Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2000 (02/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 2 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Autorizan viaje de funcionario diplomatico para participar en reuniones sobre el Tratado Antartico y proteccion del medio ambiente, a realizarse en el Reino de los Paises Bajos
RESOLUCION SUPREMA Nº 403-2000-RE MORDAZA, 30 de agosto del 2000 Debiendo realizarse la Reunion Consultiva Especial del Tratado Antartico (RCETA) y la III Reunion del Comite sobre Proteccion del Medio Ambiente (CEP), en la MORDAZA de La MORDAZA, Reino de los Paises Bajos, del 11 al 15 de setiembre del ano 2000; Considerando lo dispuesto en las Hojas de Tramite (GAC) Nºs. 1992 y 2213, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 26 de MORDAZA y 21 de agosto del ano 2000, respectivamente; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12° del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, para que participe en la Reunion Consultiva Especial del Tratado Antartico (RCETA) y en la III Reunion del Comite sobre Proteccion del Medio Ambiente (CEP), a realizarse en la MORDAZA de La MORDAZA, Reino de los Paises Bajos, del 11 al 15 de setiembre del ano 2000. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 1,710.64, viaticos US$ 1,560.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 10057

1º.- Delegar en la persona del senor MORDAZA Bolona Behr, Ministro de Estado en el Despacho de Economia y Finanzas, las facultades suficientes para suscribir en representacion del Gobierno del Peru, las Notas Reversales entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de Japon, para el otorgamiento de cuatro prestamos al Peru que ascienden a la cantidad de 44,872 millones de yenes. 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al senor Doctor MORDAZA Bolona Behr, Ministro de Estado en el Despacho de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 10068

MTC
Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Paramonga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1140-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-01349010 organizado por la empresa de transportes TURISMO DIVINO SENOR E.I.R.L. sobre Concesion de Ruta: MORDAZA - PARAMONGA y viceversa e Informe Nº 553-2000-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - PARAMONGA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 553-2000-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes TURISMO DIVINO SENOR E.I.R.L. la concesion de ruta: MORDAZA PARAMONGA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS : LIMA-PARAMONGA y viceversa : MORDAZA : PARAMONGA : BARRANCA : Dos diarias : Tres omnibus : Dos omnibus: VG-4895 (1992) y VG-4688 (1992) : Un omnibus:UI-8232 (1990) : Salidas de Lima: A las 6.00 a.m. y 5.00 p.m. Salidas de Paramonga: A las 6.00 a.m. y 5.00 p.m.

Delegan facultades para la suscripcion de Notas Reversales con el Gobierno de Japon, para el otorgamiento de prestamos al Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 404-2000-RE MORDAZA, 30 de agosto del 2000 Vista la Hoja de Tramite (GAC) Nº 2334, de 1 de setiembre del ano 2000, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Debiendo suscribirse las Notas Reversales, el dia 4 de setiembre del ano 2000, entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de Japon, para el otorgamiento de cuatro prestamos al Peru, que ascienden a la cantidad de 44,872 millones de yenes; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado;