001; Que, mediante Titulo Nº 159403 de fecha 26 de agosto de 2002, se solicito al entonces Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA la inscripcion de la Resolucion Nº 0642002/SBN-GO-JAR, de fecha 10 de MORDAZA de 2002, lo cual fue observado por el Registrador Publico de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, senalando que los titulos archivados de los predios colindantes a aquel que se pretende escribir, no contienen los elementos tecnicos suficientes para ubicarlos con exactitud y verificar si son realmente colindantes o si contienen parcialmente al area materia de inmatriculacion, razon por la cual en ese entonces la Resolucion Nº 064-2002/SBN-GO-JAR precitada no se inscribio; Que, mediante Oficio Nº 9051-2004/SBN-GO-JAR de fecha 2 de diciembre de 2004, se solicito un MORDAZA Certificado de Busqueda Catastral respecto al terreno de 146 235,88 m², lo cual fue materia de observacion con fecha 18 de febrero de 2005 por la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA, la misma que, sobre la base del Informe Tecnico N° 1030-2005-SUNARP-Z.R. Nº IX/OC de fecha 16 de febrero de 2005, concluye que el area sub materia se encuentra comprendida parcialmente en el ambito de diversos predios inscritos; Que, en tal sentido se procedio a la exclusion de las areas superpuestas que cuentan con inscripcion registral, determinando un area de 113 918,64 m² libre de inscripcion, la cual, conforme al Certificado de Busqueda Catastral de fecha 3 de MORDAZA de 2006, emitido por la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA, sobre la base del Informe Tecnico N° 1970-2006-SUNARP-Z.R. Nº IX/OC de fecha 29 de marzo de 2006, se encuentra parcialmente comprendida en la Concesion Minera inscrita en la Ficha Nº 296400 del Registro Publico de Mineria y parcialmente en ambito donde no se ha hallado inscripcion registral; Que, toda vez que de acuerdo a lo resenado en los considerandos precedentes, no es posible efectuar la primera inscripcion de dominio de la integridad del area de 146 235,88 m² materia de la Resolucion Nº 064-2002/ SBN-GO-JAR, resulta conveniente proceder a su modificacion excluyendo las areas que cuentan con inscripcion registral, en razon a que ello no alteraria el contenido ni el sentido de la misma; Que, efectuada la exclusion de las areas inscritas y producto del trabajo de gabinete se ha determinado que el area libre de inscripcion en el Registro de Predios de MORDAZA es de 113 918,64 m²; Que, por las razones MORDAZA expuestas es procedente modificar de oficio la Resolucion Nº 064-2002/SBN-GOJAR , de fecha 10 de MORDAZA de 2002; Que, el inciso s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley N° 25738, Ley N° 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo N° 131-2001EF, "Estatuto de la Super intendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 107-2003EF y 042-2006-EF y Ley Nº 27444; y Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal N° 0065-2006/SBN-GO-JAR, de fecha 3 de MORDAZA de 2006; SE RESUELVE:
Que, mediante Resolucion Nº 064-2002/SBN-GOJAR, de fecha 10 de MORDAZA de 2002, se dispuso la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 146 235,88 m², constituido por cerros de naturaleza eriaza
Articulo Unico.- Modificar el Articulo 1° de la Resolucion Nº 064-2002/SBN-GO-JAR de fecha 10 de MORDAZA de 2002, en los terminos siguientes: