Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2001 (25/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de marzo de 2001

Sr. MORDAZA MORDAZA Foronda Claussi, como representante titular de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de Ica, y Sr. Niser MORDAZA MORDAZA, representante alterno; Sr. MORDAZA MORDAZA Cahuas Massa, como representante titular del Instituto Nacional de Cultura - INC - Filial Ica, y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante alterno; Sr. MORDAZA Paz Soldan MORDAZA, representante titular del Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA - Ica, y Sra. Maritza MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante alterna; Sr. Cmdte. PNP MORDAZA Illanes Alcazar, representante titular de la IX Region de la Policia Nacional del Peru, y Sr. Cap. PNP MORDAZA Cabezudo MORDAZA, representante alterno; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante titular de la Universidad Nacional "San MORDAZA MORDAZA de Ica" - Facultad de Educacion - Escuela Academica Profesional de Turismo y Arqueologia, y Sra. MORDAZA Huaco MORDAZA, representante alterna; Sr. MORDAZA MORDAZA Yamashiro MORDAZA, representante titular de la Camara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante alterno; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante titular de la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de MORDAZA, y Sra. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, representante alterna; Sra. MORDAZA MORDAZA Ferreyra, representante titular de la Camara de Turismo de Nasca, y el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante alterno; Sr. MORDAZA MORDAZA Pereyra, representante titular de la Asociacion Departamental de Agencias de Viajes de Ica - ADAVIT-ICA, y Sr. MORDAZA MORDAZA Maratuech, representante alterno; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante titular de la Asociacion de Hoteles, Restaurantes y Afines de Ica - AHORA - ICA, y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante alterno; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Etchebarne, representante titular de la Asociacion Departamental de Guias de Turismo acreditados en Ica, y Srta. Jackeline Azo Cabezudo, representante alterna; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante titular de la Asociacion de Desarrollo Turistico de la provincia de Palpa - ADETUR - Palpa, y Sr. MORDAZA Giurfa MORDAZA, representante alterno; Sr. MORDAZA Arnido Pezzia MORDAZA, representante titular del Consorcio de Empresarios Privados para la Educacion de Turismo - CEPETUR-ICA, y Sr. MORDAZA MORDAZA Granda Renteros, representante alterno; Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante titular del Centro de Investigacion, Estudios y Desarrollo Comunal - CIEDECOM, y Srta. MORDAZA Santander MORDAZA, representante alterna; Sra. MORDAZA MORDAZA de Piccone, representante titular del Comite de Gestion "Salvemos Huacachina", y Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante alterna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 20539

CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal - Decreto Legislativo Nº 803, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, declara de interes nacional la promocion del acceso a la propiedad formal y su inscripcion registral, estando esta MORDAZA a cargo del Registro Predial MORDAZA, institucion publica descentralizada con autonomia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, cuyo titular de Pliego es el Ministro del Sector que preside la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, en su Primera Disposicion Transitoria establece, entre otros, que el Registro Predial MORDAZA podra exceptuarse de la aplicacion total o parcial de la citada Ley, lo cual se encuentra reglamentado por la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM y ampliada por el Decreto Supremo Nº 043-98-PCM, el cual dispone que la excepcion a la Ley se debera formalizar mediante Resolucion del Titular de Pliego; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 456-98MTC-15.01 se exceptuo al Registro Predial MORDAZA de la aplicacion de lo dispuesto en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, disponiendo que debe continuar rigiendose por lo dispuesto en la Directiva Nº 003-98/RPUJEF, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 024-98/ RPU, asi como por las que disponga las Directivas que expida sobre la materia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM del 12 de febrero de 2001, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en cuya Primera Disposicion Transitoria se mantiene la posibilidad de que el Registro Predial MORDAZA, entre otros, se exceptue de la Ley, estableciendose en la MORDAZA Disposicion Complementaria de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que dicha excepcion debe ser previamente aprobada por la MORDAZA autoridad de la entidad, correspondiendole en el caso del Registro Predial MORDAZA, al Titular del Pliego, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 043-98-PCM; Que, a efectos de cumplir con los fines y objetivos de las normas legales mencionadas en los considerandos precedentes, resulta necesario ratificar la vigencia de la Directiva Nº 003-98/RPU-JEF, dictando la medida pertinente; Con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal, la conformidad de la Gerencia General y de la Jefatura del Registro Predial Urbano; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ratificar la vigencia de la Directiva Nº 003-98/RPU-JEF aprobada por Resolucion Jefatural Nº 024-98/RPU-JEF y Resolucion Ministerial Nº 456-98-MTC-15.01, sobre aplicacion de la excepcion dispuesta por la Primera Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; por las razones expuestas en la parte Considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La presente MORDAZA entrara en vigencia en la misma oportunidad que el Reglamento de la Ley de Contrataciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 20535

JUSTICIA
Ratifican vigencia de la Directiva Nº 00398/RPU-JEF, sobre aplicacion de excepcion dispuesta en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 095-2001-JUS MORDAZA, 22 de marzo de 2001