Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2006 (02/07/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 4
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EP
UB
LICA DEL P E
RU
322832
NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA 2 de MORDAZA de 2006
mediante la cual solicita la modificacion del contrato de concesion para prestar el servicio de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, en lo referente al area de concesion, incluyendo toda la provincia de Sullana, del departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 421-97-MTC/ 15.03, de fecha 29 de agosto de 1997, se otorgo a la empresa SUPERCABLE TELEVISION S.R.L. concesion para prestar el servicio de distribucion de radiodifusion por cable, por el plazo de veinte (20) anos, en el area de cobertura que comprende la MORDAZA de Sullana, distrito de Sullana, de la provincia de Sullana, del departamento de Piura; Que, con solicitud de vista la empresa SUPERCABLE TELEVISION S.R.L. solicita la ampliacion del area de concesion a toda la provincia de Sullana, del departamento de Piura; Que, mediante documento P/D Nº 001938 del 7 de enero de 2006, la empresa remite un MORDAZA perfil tecnico, senalando que el area de concesion que solicita ampliar estara conformada por los distritos de Bellavista, Marcavelica (incluye CP Mallaritos), Querecotillo y Salitral, de la provincia de Sullana, del departamento de Piura; Que, mediante Informes Nºs 091-2006-MTC/ 17.01.ssp, 163-2006-MTC/17.01.ssp y 236-2006MTC/17.01.ssp del 15 de febrero de 2006, 3 de MORDAZA de 2006 y 22 de MORDAZA de 2006, respectivamente, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, opina que procede modificar el contrato de concesion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 421-97-MTC/15.03, en lo referente a la ampliacion del area concedida incluyendo los distritos de Bellavista, Marcavelica, Querecotillo y Salitral; asi como aprobar el Plan de Cobertura de dicha area; modificar el primer parrafo del numeral 3.02 de la clausula tercera del mencionado contrato; modificar el numeral 6.11 de la clausula sexta del contrato de concesion e incorporar al contrato el Anexo 3 denominado "DESCRIPCION DE LA RED" y la clausula vigesima MORDAZA sobre "modificacion del contrato"; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el area de concesion, otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 421-97-MTC/15.03, a la empresa SUPERCABLE TELEVISION S.R.L., incluyendo los distritos de Bellavista, Marcavelica, Querecotillo y Salitral, de la provincia de Sullana, del departamento de MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, conforme al Anexo 1 que forma parte de la adenda a aprobarse con la presente resolucion, el cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesion aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 421-97-MTC/15.03. Articulo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al area ampliada a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de la adenda a aprobarse con la presente resolucion, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 421-97-MTC/15.03. Articulo 3º.- Aprobar la modificacion del numeral 6.11 de la clausula sexta del contrato de concesion mencionado e incorporar el Anexo 3 denominado
"DESCRIPCION DE LA RED" y la clausula vigesima MORDAZA sobre "modificacion del contrato". Articulo 4º.- Aprobar la adenda mediante la cual se formaliza la modificacion del primer parrafo del numeral 3.02 de la clausula tercera, numeral 6.11 de la clausula sexta, se incorpora la clausula vigesima MORDAZA y Anexo 3; y, se sustituyen los Anexos 1 y 2 del contrato de concesion, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 421-97-MTC/15.03; autorizandose al Director General de Gestion de Telecomunicaciones a suscribir la Adenda en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del contrato de concesion y de las adendas que se suscriban al mismo. Articulo 5º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la adenda no es suscrita por la empresa SUPERCABLE TELEVISION S.R.L. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11482
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Mexico, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 518-2006-MTC/02 MORDAZA, 27 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modifica el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, senalando que "la autorizacion de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de los ministerios, de los Organismos Publicos Descentralizados, de los Agregados Militares, Aereos, Navales y Policiales, asi como de las empresas sujetas al ambito de FONAFE, que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del ano 2006 se efectuara por Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente; exceptuandose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el MORDAZA de las negociaciones orientadas a la suscripcion de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica comercial de importancia para el Peru; los que se autorizaran mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil