Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2002 (24/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 24 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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que autorice a dicha Procuraduria a interponer las acciones judiciales pertinentes contra las siguientes personas de la Direccion Regional de Educacion de Ica: don MORDAZA R. Motta Duenas, Tesorero del 2 de enero de 1998 al 27 de febrero de 2000; don MORDAZA MORDAZA Junes Astocaza, Director de Administracion del 30 de noviembre de 1999 al 18 de MORDAZA de 2001 y Contador del 2 de enero de 1998 al 30 de noviembre de 1999; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Educacion del 4 de MORDAZA de 1999 al 4 de MORDAZA de 2000 y Director Tecnico Pedagogico del 4 de MORDAZA a la actualidad; don Guy MORDAZA MORDAZA Napuri, Oficinista de la Direccion de Personal del 12 de MORDAZA de 1986 a la actualidad; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Educacion del 31 de octubre de 1997 al 4 de MORDAZA de 1999 y Director Tecnico Cultural del 22 de febrero de 1994 al 31 de octubre de 1997 y del 4 de MORDAZA de 1999 a la actualidad; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Auditoria Interna del 22 de febrero de 1994 a la actualidad; Edivia MORDAZA MORDAZA, Especialista en Finanzas del 4 de enero de 2000 a la actualidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Contador del 1 de enero de 1999 al 27 de febrero de 2001 y Tesorero del 27 de febrero de 2001 a la actualidad; por la presunta comision de delito contra la administracion publica, en la modalidad de enriquecimiento ilicito; Que, mediante Informe Nº 08-2002-CCA-ILICITOSICA del 17 de junio de 2001, la Comision contra Actos Ilicitos de la Direccion Regional de Educacion de Ica (DREI) senala que se han detectado signos exteriores de riqueza por parte del personal del CAP de la Direccion Regional de Educacion de Ica, debido a que luego de la verificacion de los bienes inmuebles de propiedad de las personas anteriormente citadas, se concluyo que estos se habrian beneficiado con los fondos del Estado para lucrar; Que, el articulo 25º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, dispone que los servidores publicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario por las faltas que cometan; Que, asimismo, el articulo 129º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que los funcionarios y servidores publicos deberan actuar con correccion y justicia al realizar los actos administrativos que les corresponda, cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad; Que, asimismo el articulo 401º del Codigo Penal dispone que el funcionario o servidor publico que, por razon de su cargo, se enriquece ilicitamente, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de cinco ni mayor de diez anos; Que, de acuerdo a los documentos que obran en autos, existen indicios razonables de que el personal directivo, profesional, tecnico y administrativo de la DEI, se habrian enriquecido ilicitamente con fondos del Estado, causando un perjuicio al tesoro publico, por lo que corresponde iniciar las acciones judiciales para determinar las responsabilidades penales; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 963-2002-ME/SG-OAJ del 1º de agosto de 2002; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que inicie las acciones judiciales correspondientes contra don MORDAZA R. Motta Duenas, don MORDAZA MORDAZA Junes Astocaza, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don Guy MORDAZA MORDAZA Napuri, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Edivia MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 15062

Dan por concluida designacion de Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº 04
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 684-2002-ED MORDAZA, 22 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 078-2002-ED, se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA GONI MORDAZA, como Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº 04, cargo considerado de confianza; Que, la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional del Ministerio de Educacion, recomienda a traves del Informe Nº 187-2002-E-OCSR, dar por concluida la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA GONI MORDAZA, como Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº 04, por deficiencias en su gestion institucional que afecta la estabilidad y el normal desarrollo de la referida Unidad de Servicios Educativos; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA GONI MORDAZA, como Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº 04, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 15125

Designan Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº 04
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 685-2002-ED MORDAZA, 22 de agosto de 2002 Visto el Informe Nº 187-2002-E-OCSR, de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 04, cargo considerado de confianza; Que, el Articulo 7º, Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Articulo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;