Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2003 (14/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 14 de octubre de 2003 2. Corresponde al Gobierno peruano:

NORMAS LEGALES

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a) designar tecnicos para acompanar los trabajos de los especialistas brasilenos que prestaran asesoria; b) designar los tecnicos que participaran de los entrenamientos en Brasil y en Peru; c) elaborar publicaciones y otorgar material de apoyo dirigidos a la formacion de tecnicos peruanos; d) otorgar la infraestructura para la realizacion de asesorias y de entrenamiento; e) integrar en su base de datos toda informacion resultante de este Protocolo; y f) difundir los resultados a traves de documentos tecnicos, sea este por medios impresos o electronicos. ARTICULO IV Los costos para la implementacion de las actividades mencionadas en el articulo III del presente Protocolo seran compartidos entre las partes, sin perjuicio de que acuerden otra forma para casos especificos, teniendo en consideracion las disponibilidades financieras. ARTICULO V 1. Las instituciones ejecutoras elaboraran informes sobre los resultados obtenidos por las actividades desarrolladas en el ambito de este Protocolo, los cuales seran presentados a los organos coordinadores. 2. Los documentos elaborados y resultantes de las actividades desarrolladas en el contexto del presente Protocolo seran de propiedad conjunta de las Partes. Los documentos de trabajo seran elaborados en el idioma del MORDAZA de origen del trabajo. En caso de publicacion de los referidos documentos, las Partes deberan ser expresamente comunicadas y mencionadas en el cuerpo de documento objeto de publicacion. ARTICULO VI Todas las actividades mencionadas en este Protocolo seran sujetas a las leyes y reglamentos en vigencia en la Republica Federativa del Brasil y en la Republica del Peru. ARTICULO VII El presente Acuerdo entrara en MORDAZA en la fecha de recepcion de la MORDAZA notificacion por la cual las Partes se comuniquen, a traves de la via diplomatica, que sus respectivos requisitos constitucionales para tal efecto han sido cumplidos. El presente Acuerdo tendra vigencia de 24 (veinticuatro) meses, a menos que una de las Partes comunique a la otra, por Nota Diplomatica, su decision de prorrogarlo o terminarlo. ARTICULO VIII Las Partes podran, de comun acuerdo y por intercambio de Notas Diplomaticas, enmendar el presente Acuerdo Complementario. Las enmiendas, en tanto no afecten la naturaleza del Acuerdo se realizaran por la via diplomatica, de lo contrario seguiran el mismo procedimiento de entrada en MORDAZA del Acuerdo. ARTICULO IX La denuncia del presente Protocolo no afectara las actividades que se encuentren en ejecucion, salvo cuando las Partes establecieran lo contrario. Hecho en MORDAZA, a los 25 dias del mes de agosto de 2003, en dos ejemplares originales autenticos, en los idiomas espanol y portugues, siendo ambos igualmente validos. (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL 18784

Autorizan viaje al Vaticano de embajador para asistir como enviado especial del Presidente de la Republica a las celebraciones por el XXV Aniversario de la Eleccion al Pontificado de MORDAZA MORDAZA II
RESOLUCION SUPREMA Nº 258-2003-RE MORDAZA, 10 de octubre del 2003 CONSIDERANDO: Que con ocasion de celebrarse el XXV Aniversario de la Eleccion al Pontificado de MORDAZA MORDAZA II, del 16 al 18 de octubre de 2003 se congregara al pleno del Colegio Cardenalicio, que incluye al Cardenal MORDAZA MORDAZA Cipriani; Que la Embajada del Peru en la MORDAZA Sede ha considerado conveniente la asistencia a dichas celebraciones de una personalidad peruana de primerisimo nivel, en calidad de Enviado Especial del senor Presidente Constitucional de la Republica; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores ha estimado conveniente designar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Francesa, para que asista a las citadas celebraciones; Teniendo en cuenta lo expuesto en el mensaje cablegrafico SEU20030394 de la Subsecretaria para Asutos de Europa, de 30 de setiembre de 2003; De conformidad con el inciso b) del articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; la Resolucion Ministerial Nº 0437-RE, de 9 de MORDAZA de 1996; y la Resolucion Ministerial Nº 0138-RE, de 10 de marzo de 1997; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Francesa, para que asista como Enviado Especial del senor Presidente Constitucional de la Republica, a las celebraciones por el XXV Aniversario de la Eleccion al Pontificado de MORDAZA MORDAZA II, a realizarse en la MORDAZA del Vaticano, MORDAZA Sede, del 16 al 18 de octubre de 2003. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por la asignacion para gastos de funcionamiento y gestion de la Embajada del Peru en la Republica Francesa, con cargo a posterior reintegro por parte del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese y comuniquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 18780

Autorizan al INRENA a efectuar pago a la Convencion sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA MORDAZA (CITES) de cuota correspondiente al ano 2002
RESOLUCION SUPREMA Nº 259-2003-RE MORDAZA, 10 de octubre del 2003