Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2003 (27/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de setiembre de 2003

sabilidad de la actualizacion del MORDAZA de INTERNET del ITP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 17746

OSINERG
Exoneran de MORDAZA de adjudicacion directa publica la contratacion del servicio de alquiler de camionetas y choferes
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 051-2003-OS/PRES
MORDAZA, 15 de setiembre del 2003 VISTOS: El Informe Tecnico Nº GFH-1923-2003 de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos y el Informe Legal Nº GL868-2003 de la Gerencia Legal. CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, del Informe Tecnico mencionado en los vistos se aprecia que siendo OSINERG la Entidad responsable de supervisar y/o fiscalizar la ejecucion del proyecto Camisea, proyecto de MORDAZA importancia para el MORDAZA, la contratacion del servicio de transporte para realizar dicha labor resulta inmediata, de lo contrario no podria efectuarse adecuadamente la supervision que por mandato de la ley corresponde a OSINERG; Que, de acuerdo con lo indicado en el Informe Tecnico Nº GFH-1923-2003 y el Informe Legal Nº GL-868-2003, se ha configurado la causal de exoneracion establecida en el literal c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que permite exonerar la contratacion de los servicios requeridos del MORDAZA de seleccion que le corresponde en funcion a su cuantia; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 19º y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el inciso 2) del articulo 108º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y; Con la opinion favorable de la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia el servicio de alquiler de cuatro (4) camionetas con chofer y dos (2) choferes adicionales. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica por situacion de urgencia, para

la contratacion del servicio de alquiler de (04) camionetas con chofer y dos (02) choferes adicionales. Articulo 3º.- El valor referencial a contratar sera de S/. 224,000.00 (Doscientos veinticuatro mil y 00/100 Nuevos Soles) por el plazo de 4 meses o hasta que se de inicio a la ejecucion del servicio requerido como resultado del MORDAZA de seleccion definitivo que se lleve a cabo, lo que ocurra primero. Articulo 4º.- La fuente de financiamiento se realizara con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG a efectos que, dentro de los 10 dias calendario siguientes, contados a partir de la fecha de la presente Resolucion, cumpla con remitir MORDAZA de la misma, asi como de los Informes Tecnico y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y proceda a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su emision. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 17817

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Aprueban normas sobre contratacion de prestacion de servicios de seguridad social en salud para afiliados regulares y derechohabientes legales
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 071-2003-SEPS/CD MORDAZA, 17 de setiembre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 084-2003/IRD de la Intendencia de Regulacion y Desarrollo y el Informe Juridico Nº 017-2003SEPS/OAJ de la Oficina de Asuntos Juridicos. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobada mediante Ley Nº 26790, las Entidades Empleadoras pueden otorgar coberturas de salud a sus trabajadores mediante Planes de Salud contratados con Entidades Prestadoras de Salud; Que, el literal l) del articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD, dispone que la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud tiene entre sus funciones regular las modalidades y procedimientos de contratacion de las Entidades Prestadoras de Salud; Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0432000-SEPS/C se aprobaron las condiciones generales de los contratos de prestacion de servicios de seguridad social en salud que celebrasen las Entidades Prestadoras de Salud con las Entidades Empleadoras; Que, se hace necesaria la actualizacion de las citadas normas en concordancia con el MORDAZA MORDAZA normativo que rige el MORDAZA de eleccion del Plan de Salud y de la EPS; Que, conforme a lo dispuesto en el literal b) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, corresponde al Consejo Directivo aprobar los reglamentos y otras disposiciones de caracter general que MORDAZA de observancia obligatoria por el Sistema; Que, conforme a lo dispuesto en el literal c) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, corresponde al Superintendente velar por la correc-