Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2001 (09/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 9 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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ciones, sino que incluso ha permitido ampliar los plazos para la verificacion de este acto procesal; Que, por lo precedentemente expuesto la regulacion efectuada mediante esta modalidad resulta inadecuada para el buen funcionamiento del sistema de justicia, generando reiterados reclamos de los justiciables, que generalmente son atribuidos a los organos jurisdiccionales; Que, en tal situacion se hace necesario que el Poder Judicial reasuma la realizacion de este servicio; Por estos fundamentos, estando a lo acordado en Sesion Ordinaria de fecha veinticinco de MORDAZA del ano en curso, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Concluido el contrato suscrito entre el Poder Judicial y la Empresa MORDAZA Express S.A.C., el Poder Judicial reasumira la realizacion de las notificaciones judiciales en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a traves de una Central de Notificaciones Articulo Segundo.- Aprobar el Proyecto Central de Notificaciones del Distrito Judicial de MORDAZA, formulado por la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Encargar a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la direccion y administracion de la Central de Notificaciones a que se refiere el articulo precedente, facultandola a dictar las disposiciones pertinentes a tal proposito, continuando la Gerencia General con la supervision de la operatividad de la misma. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a los senores Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Gerente General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 25024

Que, en tal situacion se hace necesario que el Poder Judicial reasuma la realizacion de las notificaciones judiciales en el Distrito Judicial de Lambayeque; Por estos fundamentos, estando a lo acordado en Sesion de la fecha, en uso de las facultades y atribuciones que le confiere la ley; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Proyecto Central de Notificaciones del Distrito Judicial de MORDAZA, formulado por la Gerencia General del Poder Judicial y, en consecuencia, que el Poder Judicial reasuma la realizacion de las notificaciones judiciales en ese Distrito Judicial. Articulo Segundo.- Encargar la ejecucion del Proyecto a que se refiere el articulo precedente a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en coordinacion con la Gerencia General del Poder Judicial, concluida la cual MORDAZA entrega de la Central de Notificaciones a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para su direccion y administracion, continuando la Gerencia General con la supervision de la operatividad de la misma. Articulo Tercero.- Disponer que las diferentes dependencias de la Gerencia General del Poder Judicial presten el apoyo necesario para el debido cumplimiento de la presente resolucion; y, Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a los senores Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Gerente General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABALA ROSSAND MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Aprueban Proyectos Centrales de Notificaciones de los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 048-2001-CE-PJ MORDAZA, 8 de junio de 2001 VISTA: La propuesta formulada por la Gerencia General del Poder Judicial, a efecto que el Poder Judicial reasuma la realizacion de las notificaciones judiciales en el Distrito Judicial de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Ley Organica del Poder Judicial en su Articulo 82º inciso 26), corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Que, es MORDAZA y derecho de la funcion jurisdiccional la observancia del debido MORDAZA, que importa entre otros, garantizar el derecho a la defensa o al recurso, el que se cautela con un oportuno y debido diligenciamiento de la cedula de notificacion judicial; Que, no obstante ello, el Poder Judicial ha venido otorgando en concesion este servicio a empresas particulares, lo cual le ha impedido ejercer un control efectivo respecto a la realizacion de este acto procesal, asi como la inmediatez necesaria para la aplicacion de correctivos o mejoras en la prestacion del servicio;

25021 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 049-2001-CE-PJ MORDAZA, 8 de junio de 2001 VISTA: La propuesta formulada por la Gerencia General del Poder Judicial, a efecto que el Poder Judicial reasuma la realizacion de las notificaciones judiciales en el Distrito Judicial de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que conforme lo establece la Ley Organica del Poder Judicial en su Articulo 82º inciso 26), corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Que es MORDAZA y derecho de la funcion jurisdiccional la observancia del debido MORDAZA, que importa entre otros, garantizar el derecho a la defensa o al recurso, el que se cautela con un oportuno y debido diligenciamiento de la cedula de notificacion judicial; Que no obstante ello, el Poder Judicial ha venido otorgando en concesion este servicio a empresas particulares, lo cual le ha impedido ejercer un control efectivo respecto a la realizacion de este acto procesal, asi como la inmediatez necesaria para la aplicacion de correctivos o mejoras en la prestacion del servicio; Que en tal situacion se hace necesario que el Poder Judicial reasuma la realizacion de las notificaciones judiciales en el Distrito Judicial de Arequipa;