Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2004 (05/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de MORDAZA de 2004

cina de Tramite Documentario de la Municipalidad de La MORDAZA los siguientes documentos: a) Solicitud que cumpla con los requisitos generales de MORDAZA senalados en la Ley Nº 27444. b) Declaracion Jurada de Veracidad de los documentos que se presentan. c) Certificado de Compatibilidad de Uso (zonificacion) procedente. d) MORDAZA del Registro Unico del Contribuyente. e) Original de la Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional ­ Ley Nº 28015, de ser el caso. f) MORDAZA simple de la Escritura de Constitucion Social. g) Documentos que acrediten la propiedad o conduccion del local. h) Informe favorable de Inspeccion Tecnica, Basica o de Detalle, expedida por Defensa Civil, segun sea el caso. i) Opinion favorable emitida por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, cuando corresponda. j) MORDAZA del DNI del solicitante o del representante legal. k) Pago de los Derechos. Articulo Decimo Segundo.- Ademas de los requisitos establecidos en el articulo precedente, por la naturaleza del giro del establecimiento, los administrados deberan presentar los siguientes documentos: Centros educativos a) MORDAZA de la Resolucion de Autorizacion expedida por la UGEL. b) Informe favorable de Inspeccion Tecnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. Juegos de casino y maquinas tragamonedas a) MORDAZA autenticada de la autorizacion de funcionamiento expedida por el Ministerio de la Produccion. b) Informe favorable de Inspeccion Tecnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. d) MORDAZA de la Licencia Municipal de Apertura para Hotel de 4 o 5 estrellas o Restaurante de 5 tenedores. Venta de gasolina, gas y otros hidrocarburos: a) MORDAZA autenticada de la Autorizacion del Ministerio de Energia y Minas (Direccion General de Hidrocarburos). b) Informe favorable de Inspeccion Tecnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. Fabricacion y/o Comercializacion de Insumos Quimicos: a) Autorizacion de la DINANDRO. b) Informe favorable de Inspeccion Tecnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. Talleres de mecanica automotriz a) Cumplir con los requisitos que establece la Ordenanza Nº 047. b) Informe favorable de Inspeccion Tecnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. Establecimientos de Salud (consultorios medicos, obstetrico, Policlinicos, Centros de apoyo medico, Servicio de Diagnostico, centros opticos y similares) a) MORDAZA de registro y categorizacion otorgada por la correspondiente Direccion de Salud del Ministerio de Salud.

b) Informe favorable de Inspeccion Tecnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. Farmacias y Boticas a) MORDAZA del titulo profesional del Quimico Farmaceutico regente y MORDAZA autenticada de la MORDAZA de estar habil para ejercer la profesion. b) MORDAZA autenticada del formulario presentado a DIGEMID. Instituciones Financieras o de Seguros: a) Resolucion de la Superintendencia de Banca y Seguros autorizando la apertura de la sede, oficina o agencia correspondiente. b) Informe favorable de Inspeccion Tecnica Basica expedido por Defensa Civil. Servicios profesionales: a) MORDAZA autenticada del titulo profesional. b) MORDAZA autenticada de la MORDAZA del respectivo Colegio Profesional de estar habil para ejercer la profesion. Centros de Conciliacion extrajudicial a) Resolucion de Autorizacion del Ministerio de Justicia. Agencias de Empleo: a) Autorizacion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Centro de Adiestramiento de Canes: a) Inspeccion Sanitaria. b) Informacion favorable de una organizacion cinologica reconocida por el Estado. Articulo Decimo Tercero.- Con la sola admision a tramite por la Oficina de Tramite Documentario de la solicitud acompanada de los requisitos exigidos en los Articulos 9º y 10º de la presente Ordenanza, el administrado queda automaticamente autorizado para abrir su establecimiento comercial, industrial o profesional. Articulo Decimo Cuarto.- El Certificado de Licencia Municipal de Apertura o Licencia de Funcionamiento Especial, tienen caracter personal e intransferible, y debe exhibirse permanentemente en un lugar visible del establecimiento, a fin de facilitar el control periodico de la Municipalidad. Articulo Decimo Quinto.- Los establecimientos que cuenten con Licencia Municipal de Apertura Indeterminada deberan presentar anualmente ante la Municipalidad una Declaracion Jurada Anual de Permanencia en el Giro Autorizado y de la continuidad de los requisitos que dieron origen a la expedicion de la Licencia. Declaracion Jurada que, sin costo alguno, se efectuara en el formato autorizado por la Municipalidad, dentro de los diez dias inmediatos siguientes a la fecha senalada en la Licencia. Articulo Decimo Sexto.- Los conductores de establecimientos que cuenten con Licencia Municipal de Apertura Provisional tendran un plazo MORDAZA de diez (10) dias utiles, contados a partir del vencimiento de los doce (12) meses de funcionamiento, para solicitar, si fuera el caso, la Licencia Municipal de Apertura Indeterminada, bajo apercibimiento de clausura del establecimiento. Vencido el plazo establecido en el parrafo precedente los conductores de estos establecimientos podran solicitar Licencia Municipal de Apertura Indeterminada cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la presente Ordenanza. CAPITULO IV DE LAS ACTUALIZACIONES Articulo Decimo Setimo.- Ampliacion de Giro.- Los establecimientos que cuenten con Licencia Municipal de