Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2001 (09/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 9 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la conversion y el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F", mediante Informe DESF"F" Nº 048-2001/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º al 33º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº CM-184-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA S.A., la conversion de su Oficina Especial Wanchaq en Agencia y traslado de local a la Av. Diagonal Nº 175, distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca 24981

el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado con Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Heysen MORDAZA, Superintendente Adjunta de Banca, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 10 al 13 de junio de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal por concepto de pasajes, alojamiento y alimentacion seran financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Japan Center for International Finance (JCIF), debiendo asumir esta Superintendencia los gastos complementarios por concepto de viaticos y la Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2001, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº 001-2001 del 16 de enero de 2001, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Complementarios Tarifa CORPAC US$ 308,00 25,00

Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 25043

Autorizan viaje de la Superintendente Adjunta de Banca a los EE.UU. para participar en evento sobre estrategias de prevencion de las crisis financieras
RESOLUCION SBS Nº 450-2001 MORDAZA, 8 de junio de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitacion cursada a esta Superintendencia por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Japan Center for International Finance (JCIF) con el fin de participar en el Taller "Financial Crises: Japan's Experience and Implications for Latin MORDAZA and the Caribbean", el mismo que se llevara a cabo el 11 y 12 de junio de 2001, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento esta dirigido especialmente a los representantes de los bancos centrales, autoridades supervisoras bancarias regionales, ministerios de finanzas y empresas financieras y tiene por finalidad servir de foro para evaluar y discutir sobre las causas, politicas de accion, politicas de MORDAZA y estrategias de prevencion de las crisis financieras, tomando como base el analisis de la experiencia japonesa; Que, los temas senalados se encuentran estrechamente relacionados a las actividades de este Organismo de supervision y control, por lo que resulta conveniente designar a la senora MORDAZA Heysen MORDAZA, Superintendente Adjunta de Banca, para participar en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje cuyos gastos por concepto de pasajes, alojamiento y alimentacion seran financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Japan Center for International Finance (JCIF), debiendo asumir esta Superintendencia los gastos complementarios por concepto de viaticos y la Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2001; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto por

ADUANAS
Modifican Procedimiento Especifico de "Autorizacion de Operadores" INTAPE.00.08 (V.2)
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Nº 000 ADT/2001-001187 Callao, 8 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Intendencia Nacional Nº 002097 publicada el 30.12.99, se aprobo el Procedimiento Especifico de "Autorizacion de Operadores" INTA-PE.00.08 (V.2), adecuado al Sistema de Calidad de Aduanas; Que, en los Numerales 9, 10, 11 y 12 del Rubro VIIA DE LAS DEMAS OBLIGACIONES DE LAS AGENCIAS DE ADUANAS, se establece el MORDAZA para la Autorrevision Documentaria que deben efectuar las Agencias de Aduanas; Que, los procedimientos documentados, basados en los principios de buena fe y de presuncion de veracidad, tienen como finalidad profundizar la simplificacion y agilizacion de los tramites aduaneros, estableciendo medidas y acciones objetivas que muestren una total transparencia y efectiva aplicacion de los mismos, lo que demanda una revision continua a efecto de adecuar y perfeccionar en lo posible los senalados procedimientos a la aplicacion factica; En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia Nº 001491 del 5.10.2000, y estando a la delegacion de facultades contenidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduana Nºs. 001322 de 16.12.99 y 00447 de 17.4.2001; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Procedimiento Especifico de "Autorizacion de Operadores" INTA-