Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2000 (17/10/2000)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, martes 17 de octubre de 2000

la futura Central Termoelectrica ILO 2 de su propiedad, que se ubicara en el paraje MORDAZA de Palo, del distrito y provincia de Ilo, del departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 270,4 MW, conformada por dos unidades de generacion a carbon y/o a gas denominadas "Ilo 21" e "Ilo 22", con una capacidad instalada de 135,2 MW cada una; Que, con fecha 26 de MORDAZA del 2000 ENERSUR S.A. ha solicitado la modificacion de la Autorizacion, en el sentido de que cada una de las unidades referidas en el considerando que antecede sea materia de una Autorizacion separada, manifestando que dichas unidades estan disenadas para operar y generar electricidad de manera independiente y a partir de distintas fechas; Que, evaluada la documentacion obrante en el Expediente, se observa que cada una de las unidades "Ilo 21" e "Ilo 22" puede ser considerada como una planta de generacion autonoma y, por tanto, materia de derechos tambien independientes; Que, atendiendo a lo expuesto, procede modificar el derecho otorgado mediante la Resolucion Ministerial Nº 265-98-EM/VME, de manera que refleje la realidad tecnica y operacional de las indicadas unidades generadoras y permita asi la adecuada fiscalizacion del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa; Que, con fecha 1 de setiembre del 2000, la Central Termoelectrica ILO 21 ha entrado en operacion comercial de acuerdo al cronograma obrante en el Expediente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y el Articulo 4º del Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar Autorizacion por tiempo indefinido a Energia del Sur S.A. (ENERSUR S.A.), que se identificara con Codigo Nº 33085298, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termoelectrica ILO 21 de su propiedad, con una capacidad instalada de 135,2 MW, que opera en el paraje MORDAZA del Palo, del distrito y provincia de Ilo del departamento de Moquegua. Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 11923 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 396-2000-EM/VME MORDAZA, 13 de octubre de 2000 VISTO: El Expediente Nº 33085298, organizado por la empresa Energia del Sur S.A. (ENERSUR S.A.), sobre Autorizacion para desarrollar la actividad de generacion termica en la futura Central Termoelectrica ILO 2; y la solicitud de modificacion presentada el 26 de MORDAZA del 2000 con Registro Nº 1277813; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 265-98-EM/VME del 3 de junio de 1998, se otorgo a ENERSUR S.A. Autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Termoelectrica ILO 2 de su propiedad, que se ubicara en el paraje MORDAZA de Palo, del distrito y provincia de Ilo, del departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 270,4 MW, conformada por dos unidades de generacion a carbon y/o a gas denominadas "Ilo 21" e "Ilo 22", con una capacidad instalada de 135,2 MW cada una; Que, con fecha 26 de MORDAZA del 2000 ENERSUR S.A. ha solicitado la modificacion de la Autorizacion, en el sentido de que cada una de las unidades referidas en el considerando que antecede sea materia de una Autorizacion separada, manifestando que dichas unidades estan disenadas para operar y generar electricidad de manera independiente y a partir de distintas fechas; Que, evaluada la documentacion obrante en el Expediente, se observa que cada una de las unidades "Ilo 21" e "Ilo 22" puede ser considerada como una planta de generacion autonoma y, por tanto, materia de derechos tambien independientes; Que, atendiendo a lo expuesto, procede modificar el derecho otorgado mediante la Resolucion Ministerial Nº 265-98-EM/VME, de manera que refleje la realidad tecnica y operacional de las indicadas unidades generadoras y permita asi la adecuada fiscalizacion del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa; Estando a lo dispuesto por el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y el Articulo 4º del Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;

Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 265-98-EM/VME, el cual tendra el siguiente tenor: "Articulo 1º.- Otorgar Autorizacion por tiempo indefinido a Energia del Sur S.A. (ENERSUR S.A.), que se identificara con Codigo Nº 33085298-1, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termoelectrica ILO 22 de su propiedad, con una capacidad instalada de 135,2 MW, que operara en el paraje MORDAZA del Palo, del distrito y provincia de Ilo del departamento de Moquegua." Articulo 2º.- Modificar el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 265-98-EM/VME, el cual tendra el siguiente tenor: "Articulo 2º.- Energia del Sur S.A. (ENERSUR S.A.) debera construir las obras y poner en servicio la Central Termoelectrica ILO 22, con una capacidad instalada de 135,2 MW, MORDAZA del 1 de octubre del 2001. La no ejecucion de las obras dentro de los plazos senalados conllevara la cancelacion de la presente Autorizacion y la ejecucion de la garantia." Articulo 3º.- Los demas terminos y condiciones de la Resolucion Ministerial Nº 265-98-EM/VME mantienen plena vigencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 11924

MITINCI
Autorizan viaje de representante del Ministerio a los EE.UU. para participar en reunion del Grupo de Negociacion sobre Propiedad Intelectual, en el MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 154-2000-ITINCI MORDAZA, 16 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, del 22 al 27 de octubre del 2000, se llevara a cabo la "Reunion del Grupo de Negociacion sobre Propiedad Intelectual", en el MORDAZA del Area de Libre Comercio de las Americas, a realizarse en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de America; Que, conforme al Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es funcion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de integracion y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 058-2000, en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 07485-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 21 al 28 de octubre del 2000, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA de la doctora MORDAZA MORDAZA Pacon Lung, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Dra. MORDAZA MORDAZA PACON LUNG Pasajes US$ 494.92 Viaticos US$ 1,540.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica