Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2002 (22/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de octubre de 2002

INACC
Excluyen diversos derechos mineros de la R.J. Nº 1602-2002-INACC/J por estar acreditado el pago oportuno del derecho de vigencia del ano 2002
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 01862-2002-INACC/J MORDAZA, 18 de octubre de 2002 VISTOS: Los escritos de exclusion de la relacion de derechos mineros que no cumplieron con el pago del derecho de vigencia y/o penalidad 2002, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 1602-2002-INACC/J, presentados por los titulares de los derechos mineros afectados y lo informado por la Direccion General de Desarrollo Corporativo (Oficina encargada del Control de Pagos de Derecho de Vigencia) y la Direccion General de Concesiones Mineras; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 77º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, sustituido por el Decreto Supremo Nº 010-2002-EM, el plazo para solicitar la exclusion de la relacion de derechos mineros que no cumplieron con el pago del derecho de vigencia y/o penalidad, es de 15 dias habiles contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, acreditando titularidad, Calificacion de Pequeno Productor Minero o Productor Minero Artesanal, vigente a la fecha de pago o, en su caso, sustentando la extension distinta por la cual le corresponde pagar; Que, de acuerdo a los informes de la Direccion General de Desarrollo Corporativo y la Direccion General de Concesiones Mineras, se ha determinado el pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente al ano 2002 efectuados por los titulares de 154 derechos mineros; por lo que, corresponde expedir la resolucion que los excluya de la relacion de no pagos del derecho de vigencia y/ o penalidad, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 16022002-INACC/J; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se asigno a la Institucion las funciones consignadas en el articulo 44º y en los incisos h) y p) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, en los articulos 27º, 37º, 74º, 76º y 93º e incisos d) y f) del articulo 122º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; De conformidad con el articulo 77º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, sustituido por el Decreto Supremo Nº 0102002-EM e inciso w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras, de la Direccion General de Desarrollo Corporativo y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXCLUIR de la Resolucion Jefatural Nº 1602-2002-INACC/J, los 154 derechos mineros que se detallan en la relacion que se encuentra a disposicion de los usuarios en la Sede Central del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, en sus Oficinas Descentralizadas, y, en la pagina web de la institucion (www.inacc.gob.pe), por estar acreditado el

pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente al ano 2002. Articulo 2º.- MODIFIQUESE la Base de Control de Pagos de derecho de vigencia conforme a la presente resolucion. Articulo 3º.- ANEXESE MORDAZA certificada de la presente resolucion a cada uno de los expedientes involucrados y la parte pertinente de la relacion. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 18634

INADE
Exoneran a los Proyectos Especiales Binacional Puyango Tumbes, CHINECAS, Tambo Ccaracocha, CHAVIMOCHIC y Jequetepeque - Zana de procesos de seleccion para ejecucion de diversas obras de prevencion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 162-2002-INADE-1100 MORDAZA, 18 de octubre del 2002 VISTO: Los Oficios Nºs. 814/2002-INADE-PEBPT-8701, 0849-2002-INADE-8801, 1168-2002-INADE-9001, 2121-2002-INADE/8301 y 1153-2002-INADE/8101, de los Directores Ejecutivos de los Proyectos Especiales Binacional Puyango Tumbes, CHINECAS, Tambo Ccaracocha, CHAVIMOCHIC y Jequetepeque-Zana, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM, de fecha 4 de setiembre del 2002, se declaro en Estado de Emergencia, ante la inminencia del Fenomeno El MORDAZA y por el plazo de sesenta (60) dias, a los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica y San MORDAZA, a fin de que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, entre otros organismos publicos, pueda ejecutar, al MORDAZA de este Decreto Supremo, obras y acciones de prevencion y mitigacion de danos, estableciendose como condicion que previamente MORDAZA sustentadas por las instancias del Sistema Nacional de Defensa Civil y priorizadas por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres; Que, por disposicion del Decreto de Urgencia Nº 0482002, de fecha 18 de setiembre del 2002, se suspendio, durante el ejercicio presupuestal 2002, la aplicacion de lo dispuesto en los Articulos 6º y 10º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, respecto al cumplimiento del Ciclo del Proyecto, para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica aprobados en el MORDAZA del "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del Fenomeno El MORDAZA 2002-2003", el cual requiere ser aprobado por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, habiendose dejado sin efecto el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0882002-PCM; Que, por Resolucion Directoral Nº 008-2002-EF/68.01, de fecha 23 de setiembre del 2002, se aprobo la Directiva Nº 003-2002-EF/68.01 Directiva del "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del Fenomeno el MORDAZA 2002-2003", que establece un procedimiento especial aplicable a los Proyectos de Inversion Publica a ejecutarse en el MORDAZA de dicho Programa;