Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2000 (22/09/2000)


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VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de setiembre de 2000

V) CONDICIONES PREVIAS AL OTORGAMIENTO DEL FRACCIONAMIENTO: MORDAZA de la suscripcion del Convenio de Fraccionamiento deberan asumirse las siguientes acciones: a) Verificar el monto del tributo a fraccionar, considerando los anos anteriores asi como los posteriores. b) Si se tratara de fraccionamiento de multas, debe comprobarse que el deudor cumplio con subsanar las infracciones que dieron origen a la sancion, si fueran subsanables. c) Haber cancelado la cuota inicial que como minimo debe ser el veinticinco por ciento (25%) del monto total de la deuda que se pretende fraccionar y el integro de las costas del procedimiento de ejecucion coactiva, si fuera el caso. Asimismo, que el pago del saldo no exceda el plazo del fraccionamiento. d) Formalizar las garantias exigidas en la presente Directiva. VI) INICIO DEL TRAMITE, REQUISITOS Y REPRESENTACION: 1.- Inicio del tramite. Las solicitudes seran presentadas en igual numero de los tributos a fraccionar, en las Agencias Municipales que correspondan. Si el deudor tuviera vigente algun reclamo ante la Municipalidad u organo distinto a esta, debera desistirse previamente de su pretension, acompanando MORDAZA simple del escrito de desistimiento. 2. Requisitos y Representacion. Con la solicitud y el folder correspondiente, se acompanaran los siguientes documentos: a) La Declaracion Jurada del Impuesto Predial del ano en que presenta la solicitud; b) MORDAZA del documento de identificacion del solicitante si fuera persona natural. Tratandose de personas juridicas se acompanara ademas MORDAZA simple del RUC y del documento de identidad del representante legal quien debera acreditar la vigencia de su representacion. c) La representacion en el caso de personas naturales se ejercera con poder simple. d) En estos casos y en todos en que la presente Directiva exija la MORDAZA de copias, estas deberan estar autenticadas por el Fedatario municipal. e) Las garantias necesarias, de acuerdo a su requerimiento. VII) APROBACION DEL FRACCIONAMIENTO 1.- Automatico: Deudas menores de cinco (5) UIT En el presente caso, y deducida la cuota inicial (inciso c, punto IV), la Municipalidad aprobara el fraccionamiento de forma automatica, a la MORDAZA de la solicitud. Los Administradores de cada Agencia Zonal seran los responsables de aprobar el tramite. 2.- No automatico: Deudas mayores de cinco (5) UIT En el presente caso, y deducidos los importes senalados en el inciso "c" del punto V, la Direccion de Rentas aprobara el fraccionamiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva. 3.- Suscripcion del Convenio y Contenido del mismo En cualquiera de los dos casos anteriores, se debera suscribir un Convenio de fraccionamiento en donde se exprese: materia del fraccionamiento; monto de la deuda, monto de la cuota inicial y de las cuotas mensuales, asi como las fechas de vencimiento de cada cuota. Debera ser suscrito por el deudor y por el Funcionario competente. (Administrador de la Agencia Zonal o Director de Rentas, segun sea el caso). VIII) PLAZOS, CUOTAS E INTERES DEL FRACCIONAMIENTO: 1.- Plazos:

El Informe Nº 034-2000-ML-OR de la Oficina de Rentas de fecha 7 de MORDAZA del 2000 sobre propuesta de Directiva de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y no Tributarias; y, CONSIDERANDO: Que, con el Informe de Visto, la Oficina de Rentas presenta para su aprobacion, una Propuesta de Directiva de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y no Tributarias, la misma que contiene las disposiciones sobre procedimiento, requisitos y demas normas aplicables para el otorgamiento del referido beneficio; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, D.S. Nº 135-99-EF, establece la facultad legal de la Administracion Tributaria para conceder fraccionamiento para el pago de las deudas tributarias y no tributarias, por lo que resulta necesario aprobar la Directiva propuesta, como instrumento de gestion tributaria; En uso de las facultades que confiere al Concejo la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DIRECTIVA SOBRE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Articulo Primero.- Aprobar la Directiva sobre Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, la misma que establece el procedimiento, requisitos y demas normas aplicables para el otorgamiento del beneficio de fraccionamiento en la Municipalidad de Lurin. Articulo Segundo.- La referida Directiva forma parte integrante de la presente Ordenanza y esta constituida por los siguientes diez numerales: I) Finalidad; II); Base Legal; III) Alcance; IV) Ambito de Aplicacion; V) Condiciones previas al otorgamiento del fraccionamiento; VI) Inicio del tramite. Requisitos y Representacion; VII) Aprobacion del Fraccionamiento; VIII) Plazos, Cuotas, e Interes del Fraccionamiento; IX) Garantias y X) Perdida del Fraccionamiento. Efectos. Articulo Tercero.- Dejese sin efecto cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Dada en Lurin, a los 4 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA DIRECTIVA DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS I) FINALIDAD: Establecer el procedimiento, requisitos, plazos y demas condiciones para el otorgamiento del fraccionamiento tributario. II) BASE LEGAL: a) Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, D.S. Nº 13599-EF. III) ALCANCE: La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio por parte de los siguientes Organos administrativos: Oficina de Rentas y Agencias Zonales. IV) AMBITO DE APLICACION: Los deudores que tengan pendientes deudas tributarias y no tributarias podran acogerse al fraccionamiento, excepto en los dos casos siguientes: a) Deudas tributarias o no tributarias que hayan sido materia de un fraccionamiento anterior. b) Deudas tributarias provenientes de obligaciones generadas en el ano en que se solicita el fraccionamiento.

a) Fraccionamiento Automatico b) Fraccionamiento no automatico

: 8 meses como MORDAZA : 12 meses como MORDAZA

2.- Cuotas e Interes: La cuota mensual se determina despues de deducir de la deuda el 25% de la cuota inicial y, tomando como MORDAZA el numero de meses aprobados. Se anadira el interes de fraccionamiento, que es el equivalente al 80% de la Tasa de Interes Moratorio. (TIM)