Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2003 (14/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 14 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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MORDAZA a traves de un Sistema Nacional de la Defensoria de Oficio fortalecida, la participacion a dicho evento es indispensable para la consolidacion de la identidad de la Defensoria Publica en nuestro MORDAZA y al cumplimiento de los objetivos y metas fijadas para el presente ejercicio; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27879. Decreto de Urgencia Nº 017-2003, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Rio de Janeiro - Republica Federativa de Brasil, del 15 al 19 de octubre de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion a los senores abogados del Ministerio de Justicia, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Nacional de Justicia, MORDAZA MORDAZA RAEZ PACORA, Directora de la Direccion de Defensoria de Oficio y Servicios Juridicos Populares, y los Defensores de Oficio, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ULIBERTO CHAPONAN MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CHIRA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FABEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA VILLASIS ROJAS. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia, Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias, fondos de donacion de la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos de MORDAZA - USAID transferidos al Ministerio de Justicia, para el Proyecto de Fortalecimiento Institucional de la Defensoria de Oficio, de acuerdo al siguiente detalle: pasajes US$ 10349.88, viaticos US$ 9600.00, tarifa uso de Aeropuerto Peru US$ 338.88. Articulo 3º.- Las mencionadas personas, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar a la Entidad un informe detallado describiendo las actividades realizadas y los resultados obtenidos durante su viaje, asi como la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 18714

sistema penitenciario y los distintos regimenes de tratamiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2003-JUS de fecha 19 de MORDAZA de 2003, se aprobo el Plan Nacional de Tratamiento Penitenciario; Que, la Primera Recomendacion del mencionado Plan Nacional de Tratamiento Penitenciario senala que debe evaluarse la rehabilitacion de la Colonia Penal del Sepa; Que, en tal sentido es necesario conformar una Comision que se encargue de evaluar y recomendar las acciones necesarias para la implementacion de la recomendacion a que hace referencia el considerando anterior, y asi mismo, evalue la factibilidad de implementar otras colonias penales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 y en el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar la Comision encargada de evaluar y recomendar las acciones necesarias para la rehabilitacion de la Colonia Penal del Sepa y la factibilidad de implementar otras colonias penales, la misma que estara conformada por las siguientes personas: - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira. - Senor MORDAZA MORDAZA Nieri - Senor MORDAZA MORDAZA Russo - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- La Comision constituida en el articulo anterior tendra un plazo de 60 dias habiles para elevar al Despacho Ministerial un informe con sus recomendaciones. Articulo 3º.- Todos los organos del Ministerio de Justicia, brindaran a la Comision el apoyo y colaboracion que requiera para el cumplimiento de los fines a que se refiere la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 18740

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban Reglamento de la Ley del Refugiado
DECRETO SUPREMO Nº 119-2003-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Convencion de MORDAZA sobre el Estatuto de los Refugiados de 28 de MORDAZA de 1951, fue aprobada por el Gobierno Peruano por Resolucion Legislativa Nº 15014 de 16 de MORDAZA de 1964, hallandose vigente desde el 21 de marzo de 1965; Que el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 31 de enero de 1967, que actualiza la mencionada Convencion fue aprobada por Resolucion Legislativa Nº 23608 de 15 de junio de 1983 y vigente desde el 15 de setiembre de 1983; Que los mencionados tratados forman parte del derecho nacional por asi disponerlo el articulo 55º de la Constitucion Politica del Peru; Que mediante Ley Nº 27891, Ley del Refugiado, publicada el 22 de diciembre de 2002, el Congreso establecio el MORDAZA legal que refuerza y complementa la regulacion internacional sobre la materia; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, en atencion a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27891, ha elaborado un Proyecto de Reglamento de la Ley del Refugiado que busca asegurar la proteccion de los derechos de los refugiados, en con-

Conforman Comision encargada de evaluar y recomendar acciones necesarias para rehabilitar a la Colonia Penal del Sepa y la factibilidad de implementar otras colonias penales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 376-2003-JUS MORDAZA, 13 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25993 Ley Organica del Sector Justicia, al Ministerio de Justicia le corresponde, entre otras funciones, la de formular, dirigir, supervisar, controlar y evaluar la politica referente al